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MARGARITA TORREMOCHA HERNÁNDEZ (Coord.) 295 MATRIMONIO, ESTRATEGIA Y CONFLICTO (Siglos XVI-XIX) MATRIMONIO, ESTRATEGIA Y CONFLICTO (ss. XVI-XIX) MARGARITA TORREMOCHA HERNÁNDEZ (Coord.) MATRIMONIO, ESTRATEGIA Y CONFLICTO (ss. XVI-XIX) Ediciones Universidad Salamanca AQUILAFUENTE, 295 © Ediciones Universidad de Salamanca y los autores Motivo de cubierta: Los amantes venecianos Pinacoteca de Brera (Milán) Este libro se ha realizado al amparo del Proyecto financiado por el Ministerio de Economía y competitividad. Proyectos de Investigación Fundamental. VI Programa Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2013-2016. INVESTIGADOR PRINCIPAL: MARGARITA TORREMOCHA HERNÁNDEZ. Duración desde 2017 hasta 2020. REFERENCIA ASIGNADA: HAR2016-76662-R. 1ª edición: diciembre, 2020 ISBN: 978-84-1311-419-4 (impreso) 978-84-1311-420-0 PDF) 978-84-1311-421-7 (POD) 978-84-1311-422-4 (ePub) 978-84-1311-423-1 (mobipocket) DOI: https://doi.org/10.14201/0AQ0295 Depósito legal: S 308-2020 Ediciones Universidad de Salamanca Plaza San Benito s/n E-37002 Salamanca (España) http://www.eusal.es eus@usal.es Maquetación, impresión y encuadernación: GRÁFICAS LOPE C/ Laguna Grande, 2, Polígono «El Montalvo II». Salamanca www.graficaslope.com Impreso en España-Printed in Spain Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse ni transmitirse sin permiso escrito de Ediciones Universidad de Salamanca. Obra sometida a proceso de evaluación mediante sistema de doble ciego Ediciones Universidad de Salamanca es miembro de la UNE Unión de Editoriales Universitarias Españolas www.une.es CEP. Servicio de Bibliotecas MATRIMONIO, estrategia y conflicto (ss. XVI-XIX) / Margarita Torremocha Hernández (coord.). —1ª edición: diciembre, 2020. —Salamanca : Ediciones Universidad de Salamanca, [2020] 256 páginas.—(Aquilafuente ; 295) Textos en español con un capítulo en portugués DL S 308-2020.—ISBN 978-84-1311-419-4 (impreso) 1. Matrimonio-Aspecto religioso-Iglesia Católica. 2. Matrimonio-Aspecto social. I. Torremocha Hernández, Margarita, editor, autor. 272-45:316.4.063 Índice Presentación Margarita Torremocha Hernández............................................................................................ 9 1. Mujer, familia y matrimonio en Francisco de Vitoria José Luis de las Heras Santos.......................................................................................................... 15 2. A bigamia em Portugal na Época Moderna: Género, sentimentos e conflituosidade matrimonial Isabel Drumond Braga ........................................................................................................................... 33 3. Estrategias familiares en la ciudad de León en la Edad Moderna: los QuijadaRojas María José Pérez Álvarez ...................................................................................................................... 49 4. Matrimonios divinos y conflictos humanos: disputas familiares por las dotes de monjas (ss. XVI-XVII) Silvia de la Fuente Pablos .................................................................................................................. 67 5. Matrimonio y nobleza: los litigios en torno a la dote y la herencia (ss. XVIIIXIX) Alberto Corada Alonso ......................................................................................................................... 83 6. Matrimonios violentos y conflictividad comunitaria: claves para entender los comportamientos anticlericales en la Castilla moderna (ss. XVI-XVII) Manuela Águeda García-Garrido................................................................................................. 99 7. Uniones poco afortunadas: la conflictividad familiar en las islas Canarias del siglo XVIII Belinda Rodríguez Arrocha............................................................................................................. 125 8. Amancebamiento de casado: el adulterio masculino que si se castiga en los tribunales (s. XVIII) Margarita Torremocha Hernández............................................................................................ 143 9. Las viudas de los jesuitas desterrados: entre el rechazo y el repudio Inmaculada Fernández Arrillaga ................................................................................................ 163  índice 10. Familias en conflicto: separaciones matrimoniales en el occidente castellano (1750-1850) Francisco Javier Lorenzo Pinar y María Paz Pando Ballesteros ......................... 177 11. El matrimonio en la crisis del Antiguo Régimen en Castilla: un sagrado vínculo de extensa sociedad conyugal Pilar Calvo Caballero ............................................................................................................................ 195 12. El veneno en la violencia matrimonial Sofía Rodríguez Serrador ................................................................................................................. 223 13. Mujeres y hombres por la senda confesional: Asociación de Matrimonios de Pobres y otros ensayos decimonónicos Elena Maza Zorrilla ................................................................................................................................ 239 CAPÍTULO 8 AMANCEBAMIENTO DE CASADO: EL ADULTERIO MASCULINO QUE SÍ SE CASTIGA EN LOS TRIBUNALES (s. XVIII) Dra. Margarita Torremocha Hernández* Universidad de Valladolid 1 RESUMEN: El amancebamiento es un delito contra la moral sexual, que ataca al sacramento del matrimonio al tiempo que deteriora la vida familiar. Esta trasgresión tiene concreción en una tipología muy diversa. Por ello, si pretendemos hacer un análisis pormenorizado de este delito y de su sanción judicial en los tribunales en el Antiguo Régimen no es posible generalizar como si tuviera una única interpretación, sino que debemos atender a cada uno de los tipos de amancebamiento en sus singularidades, según el estado de las personas implicadas. En este caso abordaremos –a partir de los procesos de la Real Chancillería del Setecientos– solo los procesos del varón casado que, al no poder ser acusado de adulterio, es llevado ante la justicia por amancebamiento. Palabras clave: Edad Moderna; historia social de la delincuencia; matrimonio; amancebamiento; vida cotidiana. E l amancebamiento es un delito contra la moral sexual, que ataca al sacramento del matrimonio, y tiene concreción en una tipología muy diversa, pues se puede practicar entre solteros, soltera y casado, soltero y casada, soltera y/o casada con *1Trabajo elaborado dentro de las actividades patrocinadas por el Proyecto HAR2016-76662R, Ministerio de Economía y Competitividad. Proyectos de Investigación Fundamental. VI Programa Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2013-2016. Miembro del GIR de la Universidad de Valladolid Asociacionismo y acción colectiva en Castilla.  margarita torremocha hernández varón con órdenes. Así pues, partiendo de una misma idea este delito tiene diferentes formas y desarrollo, castigándose siempre lo mismo: el ultraje al matrimonio. No obstante, en nuestra pretensión de hacer un análisis pormenorizado de esta transgresión y de su sanción judicial en los tribunales en el Antiguo Régimen, entendemos por las investigaciones que venimos realizando con fuentes del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, que hay que estudiar cada uno de estos tipos en sus singularidades. Así, abordaremos en esta ocasión los procesos del varón, que estando casado es llevado ante la justicia por amancebamiento. En principio, los casados amancebados no abandonan a sus mujeres legítimas y se van a cohabitar haciendo vida marital con «la otra» como si no tuvieran votos matrimoniales; no es un amancebamiento entendido como una unión similar al matrimonio pero sin las bendiciones canónicas, sino que manteniendo su vida de casado disfruta de un trato carnal, este sí, estable con la misma mujer. De hecho se define el amancebamiento como «continua comunicación, con una persona por largo tiempo»1. La diferencia con los adulterios, desde el punto de vista de sus comportamientos, es sobre todo la duración de la relación que se establece con la amancebada. En el ámbito procesal también hay disparidades, en primer lugar porque el varón no era inculpado de adulterio y por lo tanto la acusación de amancebamiento es para los casados singular. Esto, frente a las esposas, que pueden ser procesadas tanto por adulterio como por amancebamiento. Para ellas si hay elementos distintivos entre sendos tipos de procesos, que no existen para los amancebados casados. En el caso de las adúlteras, estas son indagadas en la comisión de su delito, en el acto carnal, siempre de difícil probanza, en la relación sexual esporádica, mientras que las amancebadas son perseguidas por el escándalo que con su conducta producen en el vecindario, por la continuidad y notoriedad de su relación2. De hecho, Jerónimo Castillo de Bobadilla se preguntaba si sin publicidad y escándalo puede haber pena de amancebamiento (num. 54 y 56)3, pues la doctrina tenía claro que ese era el factor determinante y definitorio de este delito: …los quales (doctores) dizen, que aun no basta hallar la muger con el clérigo, o casado en la cama, o en la mesa, ni aun en la copula carnal para castigarlos por amancebados, sino consta por otra via de la publicidad, y notoriedad…4. 