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Comunidad le ganó a la Alcaldía de Envigado el primer pulso por el agua en la Loma del Esmeraldal

La justicia ordenó frenar, como medida cautelar, nuevas licencias de construcción.

  • La Loma del Esmeraldal es un barrio ubicado en el nororiente de Envigado, cerca a los límites con Medellín. FOTO Manuel Saldarriaga
    La Loma del Esmeraldal es un barrio ubicado en el nororiente de Envigado, cerca a los límites con Medellín. FOTO Manuel Saldarriaga
03 de enero de 2022
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Después de una batalla legal que duró más de siete años, un grupo de ciudadanos de Envigado le ganó en primera instancia un pulso a la Alcaldía de Envigado buscando ponerle freno al desarrollo de varios proyectos inmobiliarios en la Loma del Esmeraldal, una zona considerada como de alta riqueza ambiental y apetecida por el sector inmobiliario para construir grandes edificios de estrato 4 y 5, principalmente

En medio de una disputa que dirimió el Tribunal Administrativo de Antioquia el pasado 7 de diciembre, los habitantes de ese sector consideran que dicho proceso podría convertirse en un precedente para la protección del medio ambiente en ese municipio y el resto del país.

Las claves del pleito

Para comprender el origen de ese proceso, sobre el cual la Alcaldía no respondió las inquietudes que le consultó EL COLOMBIANO, hay que remontarse a 2014, cuando una ciudadana identificada como Paloma González Villafañe instauró una acción popular en contra de la Alcaldía y las autoridades ambientales, argumentando que no estaban cumpliendo con su obligación de proteger la riqueza ambiental de la Loma del Esmeraldal.

Ubicado en el nororiente de Envigado, cerca a los límites con Medellín, este territorio es considerado como un importante activo acuífero, ya que está atravesado por quebradas como La Honda, La Hondita y otros afluentes que conforman la microcuenca La Ayurá.

A pesar de esta riqueza, según argumentó González Villafañe, la administración municipal no estaría ejerciendo su función de proteger ese ecosistema, permitiendo que varios proyectos inmobiliarios deterioraran desde las quebradas hasta las zonas de reserva forestal.

Desde un edificio que se habría construido sobre un nacimiento de agua sin contar con permisos ambientales o estudios previos, hasta un grupo de otras doce edificaciones que no respetarían las áreas de retiro de las quebradas, hicieron parte de los ejemplos citados por la accionante.

“(...) los edificios construidos están en una zona de recarga de acuíferos, por lo que hay gran cantidad de aguas subterráneas, subsuperficiales y afloramientos, que hacen que esa zona sea especialmente inestable”, argumentó González, quien también sostuvo que el sector carecía de un plan parcial en donde se reglamentara de forma clara cómo debía respetarse el ecosistema.

Dentro de las pretensiones formuladas en la acción, de un grupo de catorce, la demandante pedía que la zona fuera protegida y que el Municipio de Envigado fuera obligado a elaborar un plan parcial para regular los proyectos inmobiliarios y resarcir los daños causados por la falta de control.

La Alcaldía, por su parte, soportó su defensa en una contestación de 220 folios, el argumento central se basó en que, ante la demanda de hacer un plan parcial, el Municipio ya tenía un Plan de Ordenamiento Territorial (POT) vigente que establecía que las zonas de nacimientos y aguas subterráneas debían ser protegidas.

Así mismo, el gobierno local argumentó que, a través de sus entidades, sí ejercía control y vigilancia sobre los proyectos inmobiliarios que se construían.

No obstante, en materia ambiental, el argumento de mayor peso por parte de la Alcaldía consistió en afirmar que dicho sector no era una zona de recarga de acuíferos, aludiendo a un estudio realizado en 2005 por el Instituto del Agua de la Universidad Nacional, en donde se señalaría que el Esmeraldal “se comporta como una zona de descarga” y “no de recarga”.

Así fue la decisión

Tras analizar los argumentos de ambas partes, el pasado 7 de diciembre el Tribunal de Antioquia consideró que la zona sí era de importancia ecosistémica y que el Municipio no había desarrollado los estudios para afirmar que no era un activo acuífero y ordenó a la Alcaldía “realizar los estudios técnicos necesarios”, en un plazo no mayor a seis meses, para determinar la importancia de la zona.

Hasta no tener dicha información, como medida cautelar, el Tribunal decidió que el Municipio debía frenar el otorgamiento de nuevos licenciamientos constructivos.

A través de un pronunciamiento público, el Colectivo Ciudadano Envigado, que lideró dicho proceso jurídico, consideró que el fallo sería un hecho histórico, ya que sentaría el precedente de que un municipio no pueda otorgar licencias en una zona que tenga indicios de tener una alta importancia en materia medioambiental.

“El Tribunal regaña a la Alcaldía pues, en su defensa, Envigado había dicho que en la construcción de algunos edificios no había certeza de que se estuviera construyendo sobre nacimientos de agua”, consideró el colectivo, aclarando que, pese al fallo, la Alcaldía aún podría apelar.

Para conocer su posición y su interpretación sobre las implicaciones que esta podría traer para el crecimiento urbano del municipio, este medio consultó a la Alcaldía. Al cierre, no obtuvo respuesta.

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