¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE LA JUNTA DE PERSONAL?

¿QUÉ ES LA JUNTA DE PERSONAL?

La Junta de Personal es el Órgano de representación colegiada del personal funcionario. Sus miembros son elegidos por los trabajadores a partir de las lista de organizaciones sindicales y es el reflejo de las candidaturas sindicales que se presentan a las elecciones sindicales.

Este Órgano está dotado de su propio Reglamento.

¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES?

Las funciones de la Junta de Personal viene recogidas tanto en su Reglamento como en el artículo 40 del Estatuto Básico del Empleado Público. Así, el Pleno de la Junta tiene, entre otras, las siguientes funciones:

– Debe recibir información sobre la política de personal del Ayuntamiento.

– Emitir informes a solicitud del Ayuntamiento sobre traslado total o parcial de las instalaciones, planes de formación de personal e implantación o revisión de sistemas de organización y métodos de trabajo.

– Debe ser informado de las sanciones impuestas por faltas muy graves y graves.

– Tener conocimiento y ser oído sobre establecimiento de jornada laboral y horario de trabajo, régimen de permisos, vacaciones y licencias y sobre las cantidades que perciba cada funcionario por complemento de productividad.

– Vigilar y controlar las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.

Colaborar con el Excmo. Ayuntamiento para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad.

– Designar a los representantes que asistirán a los procesos selectivos.

– Pedir las relaciones de nóminas mensuales de todos los funcionarios.

– Informar a los funcionarios de todas las cuestiones anteriormente referidos.

La Junta de Personal debe reunirse en sesiones ordinarias con una periodicidad bimensual.

¿QUIÉN PUEDE ACUDIR A LA JUNTA DE PERSONAL?

Cualquier funcionario o grupo de funcionarios que considere lesionados sus derechos o que detecte una situación de injusticia social podrá ponerlo en conocimiento de la Junta, por escrito, a través de cualquiera de sus miembros. Así, la Junta de Personal, a través de sus Órganos, llevará a cabo las actuaciones pertinentes para restablecer los derechos lesionados.

¿CUÁL ES EL PAPEL DE UGT?

Los delegados de esta Sección Sindical pueden elevar al pleno de la Junta de Personal los asuntos que considere de interés general para los empleados municipales, bien a iniciativa de los propios delegados, bien por petición de algún funcionario o funcionarios.

Tras las elecciones celebradas en 2019 a la Junta de Personal, UGT consiguió mayor representatividad y alcanzar la Presidencia de la Junta de Personal del Ayuntamiento, constituida el 8 de julio de 2019, y con ello poder trabajar en linea con nuestro compromiso de poner en valor los órganos de representación del Ayuntamiento de Almería.