1 Pedro BARREDA y LOMBERA, Instruccion de el christianismo en todos los mysterios, leyes, costumbres, y zeremonias de nuestra Santa Fé, y religión, comunes a todos los fieles, sobre la doctrina del Padre Astete..., Valladolid: En la imprenta de Thomás de San Pedro Calderón, 1761. 2 Margarita TORREMOCHA HERNÁNDEZ, «Casadas amancebadas: casi bígamas, con un solo esposo (Castilla, s. XVIII)», ponencia presentada al Coloquio Internacional. «Évolution et transgression du modéle familial traditionnel: déviances féminines dans la famille hispanophone», Université de Lorraine (Nancy), 28-29 de noviembre de 2019. 3 Jerónimo CASTILLO DE BOBADILLA, Politica para corregidores y señores de vassallos en tiempo de paz y de guerra y para Iuezes ecclesiasticos y seglares y de sacas, aduanas y de residencias y sus Oficiales y para Regidores y Abogados y del valor de los corregimientos y Gouiernos Realengos. Barcelona, 1616, Índice: Amancebamiento, si era permitido de Derecho Civil, y como se castiga en el Corregidor. 4 Ibidem, Libro II, capítulo XVII, p. 690. amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  Este delito ha de ser entendido legalmente como una mezcla del concubinato romano y de la barraganía medieval5. Ambos términos han desaparecido y caído en desuso en el siglo XVIII, pero en los tribunales actúan asumiendo parte de la doctrina y el concepto que en épocas anteriores tuvieron estas figuras delictivas. Y de hecho, se castigó por derecho, si bien solo la unión de un hombre casado –con una soltera– «…cuando es permanente o con abandono de la casa familiar, desde la Edad Media hasta los Códigos del XIX»6. En consecuencia, aunque no exista adulterio masculino ante los tribunales, si se actúa contra los casados amancebados, que no dejan de ser adúlteros, procediéndose también contra ellos por tratos ilícitos, abandono de familia o razones similares, que encubren la mayor parte de las veces relaciones extramatrimoniales que les llevan a abandonar a sus mujeres, dejándolas desasistidas y sin alimentos para la prole. PROCESOS DE AMANCEBAMIENTO EN LA REAL CHANCILLERÍA Las fuentes para este estudio son las causas seguidas en el Tribunal de la Real Chancillería de Valladolid, donde se ven procesos en primera instancia, pero mayoritariamente en apelación. En ambos casos las noticias que aparecen vienen a confirmar que, tal y como se aconsejaba en los manuales de práctica jurídica, los amancebados debían haber recibido previamente la amonestación de la vecindad escandalizada, pero sobre todo la de la Iglesia a través del elemento más cercano que suele ser el párroco. El Santo Concilio establece que se fulmine excomunión contra semejantes concubinarios, solteros como casados, de cualquier estado, dignidad o condición que sean, siempre que después de amonestados por el ordinario, aun procediendo de oficio, por tres veces, no despidiesen las concubinas y se apartaren de su trato, sin que puedan ser absueltos hasta que efectivamente obedezcan a la corrección que se les haya dado. Y si despreciando las censuras permaneciesen un año en el concubinato, proceda el ordinario contra ellos severamente, atendida la calidad del delito7. En efecto, así se procede. En las causas consultadas de la segunda mitad del siglo XVIII queda constancia mayoritariamente de haber pasado antes por la amonestación religiosa y en ocasiones también por la jurisdicción eclesiástica8. Incluso en los procesos hay confirmación que desde el púlpito en la misa dominical también adoctrinaban 5 El amancebamiento tiempo atrás no tenía en «nuestras leyes» la misma consideración. «Igualmente no la tenía en aquellos tiempos la voz amancebamiento, porque este se convenía, y capitulaba por escritura, quando un hombre viejo, y rico recibía en su casa para su alivio, y compañía a pan, y mesa, a alguna doncella, a quien dotaba. Véase la nota primera de la ley I, titulo 5. Libro 5. del Fuero Viejo». Andrés CORNEJO, Diccionario historico, y forense del Derecho Real de España, Madrid: por D. Joachin Ibarra, 1779, p. 410. 6 Mª José COLLANTES DE TERÁN DE LA HERA, El amancebamiento. Una visión histórico-jurídica en la Castilla Moderna, Madrid, 2015, p. 16. 7 Francisco de la PRADILLA, Suma de las leyes penales, Madrid, 1639. 8 Testimonio de la causa formada contra Clara Rodríguez, casada, por amancebamiento. Archivo de la Real Chancillería de Valladolid [en adelante ARCHV], Causas Secretas, Caja 12,6, 1767.  margarita torremocha hernández contra este tipo de conductas, como afirma una testigo: «…por quanto el párroco presente a el ofertorio de las misas populares, después que explica la doctrina christiana, pedrica (sic) sobre barios bicios, y en especial los que biben escandalosamente,…», y después se lo dicen a ellos secretamente9. A Palmero le había llamado la atención el obispo de León, y eso le contuvo durante un plazo breve de tiempo, pero pronto volvió a sus rutinas con una soltera10. Y, el obispo de Segovia, por un amancebamiento que tenía lugar en la zona de Cuéllar, escribía preocupado al Tribunal de la Chancillería: Mui señor mio: soy noticioso que Manuel Corchero, marido de Ana Lopez, Vezinos de Mudrian vive públicamente amancevado con Catalina Gomez muger de Juan Erranz, de oficio tabernero. Que su párroco no a podido corregir este exceso con sus repetidas amonestaciones, ni otros que se comenten en aquella taberna, siendo la causa la embriaguez, y ciega afición al vino, ni los alcaldes han procurado evitar este escandalo digno del mas eficaz remedio con la actividad que devian por su oficio…11. Así, la Iglesia era el primer eslabón de la cadena para acabar con estas relaciones. Si bien, su capacidad de influencia, aun en esta sociedad sacralizada, no iba más allá de la que se ejercía por el respeto a la autoridad de los clérigos pues –al menos en la documentación judicial– no hay evidencias de que llegaran a la excomunión. No obstante, la práctica de iniciar las actuaciones con la intervención del párroco u obispo se seguía recomendando a comienzos del siglo XIX12. De hecho, en las causas consultadas de la segunda mitad del Setecientos se deja mayoritariamente confirmación de haber pasado antes por la admonición religiosa e incluso por la jurisdicción eclesiástica13. Por tanto, si se conjugaban la precisa publicidad, por una parte, y la previa amonestación de la comunidad o de la Iglesia, por otra, era lógico que la Justicia acabara teniendo conocimiento. Estando al corriente, por el rumor pero concretamente por la comunicación que se hace por algún particular, el tribunal comienza su actuación, procediendo en la mayor parte con autos de oficio. Ello no significa que no haya nunca acusación particular, pero sería una singularidad. Por lo común, las esposas no promueven las denuncias por amancebamiento y cuando lo hacen no es esa la acusación que 9 Pleito del Fiscal de Su Majestad con Pedro Martínez, vecino del lugar de Trascastro, y Manuela Rosón de la misma vecindad, sobre amancebamiento y escándalo. ARCHV, Causas Secretas, Caja 13,10, 1775-78. 10 Los autos secretos formados de oficio contra Francisco Palmero de Villalobos, por amancebamiento con mujer casada y vida licenciosa. ARCHV, Causas Secretas, Caja 11,4, 1766. 11 Causa contra Manuel Corchero, vecino de Mudrian sobre amancebamiento público con Catalina Gómez, mujer de Juan Herranz, ARCHV, Causas Secretas, Caja 19,27 1779. 12 «Si un seglar tiene amistad torpe con una casada será muy conveniente que ante todo el párroco o alguna otra persona eclesiástica…». Conjunto de notas, copias de discursos, artículos, extractos de obras, modelos para relación de demandas, etc. relacionados con el derecho y la provincia de Valladolid, 1809, Manuscrito, Copia digital: Junta de Castilla y León. Consejería de Cultura y Turismo, 2014. 13 Testimonio de la causa formada contra Clara Rodríguez,.... ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,6, 1767. amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  presentan sino abandono de hogar y sobre todo de las obligaciones que tiene con ella y con sus descendientes14. La familia estaba bajo la autoridad del marido y por tanto lo más correcto era no oponerse a él y menos públicamente y dejar la afrenta en ese ámbito, en la medida de lo posible. Así, si el que fallaba era el pater familias la justicia solo actuaría en caso de escándalo público15. En ese sentido, la Instrucción de Corregidores de 1788 era bien explícita al respecto: «se abstendrán los corregidores de tomar conocimiento de oficio, en asuntos privados de padres a hijos, maridos a mujeres, amos a criados, cuando no haya queja grave ni escándalo para no perturbar el interior de las familias; antes bien ellos han de contribuir a su quietud y sosiego»16. Por tanto, partiendo del rumor, el escándalo, la notoriedad de unos hechos inmodestos para un casado, contra el que se inician actuaciones mediante un auto de oficio, los procesos generalmente se conciben bajo una serie de pautas comunes. Así, en los analizados, las querellas se basan en los mismos argumentos: vivir divertido, relajado, de forma pícara, sin otra concreción que ponga de manifiesto cuáles eran las acciones que originan este comentario. Pero sí que eran públicas y notorias, que se escandalizaba al vecindario, pueblo o comunidad y, que generaban problemas en el matrimonio que legítimamente había contraído previamente el amancebado. Un ejemplo –de los más explícitos– puede ser el testimonio en un caso de amancebamiento entre dos casados, que reitera las expresiones más comunes …dixo que con el motibo de ser como es publico el relajado modo de bibir que a tenido muchos años haze Don Joseph de Morales, alcalde mayor actual de esta villa, save que este acusado y esta causando grave escandalo y ruina espiritual en el pueblo donde se murmura de continuo y por barias personas de el, que en opinión de ellas se alla mal dibertido con una mujer casada […] y el testigo lo tiene por cierto y sospechado por algunas acziones ynmodestas que a notado entre dicho don Joseph y la tal mujer casada, en cuya casa entra y a entrado con demasiada frequencia y a todas oras, y en algunas ynpropias o yntespectibas, como es por la mañana, a ora de siesta y por la noche en ocasiones que el marido estaba fuera de dicha casa al cumplimiento de su ministerio, y muchas bezes observando (según lo ha bisto el testigo) quando salía de casa el marido para entrar dicho don Joseph, lo que ha parecido muy mal al declarante, y tanbien haverles bisto en parajes Reserbados, conoziendose en el modo de mirarse el uno y la otra, la afizion que se tienen, y a oído tanbien por publico que por su yncontinençia a tenido dicho don Joseph barias desazones con su mujer propia, y por lo mismo en algunas ocasiones a estado separado de con ella por algunos días…17. 14 Margarita TORREMOCHA HERNÁNDEZ, «El malvivir de la malcasada: experiencias de marginalidad (Castilla, siglos XVII-XVIII)», en M. Marta LOBO ARAUJO y Alfredo MARTÍN (Coord.). Os marginais. Braga: Edicoes Húmus, 2018, pp. 107-126. 15 Margarita ORTEGA LÓPEZ, «La práctica judicial en las causas matrimoniales de la sociedad española del siglo XVIII». Espacio, Tiempo y Forma, Serie IV, H." Moderna, t. 12, 1999: 275-296. 16 Instrucción de Corregidores en 1788, Archivo Histórico Nacional [en adelante AHN], Consejos, leg. 1526, exp. 34. 17 Causa a pedimento del Fiscal de Su Majestad con José Morales, Alcalde Mayor de Valderas, sobre amancebamiento con Manuela Ramos. ARCHV, Causas Secretas, Caja 10,1, 1763.  margarita torremocha hernández Así, frente a la idea del amancebamiento entre solteros, que muchas veces es una vida marital y de convivencia estable pero sin bendición, en estos en los que una o las dos partes ya están casados no es necesario que se dé una convivencia permanente, sino que esta sea continuada18. Y esta característica se manifiesta siempre en Castilla en este periodo con la expresión «entradas y salidas». No vive en la casa, pero la frecuenta tanto que los vecinos perciben esa relación que les escandaliza. La casuística es tan amplia que aunque estas sean las directrices hubo amancebamientos que supusieron una constante convivencia, como ocurre con Luisa Carbajo, que casada, si bien con un marido ausente y sin localizar, vive en casa de Arroyo donde se desarrolla la relación que escandaliza a los vecinos de la calle labradores de Valladolid19, o María Gómez, mujer del zapatero que se amanceba con unos de los oficiales de su marido, y este permanece allí sobre todo cuando el maestro y marido falta20. Conjugar trabajo y amante para permanecer juntos más tiempo también lo hizo el citado alcalde ordinario, que recibía a los lugareños que le necesitaban en casa de la amante, y no en la suya o en la del Concejo, como dicen los testigos. …cuias entradas y escandalo a sido como de dos años y medio a esta parte de continuo, en tanto grado que aun para despachar las cosas de su juzgado le buscaban los escribanos y partes en casa de la sujeta, y allí despachava tanto los juicios bervales como los autos judiziales, por lo que a tenido mucho mas que notar la jente21. Pero él se defendía alegando: es cierto que algunas vezes ha despachado en dicha casa algunas cosas y dependencias que se han ofrecido por no haver casa, ni tiempo destinado para la dicha Audiencia, y que es incierto se tengan aficcion tal que pueda causar nota ni escandalo, ni haver motivo para ello respecto de ser casa a donde han concurrido de mas de zinquenta años a estta parttes las personas de distinzion y en ningun tiempo haverlo notado serlo de sospecha…22. Si bien, lo común era mantener residencia separada y, por tanto, la expresión «entradas y salidas» parecía suficiente en boca de los testigos para refrendar el auto de oficio. A ella se añadían las actividades comunes entre los amancebados: ir a romerías, a bailar, salir de la ciudad, jugar a las cartas y, sin lugar a dudas el predominio del disfrute conjunto en torno a la comida y bebida. En consecuencia, digamos que aunque este sea uno de los delitos contra la moral sexual, que generalmente son de una probanza en extremo dificultosa, como es el caso 18 Antonio Carrera si vive en la misma casa. Testimonio de la causa formada contra Clara Rodríguez,… ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,6, 1767. 19 ARCHV, Causas Secretas, Caja, 9,13, 1762. 20 ARCHV, Causas Secretas, Caja 9, 4, 1756. 21 Causa a pedimento del Fiscal de Su Majestad con José Morales,… . ARCHV, Causas Secretas, Caja 10,1, 1763. 22 Ibid. amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  del estupro o el adulterio, en el amancebamiento, que a veces es difícil de deslindar del delito de adulterio, no ocurre lo mismo. La carga de la prueba es menos compleja y se podría decir que siendo públicas las entradas y salidas en la casa de uno u otra, sobre todo de ella, el trato se considera suficientemente notorio como para tener que probar algo más («…por cuias razones sospecha todo el pueblo han handado muy mal divertidos, y que han causado y causan mucha nota y escandalo…»)23. Entradas y salidas, y otras actividades que se mantienen en el tiempo. De hecho, en el tipo delictivo podríamos decir que es definitorio el carácter más o menos duradero de este comportamiento. Un día, o un mes no son soporte para denunciar por amancebamiento. Se habla de periodos más o menos largos, de varios años, pero sin exigirse convivencia. Los interrogatorios se centran en la expresión «las entradas y salidas», aunque como dice uno de los declarantes: «pero lo que hazen dentro no lo save el testigo…»24. Sin embargo no parece que haga falta, al menos para la probanza del delito. A algunos casados los declarantes les sorprendieron en actos impropios e inmodestos, como a Francisco Palmero, al que varios testigos le vieron tener acto sexual en la entrada de una casa25, o a Arroyo, que cuando llamaron a su puerta salió su amante enseñando los pechos y el vientre, sin tener la decencia de taparse, solo por no soltarle26. Pero no era necesaria una acción concreta, sino que juntos y solos pasasen tiempo, sin ocultarse, y eso mismo ya da pábulo a los rumores vecinales. Y, en contraposición con la publicidad que ha de tener la convivencia de los amancebados, en los procesos se sigue con carácter secreto la sumaria, para proteger a la mujer y al varón, en el caso de ser privilegiado. Este modo de proceder no fue particular del tribunal de la Chancillería, donde se observa claramente, sino que era aconsejable para cualquiera de ellos, desde comienzos de la Edad Moderna: Suele, en estas ocasiones de procesos sumarios y secretos, en que se trata de honra de mujeres, o de personas principales, usarse de cautela, en escribir el mismo Corregidor o Teniente por su mano a los mismos testigos, que deponen en el caso, sin intervención del Escribano, y guardarse el tal proceso en su escritorio,… todavía en algunos casos leves y breves, y en que de la publicidad pueden resultar escándalo…27. Aulestia describe al detalle la mejor manera para proceder procesalmente pensando en la actuación en el alto tribunal28. Y posteriormente, en el siglo XVIII, Alonso de Vi23 Sumario secreto sobre amancebamiento de Roque Tejedor, Escribano de Páramo del Sil, con una persona privilegiada, ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,14, 1768. 24 Ibíd. 25 Los autos secretos formados de oficio contra Francisco Palmero de Villalobos,... ARCHV, Causas Secretas, Caja 11,4, 1766. 26 ARCHV, Causas Secretas, Caja, 9,13, 1762. 27 J. CASTILLO de BOVADILLA, Política de Corregidores […], Libro II, cap. XIII, 48, pp. 457-458. 28 Manuel FERNÁNDEZ de AYALA AULESTIA, Práctica y formulario de la Real Chancillería de Valladolid, Norma breve para instruir con perfección qualquiera causa criminal, sea el delicto de la especie, calidad y gravedad que sea, Zaragoza, 1733, p. 8. margarita torremocha hernández  lladiego en su Instrucción Política y práctica judicial, apuntaba en el mismo sentido para instrucción de los jueces: Y si se tratase algún negocio de amores de personas principales, ò doncellas honrradas, ò Religiosos, ò de muger casada, tratelo con secreto, y en apartado, y lo mismo cualquier otro negocio que requiera secreto. En la práctica se seguía esta recomendación, y así en el análisis de los procesos de adulterio, alcahuetería y amancebamiento es frecuente comprobar como todos los trámites procesales se siguen sin mencionar a ninguna de las partes. Asignando a cada individuo un número o letra que se corresponde con un nombre, cuya equivalencia es posible que se encuentre bien en hoja suelta inserta con el proceso, o cosida con toda la documentación de la causa, en la parte final. Después, cada vez que el juez inicia pesquisas o interrogatorios se advierte a los implicados que han de contestar con la cautela de omitir los nombres y por tanto evitar la identificación directa. El criterio para establecer el secreto lo ponía el juez, atendiendo a presentar un respeto y protección al matrimonio. En la causa se incorpora así: …a dado con su jenero de prozeder, algun jenero de escandalo con zierta mujer casada, cuio nombre y apellido y el de su marido hiran en testimonio separado, sin que en el asunto pueda dezir otra cosa más que ser publico dicho escandalo…29. Pero, hemos comprobado que en ocasiones también se utiliza este sistema para ocultar la identidad de los testigos, si estos no querían declarar por no enfrentarse con el procesado/amancebado. Así, para conseguir testimonios de abogados y escribanos contra el alcalde ordinario de una localidad fue preciso aumentar el secreto y darles también iniciales a ellos para ocultar sus nombres. y he suspendido continuar pues aunque el escandalo (según lo que se me a ynformado y he observado) es y a sido publico están estas jentes tan timidas en declararlo judizialmente que para lo que he executado, me a sido forzoso llevar el método que por las diligenzias, ynformazion secreta y testimonio separado vera de no poner en las declaraciones los nonbres y apellidos de los mismos testigos, ni circunstancia por donde se pueda venir en conocimiento por ellas, de quien son los que las han hecho, porque de otra forma no huviera conseguido, ni se justificaría cosa alguna…30. Destaca también que el proceso se siga solo contra uno de los amancebados, cuando sin duda es delito de dos, y así solo uno será procesado, solo uno será puesto en prisión procesal, y a uno solo se le suele embargar los bienes para seguir el procedimiento judicial con respaldo, siendo este generalmente el varón. Causa a pedimento del Fiscal de Su Majestad con José Morales,… ARCHV, Causas Secretas, Caja 10,1, 1763. 30 Ibid. 29 amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  Asimismo, se ha de considerar el factor de la reincidencia. Al tribunal en apelación o revisión llegan causas que han sido vistas en tribunales inferiores, por la justicia eclesiástica a veces que ha intervenido en defensa del sacramento matrimonial (siendo una minoría los que han sucedido en el entorno de la ciudad de Valladolid). Pero, se derivan a una instancia superior porque a pesar de que los párrocos y obispos y las instancias inferiores les han amonestado para que acaben con esa relación siguen manteniéndola, con mayor o menor ocultamiento que antes, pero sin cesar. El apartado final es la sentencia, y estas aparecen en pocas ocasiones. Y, pocas veces afecta a los dos implicados en el delito. A veces la causa se sigue contra uno y la sentencia afecta al otro. Como en la causa contra Manuel Marín que vivía amancebado con Alfonsa Moro, pero él era soltero y ella casada, y solo tuvo un apercibimiento31. También en el momento de recibir la decisión judicial, anotada como diligencia, en lugar de sentencia, se mantiene el secretismo de la causa y por ello se hace ir al amancebado a la posada del gobernador de la sala del crimen para recibir notificación. En muchos casos no se asienta, e incluso cuando se anota, como se hizo con Manuel Corchero, se añade «y que estos documentos se deposittasen para los efecttos que hubiese lugar en el archivo secreto de la sala»32. A este se le había llamado a presencia del gobernador de la sala del crimen («a mi presencia sigilosamente») y «se le apercivio con quattro años de presidio, no trattase ni comunicase en publico, ni en secretto con Catthalina Gómez, muger de Juan Erranz de ofizio tabernero»33. Siendo el apercibimiento legal la pena más repetida. A Manuel Ramos, que igualmente antes había sido amonestado por un juez eclesiástico, se le condena a servicio del rey por espacio de 4 años a los arsenales o al regimiento que le pareciere al señor intendente. Como no es sentencia de muerte puede recurrir y lo hace, arguyendo que se la ha castigado como a los vagabundos y no lo es, en tal caso ocioso, pero con esa condena se perjudica a su familia y mujer que quedan desamparados34, consiguiendo así una rebaja de la pena. Apercibimiento que fue también lo que se acordó en el caso de Manuel Arroyo y Luisa Carbajo, si bien la sentencia fue para ella, por ser casada, pero sobre todo el eslabón más débil de la cadena. Aun así no sobrepasa la advertencia legal: «…que en adelante biba lizita y onestamente pena de seis años de reclusión en la carzel real de la galera…»35. Ejemplos pues de varones casados que superaron el amancebamiento con mejor suerte que algunos casaderos, pues al mozo soltero, oficial de zapatería, por amancebarse con 31 «…pena de quatro años de galera, ni con otra persona que pueda causar nota y escandalo, en virtud de lo acordado por la sala, la qual dijo lo oya y entendia y que estaba pronto a cumplir con lo que se la mandaba». Testimonio de la Causa formada contra Manuel Martín, soltero, sobre amancebamiento con Alfonsa Moro, casada. ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,10, 1768. 32 Causa contra Manuel Corchero, vecino de Mudrian…, ARCHV, Causas Secretas, Caja 19,27 1779. 33 Ibid. 34 Causa contra Manuel de Ramos, de oficio barbero, por amancebamiento con mujer casada, ARCHV, Causas Secretas, Caja 8,7, 1755. 35 ARCHV, Causas Secretas, Caja 9,13, 1762. margarita torremocha hernández  la mujer de su maestro se le impuso seis años al servicio de S.M. en el regimiento de Vitoria36. Aunque estemos faltos de una estadística, pues estas diligencias o sentencias solo se incorporan al proceso en casos muy reducidos, en la mayor parte la justicia ordinaria, que interviene tras la eclesiástica, no va más allá que esta. Al tratarse de elementos incardinados en el vecindario (amancebada y/o amancebado) era difícil buscar una solución que no ocasionara más perjuicios a sus familias que no habían cometido ningún delito, si no sufrir el de sus esposos o padres. El destierro, habitual en el castigo de otras infracciones contra la moral sexual, como la prostitución o la alcahuetería, no parece que se impusiesen a los amancebados. Así, en el caso de Manuel Corchero, que era un hacendado del lugar, y se amanceba con la mujer del tabernero, el obispo plantea la posibilidad de dejar sin trabajo al ultrajado marido cornudo para que así se fuera con su mujer a buscarlo a otra parte, y que esta (la amante/adúltera/amancebada) «o sola o con Juan su marido, mudasen de habitación», o hacer autos «de su desarreglada conducta» al amancebado casado. Pero esta segunda medida; la única que se les ocurre contra el adúltero, aunque aparentemente sea más lógica, se descarta porque dada su elevada calidad en el lugar, a pesar de su público amancebamiento «podrá ser que no haya un testigo que lo diga»37. EL MARIDO ADÚLTERO: ANTE LA JUSTICIA POR AMANCEBADO Estos varones que viven el amor fuera de su matrimonio no son una excepción en esta sociedad, pero se convierten en objeto de los rumores por vivirlo sin ocultamiento, sin el recato que su condición de marido le imponía. Son el contrapunto del marido perfecto que reúne una serie de virtudes de común aceptadas. El hecho de que de forma mayoritaria la historiografía reciente se haya volcado en el estudio de la mujer ideal a través de estas fuentes38, no significa que para el varón no hubiera también un patrón correcto construido desde las mismas bases y con los mismos objetivos. Si bien es cierto que las exigencias eran otras, también lo es que no todos se ajustaron a ellas. Así pues, se entiende a priori que un marido amancebado es un mal marido (a pesar de que socio-profesionalmente por sus oficios puedan ser muy respetados y respetables, pues muchos de los estudiados son hombres de la administración de Justicia). Los perfectos casados, aunque con menor insistencia que para el caso femenino, también aparecen definidos en sus modelos en la literatura de la Edad Moderna. «Quatro ARCHV, Causas Secretas, Caja 9, 4, 1756. Causa contra Manuel Corchero, vecino de Mudrian…, ARCHV, Causas Secretas, Caja 19,27 1779. 38 Margarita TORREMOCHA HERNÁNDEZ. La Mujer Imaginada. Visión literaria de la mujer castellana en el barroco, Editorial abecedario. Badajoz, 2010; «Modelos de espiritualidad barroca de «la que tomó estado matrimonial»». El Alma de las mujeres. Valladolid. 2015: 180-210. «La perfecta casada: del modelo a las representaciones. La biografía de Francisca Zorrilla, escrita por su marido». Stvdia Historica, Vol. 38, 1 (2016): 223-253; 36 37 amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  condiciones se puede pedir al varon casado, amigo de su muger y hijos, severo, ejemplar, y apazible…»39. Los maridos amancebados no se adecuaban a este perfil. Los había en cualquier lugar y de toda condición y edad40, y sus actos se definían con características similares a las de este que vivió en Valladolid, y con el que se produjo el milagro, sin tener que llegar a intervenir la Justicia: … avia en aquella ciudad un hombre (cuyo nombre advierte calla por su honor y reputación) el qual avia mucho tiempo, que estava metido y encenegado en un amancebamiento, a quien los tales suelen llamar correspondencia, por darles en rostro aun el nombre propio, quando no se avergüenzan de la obra. Seguiánse de esta torpe amistad graves inconvenientes y daños, porque devia de ser el tal hombre persona de obligaciones, y casado, pues ocasionava con ella algunos desconsuelos, inquietudes, disgustos y desazones en su casa. Y no es de admirar, pues semejantes divertimentos de los maridos son consiguientes los desaires y sequedades de sus mugeres proprias, el descuido en la crianza de sus hijos, el desperdicio de la hazienda, el desorden en el gobierno de su casa, el escandalo de su familia, y aun tal vez la liviandad de la honesta y casta consorte, que irritada del que debia guardarle más fidelidad, le es también infiel y desleal. Pero en nada repara, con todo atropella un hombre ciego y apasionado: que la dolencia y fiebre en el alma es más vehemente y fuerte (dize Ambrosio) que la del cuerpo: y asi por lograr uno su gusto y antojo, no se le pone por delante riesgo, peligro o inconveniente alguno, ni aun de su propia salud haze caso, ni atiende a su reputación y crédito41. Esa era la queja de los escandalizados vecinos: es escandalo y la frescura con que el dicho Phelipe Sanchez frequenta la casa, y muger burlándose del cura y todos sus vezinos, porque me temo se le ha muerto el gusano de la conciencia, y por lo mismo considero preziso un gran cauterio para que pueda volver en si y acordarse de que es Christiano42. Los varones actuaban con cierta libertad, después de haber contraído un matrimonio conveniente para su calidad, sabiendo que su adulterio no sería perseguido. El casado debía permanecer en su casa, si bien: «Por quatro cosas suele el hombre imprudente y sin paciencia dexar su casa, por el humo, por el agua, por el mal olor, y por la muger destemplada…». Sin embargo, esas mujeres no se definen en los procesos, nadie las culpabiliza, porque ellas no son el objeto de la querella. Más bien, sin salir huyendo de la mujer propia buscan otra por amor o por lujuria, no atendiendo a más recomendaciones. Juan de MORA, Discursos Morales. Madrid, 1589, p. 135. Las edades de ellos son variables, como le es el tiempo que llevan casados. Roque Tejedor: escribano del número y del ayuntamiento de Páramo de Sil, 40 años, viudo, Palmero es de 25 años, oficio labrador, José Morales y Espejo tiene 32 años, Felipe Sánchez, 63 años, alcalde ordinario de Villarías, etc. 41 José de Jesús María (O. SS. T.), Vida del venerable y extatico padre fr. Miguel de la Santos religioso del Orden de Descalzos de la SS. Trinidad, En Salamanca : a costa de Lucas Perez, impressor, 1688. 42 Causa contra Felipe Sánchez, vecino de Villerías, sobre amancebamiento con una mujer casada, ARCHV, Causas Secretas, Caja 10,5, 1764. 39 40 margarita torremocha hernández  Y, si el adúltero no era perseguido por la justicia, no así el varón que descuidando a su legítima mujer y a su descendencia escandalizaba o perdía el matrimonio por tratar a otras mujeres, llegando en algunas ocasiones a vivir esa relación continuada sin ocultación ni disimulo alguno. Nada que ver con el buen marido. No lo había sido el viudo Isidro de Vitoria, que se amancebó con una casada, a la que advertía incluso los parientes de su marido para que acabara con él, porque «es hombre de malas costumbres», y teniendo aún viva a su mujer intentó forzar a otra43. Pero, esos amancebados casados se presentan siempre ante la Justicia como exponentes de comportamientos ejemplares. Morales y Espejo –de 32 años– al que se le toma declaración estando ya en Valladolid (teniendo la ciudad y sus arrabales por cárcel), que por su «…modo de vivir no es el mas regular» y sin embargo se definía como muy cristiano y arreglado, sin cometer exceso alguno. Su defensa detalla: «mi parte es y ha sido siempre buen cristiano temeroso de Dios observante de su Divina ley y celoso en el cumplimiento de la obligación en que le constituye el empleo de tal alcalde mayor, de honesto y lícitos tratos, assí en obras como en palabras, apartado finalmente de todo vicio que pudiera estraerle de el camino de la virtud y causar nota y escandalo…». Asegura que le han denunciado por envidias «…como en la administración de Justicia nunca faltan émulos quejosos y mal contentos, algunos de estos seguramente llevados solamente del odio y enemiga (sic) que a mi parte profesan le delataron al dicho Fiscal…»44. De tal manera, que como en otro proceso hace el escribano Tejedor, se presentan como víctimas de acusaciones provenientes de personas descontentas con su oficio al servicio de la de justicia real, y no como delincuentes45. Este último, tenía más difícil defender esta versión, porque además de mal marido era mal trabajador, y de hecho para mantener la sumaria secreta por amancebamiento se le hace una paralela por gestión negligente: en su oficio es muy flojo, tantto que los mas de los instrumentos los toma en membrete y es duda de su extensión en limpio porque las copias no se consigue las entregue y quando alguna se logra es cobrando anticipadamente sus derechos y haziendo las partes interesadas en combites con el gasten dobles los derechos. En general se le denostaba en todos los ámbitos: Se le a dado quentta como … casado, es persona vasttantte oziosa, poco entretenida en el cuidado y custtodia de su casa, labranza y familia, gasttando todo su caudal el juegos, y ottros enttretenimienttos poco útiles a su muger…46. De la mujer forzada se comentaba «que dicho don Isidro havia intentado violentarla, y ella lo havia resistido como muxer de vien de cuia pesadumbre cayo mala y sin levantarse de la cama murió». ARCHV, Causas Secretas, Caja 9, 21, 1763. 44 Causa a pedimento del Fiscal de Su Majestad con José Morales,... ARCHV, Causas Secretas, Caja 10,1, 1763. 45 Sumario secreto sobre amancebamiento de Roque Tejedor…, ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,14, 1768. 46 Los autos secretos formados de oficio contra Francisco Palmero de Villalobos,… ARCHV, Causas Secretas, Caja 11,4. 1766. 43 amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  Hombres pues que difícilmente podían ser un ejemplo para su mujer, su familia y sus criados, pero que podían destacar en el plano afectivo con sus amantes. En lo sentimental de ellos se esperaba que fueran más entregados que los propios maridos. Esto no es fácil de conocer, aunque los testimonios hablan. Algunos niegan la relación cuando los compañeros de trabajo o vecinos le reprenden, y eso no puede ser interpretado como falta de cariño sino una reacción lógica, pues admitirlo era asumir la práctica de un delito. No obstante, cuando alguna vez llegaron a asumirlo en público, generalmente ante otros hombres negaban cualquier afecto, como hizo José Morales cuando le hablaban del continuado trato con una mujer también casada, que viéndose acorralado en una conversación, «…a lo que por entonces solo les satisfizo con dezir habían dado en ello, pero que hera una bobada»47. Pero otros no podían ocultar la dependencia que les generaba esa relación y actuaban con menos cuidado. Como Palmero amancebado con una soltera de la que se alejó temporalmente por amonestación del obispo de León. Pero nada más regresar le rondaba mucho, estaba sentado en su casa a todas horas y se hacían señas en la calle con un pañuelo «causando a la testigo y demás mucha ruina en sus almas». Además, los declarantes hablan también de la urgencia y falta de privacidad en sus encuentros pues un día de función, que había baile en casa de Don Roque Manrique, estaba un vecino en un portal, echado en un escaño, y por faltar luz no le vieron, de manera que ambos, «ejecutaron el actto de sensualidad, y se volbieron a suvir y zelebrar dicha funcion». Otro dice que, en el portal, donde había un escaño, vio a ambos «y según su disposición conozio el declarante estavan ejecutando cosa mala», y se lo dijo a varias personas. Los adúlteros se arriesgaban con sus conductas, pero como hemos visto las sentencias recibidas no son duras. No podemos dejar de resaltar que las causas que se siguen en la Chancillería son en la mayor parte de los casos en revisión. Y antes esos varones ya han sido procesados por amancebamiento y no por ello han cambiado su comportamiento. Cuando las actuaciones empiezan a verse en el tribunal vallisoletano generalmente una de las primeras medidas era llamarles a la ciudad, dándoles esta y sus arrabales por cárcel48. Después se procedía a un embargo de sus bienes para poder pagar los gastos derivados del proceso. Y de nuevo se abría una sumaria secreta. Mientras dura el seguimiento de la causa es muy frecuente que se les ponga en cárcel procesal y que se les embarguen los bienes. De ello resulta que se perjudica a los ya perjudicados, en este caso a las legítimas esposas. Ello suponía un descalabro para estos varones que se veían precisados a abandonar su casa, su familia y el oficio con el que la mantenían. 47 Causa a pedimento del Fiscal de Su Majestad con José Morales,... ARCHV, Causas Secretas, Caja 10,1, 1763. 48 Pedro ORTEGO GIL, «La ciudad por cárcel», en J. C. URDA LOZANO y Pedro OLIVER DEL OLMO, La prisión y las instituciones punitivas en la investigación histórica, Ciudad Real, 2014, pp. 49-64.  margarita torremocha hernández LA LEGÍTIMA ESPOSA Y LA FAMILIA El amancebado ya casado ha escogido esposa o ha aceptado la que han seleccionado por él. La literatura de la época reitera la importancia de una buena elección49. Pero el amor y los afectos no están en ningún caso entre los elementos necesarios, es más, a comienzos de la modernidad incluso se desaconsejaba casarse por amor50. Como casado, la gran perjudicada es la mujer del adúltero amancebado. En el tratamiento de este tema los afectos y sentimientos51, desde la perspectiva actual, debían jugar un papel de primer orden. Sin embargo, esta materia no está presente en el Setecientos, y desde luego, no lo está o al menos no es prioritaria en esta documentación judicial. En ella es más fácil rastrear la falta de afectos o la violencia que generan los adulterios y se manifiesta en los testimonios: que estando Tejedor en casa de la dicha N. con esta llegó el marido de ella, y que les havia cojido en fragante delito de adulterio o dispuesto a ello por lo que el marido de N. la havia reñido y golpeado, y a Tejedor que le havia reñido fuertemente echándole noramala…52. A pesar de que la concepción del matrimonio en la Edad Moderna tiene rasgos diferentes a los actuales, está claro que la relación se resiente. La mujer del Antiguo Régimen se ha dicho que vive esa situación con una cierta normalidad, y se le aconseja siempre que la aguante y la reconduzca. Pero el modelo no se cumple siempre y los relatos procesales nos dejan ver que muchas no estuvieron dispuestas a admitir esas conductas. y tanbien es publico que dicho don Joseph en algunas ocasiones a estado separado de con su mujer propia, que lo es doña Maria Antonia de Pedrosa, y tenido con ella algunas quimeras, pero no save si esto a nazido de las dichas entradas, y salidas en casa de la mujer casada que queda referida, u de el trato que tanbien se dijo tenia con otra soltera que tenia por criada en casa, y el declarante nunca ha sabido ni notado que la tal mujer casada haia causado el mas minimo escandalo con otra persona que con el citado don Joseph, ni save otra cosa sobre el asunto…53. 49 «Quatro cosas deven considerar los hombres comúnmente para casarse, hermosura, nobleza, virtud y riqueza: los que mejor lo miran dizen que basta una, y es la virtud: y que las tres sin esta no son suficientes: y cierto que me parece bien, porque la muger a de ser buena y parecello, y la que se deve escojer es la que tenga en si verdadera virtud. […] estas son las que aman sus maridos y verdaderamente son amadas». Juan de Mora, Discursos morales, Madrid, 1589, pp. 134-135. 50 Margarita TORREMOCHA HERNÁNDEZ, La Mujer Imaginada, op. cit. 51 María José de la PASCUA SÁNCHEZ, «Regulación de los afectos y cultura del amor en la sociedad hispana de la época moderna», en Juan José IGLESIAS RODRÍGUEZ, Rafael M. PÉREZ GARCÍA, Manuel Francisco FERNÁNDEZ CHAVES (coord.), Comercio y cultura en la Edad Moderna: Actas de la XIII Reunión Científica de la Fundación Española de Historia Moderna, Sevilla, Vol. 1, 2015, pp. 233-256. 52 Sumario secreto sobre amancebamiento de Roque Tejedor,…, ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,14, 1768. 53 Causa a pedimento del Fiscal de Su Majestad con José Morales,... ARCHV, Causas Secretas, Caja 10,1, 1763. amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  Sin embargo él en su declaración dice que ese supuesto escándalo no le ha afectado con su mujer, «ni por ello tubieron inquietud alguna, antes bien, sienpre han vivido con la unión y paz que corresponde en el matrimonio54». Cuando se sigue la causa contra R. Tejedor este era viudo, pero su amancebamiento comenzó en vida de su mujer y en las declaraciones perdura el recuerdo de los problemas que le causó: …y a oído dezir por publico y notorio que entre los dos tenían sus merendolas y comilonas, y que por lo mismo Dª Josepha Zenteno, mujer de Tejedor que abrá seis años que murió se zelaba de el, y que tenían sus riñas y quimeras,…55. Hasta que murió su esposa «vibieron pazificamente como marido y mujer, según Dios manda». Y cuando esta murió «y quedadole quatro hijos de tierna hedad cuidaba dicha N de asearlos, y labarlos la ropa muchas vezes…»56. Al enviudar siguió la relación e incluso la amante pasó a ejercer de esposa y madre: le incorporó en casa a cuidar de sus hijos, pero claro está sin que esta dejase la suya. Lo normal era que aunque por fuerza se soportaran tales situaciones se ocasionaran problemas de convivencia en sus casas. …andado en tratos ilícitos de amanzebamiento con N por cuios motibos dicho Tejedor y la mujer tubieron repetidas renzillas, quimeras y disturbios, y lo mismo ha tenido el marido N con la dicha su mujer…57. La madre del barbero Manuel Ramos admitía entre los vecinos la mala vida que daba a su mujer por estar con otra casada (en la noche de difuntos «una zurra y de patadas»). Es más, no solo la pegaba su marido sino también la amante de este, que en una ocasión entró en su casa con un hierro para golpearla y lo hacía entre risas. Por esta mujer quitaba el alimento a su familia e incluso no dudaba en involucrar a su hija y enviarla a casa de la amante para saber si estaba allí el marido o no antes de visitarle. Teniendo tan poco recato que su esposa en una ocasión les había encontrado sentados en la cama58. Ellas saben el papel que ocupan y lo dicen al declarar: «Theresa Garcia […] ante vm parezco y digo que estoy casada y velada según manda nuestra madre la iglesia y dispone el concilio santo de Trento…». No obstante, conocen de la relación de su esposo, incluso en su propia casa como Andrea Pinacho, que al ir a la cocina pasó por el cuarto de su criada y «vio que dicho su marido se hallaba de pie inmediato a la cama, y la suso dicha sentada en ella desabrochada enseñando los pechos, y los guardapiés lebanttados hasta las rodillas, y sin delanttal 54 55 Ibid. Sumario secreto sobre amancebamiento de Roque Tejedor,…, ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,14, 1768. 56 57 58 Ibid. Ibid. Causa contra Manuel de Ramos,…, ARCHV, Causas Secretas, Caja 8,7, 1755. margarita torremocha hernández  y… aturdida de semejantte lanze solo les pudo dezir que demonios hazeis hai…». «…no pudo ver si dicho su marido se hallaba en demostrazion de hazer algun actto carnal con ella porque le bio de espaldas…»59. Pedro Martínez, marido de Agueda Gudañon, y Manuela Rosón mujer de Francisco González escandalizan con sus entradas y salidas, van juntos de romerías y mercados, aunque los testigos afirman «que sin embargo de que los respecttibos consortes le son savidores de este ttrato callan y aguantan sin reclamar…» La legítima de Pedro lo hace por «que dicha doña Maria a manttenido y mantiene a dicho Pedro, y por lo mismo la muxer de este calla y callara por la utilidad que la ttiene» 60. Aunque lo normal es que no obtengan más que inconvenientes y quebrantos, porque desatienden a sus mujeres y familias: «…y con las meriendas y combites que el dicho Tejedor a tenido con la nominada N. es constante se alla pobre y mui nezesitado, manteniendo su familia con mucha nezesidad y miseria…»61. Andrea Pinacho, sospecha de la mujer que además ha metido en su casa para trabajar y le alertan los vecinos «por haberles encontrado junttos a paseo no solo en días de fiesta sino tambien en días de trabajo»62, lo que a buen seguro suponía no tener ingresos. El inicio de la causa judicial contra el marido amancebado, en ocasiones agudiza los problemas para la legítima y sus descendientes. A largo del proceso el varón como hemos visto puede ser apresado, aunque no en la cárcel sino en la ciudad como cárcel, y ver embargados sus bienes. En este punto algunas esposas vieron como la justicia se hacía con unos bienes que o bien eran suyos porque les había aportado al matrimonio o bien eran gananciales, por lo que en ambos casos les afectaban63. Este es el caso de Teresa, que además de sufrir el amancebamiento de su marido con otra, por el que ya había sido juzgado y condenado, se veía agraviada por la propia justicia. Contra su marido se seguía causa de oficio por no cumplir el alejamiento de su pareja extraconyugal que le había impuesto el tribunal de la Chancillería. Por ello se iniciaba nueva causa contra él y, una de las primeras acciones fue embargarle sus bienes para pagar las costas. En esa acción apenas se le encontró nada y lo que se halló en su casa era suyo, procedente de sus bienes dotales, y no estaba dispuesto a perderlo. Significaba que además de verse afectada por la vida escandalosa de su marido iba a ver mermados sus peculios. Elementales recursos, ya que su marido es descrito como holgazán y gastador por los testigos. La insistencia de que el amancebamiento/adulterio de su marido a ella no le beneficia en nada es el argumento que reitera, lo que no deja de llamar la atención, puesto que es tan obvio que no parece necesario reseñarlo y menos como fundamento para recuperar sus bienes64. ARCHV, Causas Secretas, Caja 9,13, 1762. Pleito del Fiscal de Su Majestad con Pedro Martínez,... ARCHV, Causas Secretas, Caja 13,10, 1775-78. 61 Sumario secreto sobre amancebamiento de Roque Tejedor,…, ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,14, 1768. 62 ARCHV, Causas Secretas, Caja 9,13, 1762. 63 Los autos secretos formados de oficio contra Francisco Palmero de Villalobos,... ARCHV, Causas Secretas, Caja 11,4, 1766. 64 Ibid. 59 60 amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  El escribano Tejedor («que ha doze años que tiene aquella amistad con total abandono de su familia, a la que haze pasar míseramente, y si algo de bueno tiene todo lo gasta en casa de su amiga, no siendo el solo según se me ha informado, el que bibe en la misma liviandad…») descuidó hasta el extremo a su familia, con consiguiente lastima y compasión ha causado y causa su familia porque dicho Tejedor, para mantenerla handa comprando el pan por libras, y otras vezes prestado, y no bolberlo, tratándola con mucha necesidad y miseria, a causa de lo que por su ofizio gana el zitado Tejedor lo consume y gasta con la nominada N….65. Andrea Pinacho «biendo que su marido no la entregaba la metad de lo que ganaba, y que por ello solia falttar el alimentto le solia reprehender presumiendo lo gasttase con la suso dicha, motibos por que dicho su marido la ha castigado y golpeado diferentes bezes y tenido infinitas quimeras de suerte que la vezindad se halla escandalizada…»66. La pregunta es si estas casadas cuyos maridos preferían el trato carnal o la convivencia con otras mujeres se sentían señaladas en la sociedad. Por supuesto los varones que así procedían eran señalados, había murmuración, pero nada se dice de su fama, como en el caso de las mujeres. Si los maridos amancebados no pierden su fama ¿la perderían sus mujeres? Las legítimas y sus familias se ven perjudicadas no solo en lo afectivo y en su vida social. En el día a día, en su mantenimiento, el amancebamiento del cabeza del hogar puede dar al traste con sus vidas, sobre todo si da más de lo que puede. Así lo manifiestan algunos testigos de la vida de Roque Tejedor: «…y a Tejedor la pérdida de los intereses de su oficio hadelantando una pobreza y miseria en su casa, con la que mantiene su familia, lo que es constante y se cae de suio que si gasta en una parte, fuerza es que le falte en otra»67. Al margen del sentimiento y de la murmuración los amancebamientos son situaciones insostenibles, que generan violencia entre los cónyuges casi de forma inevitable. LA OTRA La otra, en el sentir de la vecindad, era la que se llevaba la mejor parte. Luisa Carbajo «comia y dormía en el quarto y habtitazion… y que asi esta como el dicho Manuel en ausencias de la muger de este tenían frequentes comilonas dexando el trabajo y esttando los dos junttos temporadas de mas de quatro horas…». Lo admitía el hijo de su esposa, al hablar de su padrastro: «dejando el trabajo se iba a casa a merendar los dos juntos y se bebían una botella de vino, y de ello daban al testigo 65 Sumario secreto sobre amancebamiento de Roque Tejedor,…, ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,14, 1768. 66 67 1768. ARCHV, Causas Secretas, Caja 9,13, 1762. Sumario secreto sobre amancebamiento de Roque Tejedor,..., ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,14, margarita torremocha hernández  porque no se lo dijese a su Madre y asi se lo encargaban». «…y solo en una ocasión … estando en la cozina de dicha su casa vio que dicha nominada… veso a dicho su padrastro, y que quando estaba enfadado le alagaba y acariciaba, abrazandole, y que dezia … quando estaban merendando y beviendo libremonos de estte demonio, diziendo esto por dicha su madre a quien siempre aguardaban no estuviese en casa…». Pero también la manceba era la que causaba escándalo en la comunidad. A Luisa Carbajo le gritaba la mujer de Manuel Arroyo: «que era una bribona, picarona, biziosotta, que dezia que iba a trabajar, se iba a bribionar…»68. Pero en cierta manera ella era una víctima del abandono de su marido, Santiago García, cocinero, del que hacía ocho años que no sabía su paradero. Era pues probablemente su situación de casada «sola» lo que le llevaba a fórmulas poco honradas de subsistir. En cualquier caso, las amancebadas no vivían una situación idílica. Puede que mejor que la que tenían como solteras, viudas o casadas, por la compañía y complicidad que manifestaban con estos varones, pero sufriendo las costumbres propias de los maridos aunque estos no lo fueran, entre ellas la violencia («Y oyó dezir a Bizente Albarez Barrero, hijo de Marcos que algunas vezes la sacudia Tejedor, lo mismo que si fuera a su mujer…»69). En el plano económico, casi de forma proporcional, de la misma manera que la legítima pierde gana «la otra». La amancebada suele conseguir compensación económica por la vida desarreglada que lleva con un varón que no es su marido. Y este, se suele sentir generoso con ella, o al menos es uno de los factores que los testigos se detienen a describir y que en las sumarias se recogen. En el caso de la mujer del cirujano, dado que su amancebado es Alcalde de la localidad y en sus manos está el control de los montes y la madera, los vecinos insisten en que le da leña de balde, es decir que le hace regalos que no salen de su faltriquera sino del común. Esto lógicamente es mayor motivo de escándalo entre los vecinos. «…y a espresado por publico, que la ha surtido de leña para el consumo de la casa sin costarla mas que el conduzirla por ser dicho correjidor y un cuñado suio quienes dan las zedulas…»70. A esta acusación contestó que se la ha dado pero no graciosamente. Que tanto ella –mujer privilegiada– como sus hermanos iban a hacer labores a su casa y por ello a veces le daban cosa de comer. Pero al ser la amancebada también casada, su marido no recibe bien tales atenciones, como el regalo de alimentos, algo tan preciado en esta sociedad, pero difícil de ocultar en la casa, por lo que a ella le pudo llevar a ser golpeada por su marido: Y en una ocasión como cosa de quatro a seis meses, oio el que declara aunque no haze memoria a quien por haverse subsurrado entre las vezinas, que haviendo bisto el marido 68 69 ARCHV, Causas Secretas, Caja 9,13, 1762. Sumario secreto sobre amancebamiento de Roque Tejedor,..., ARCHV, Causas Secretas, Caja 12,14, 1768. 70 Causa a pedimento del Fiscal de Su Majestad con José Morales,... ARCHV, Causas Secretas, Caja 10,1, 1763. amancebamiento de casado: el adulterio masculino que sí se castiga en los tribunales  de la tal al tiempo de comer tenia truchas, havia preguntado que de donde la havian benido y respondiéndole que la havia regalado el correjidor se havia ynquietado con ella diziendola que con que motivo la regalava y aun se dijo que la havia puesto las manos…71. Sin duda, de alguna manera, los vecinos/testigos buscaban recurrentemente en estos beneficios la causa y el interés de la relación extramatrimonial. CONSIDERACIONES FINALES Si hablamos de amancebamiento de casados no lo hacemos de una unión de hecho, ni esta se podría producir ante la Iglesia por haber un impedimento, dado que uno –el varón– o los dos miembros de la pareja han contraído ya matrimonio. Por ello, el amancebamiento de un desposado lejos de ser una convivencia estable sin vínculo matrimonial es una relación entre mujer y casado, que se desarrolla al mismo tiempo y de forma paralela a la vida matrimonial del varón. Pudiendo ser considerado como tal amancebamiento cuando esa relación estuviese marcada por la continuidad y el escándalo en la comunidad. El estudio de estos procesos que se siguen contra los esposos que mantienen una trato marital con otra mujer que no es la suya, con la que han contraído votos matrimoniales determina que si bien estaba admitido que el varón casado, cabeza de familia, no fuera acusado ante la Justicia por adulterio, si pudo estar ante ella por causas de amancebamiento. La esposa no podía llevar al esposo a los tribunales por un adulterio. En Castilla, las Partidas se lo prohibían, pues no se considera que de sus actos se derive injuria, estableciéndose una clara diferencia entre el adulterio del esposo y el de la esposa, ya que de este si podían resultar funestas consecuencias al introducir sangre ajena en el linaje (commixtio sanguinis). Y, como se ha podido ver, tampoco acusan las consortes por amancebamiento, siendo actuaciones de oficio o causas iniciadas por el Fiscal las que dan origen a la toma de testimonios. Ello implica que adulterio y amancebamiento de casado no eran ni se consideraban igual ante los tribunales. Que si el primero era una cuestión ocasional en la vida del esposo (aunque también pudo ser una sucesión de hechos esporádicos con distintas mujeres), el segundo era una postura permanente, una opción vital que se compatibilizaba con el matrimonio, y que en consecuencia se vivía en el entorno con publicidad y escándalo, y en la familia con malestar y soportando las consecuencias. Por adulterio no se corregía a un esposo, pero por relaciones extramaritales prolongadas actuaron contra el varón casado tanto la Iglesia como la Justicia ordinaria. Digamos «actuaron» pues no se puede decir que castigaron o sancionaron a la luz del final de estas 71 Ibid.  margarita torremocha hernández causas o autos de oficio, en las que no se suele incorporar sentencia. La intromisión de ambos en la vida del esposo cabeza de familia no fue por lo común más allá de una advertencia y reprensión verbal para que abandonara esa o cualquier relación estable fuera del matrimonio; en defensa del sacramento y de la familia. Era preciso actuar para mejorar la conducta de un esposo díscolo que entre el vecindario supone un ejemplo contrario a la doctrina de la Iglesia católica y el modelo social imperante, devolviendo al matrimonio a una situación cotidiana, con sus rutinas, problemas y violencias, pero sin el conflicto que generaba una segunda mujer con la que tener trato y vida marital. AQUILAFUENTE, 295 Esta obra colectiva surge con la idea de volver a tratar el tema de la institución social del matrimonio, cuyo análisis cobra especial significado a partir del tratamiento y definición que la Iglesia católica le confirió en el Concilio de Trento. El carácter sacramental otorgado al vínculo entre hombre y mujer y, por tanto, la sacralización de esta unión, es el origen de que haya sido abordado con interés y desde múltiples perspectivas. Aquí lo hacemos, en las diferentes aportaciones, desde el conflicto, sirviéndonos de las fuentes que se generan en los archivos de la justicia ya fuese real, eclesiástica o inquisitorial. Las estrategias familiares en torno a los casamientos, los problemas que originan las dotes cuando una hija ha de tomar estado, los disensos en la pareja, las trasgresiones como la bigamia, el adulterio/amancebamiento o el divorcio son objeto de este estudio de historia social, en la que las mujeres tienen una presencia protagonista. Mujeres que conocen el patrón modélico y la identidad que se les ha atribuido por la Iglesia y la sociedad, como se plasma en los tribunales, pero que no dudan, si quieren y pueden, en dejar a un lado ese patrón y vivir de una forma trasgresora, si por eso entendemos no acomodarse a la identidad asignada. Por ello, esta monografía también examina el papel de las casadas, contribuyendo a sacarlas de los estereotipos literarios y ayudando a conocerlas en su realidad vital en los tiempos pasados.