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Técnicas de Suscripción del Ramo de Fianzas Santo Domingo, D. N. 13 de marzo, 2007.

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1 Técnicas de Suscripción del Ramo de Fianzas Santo Domingo, D. N. 13 de marzo, 2007

2 La suscripción de los riesgos de fianzas pertenece a los especialistas con experiencia técnica y con conocimientos de los aspectos legales y técnicos de las obras públicas y privadas. Las compañías de seguros y Afianzadoras deben velar porque sus suscriptores de fianza cuenten con la preparación necesaria, que les permita cumplir con un criterio acabado de evaluación. Los buenos resultados de las operaciones del ramo, dependerán mayormente de esto. Es por esta razón y por motivos de estabilidad y liquidez del afianzador mismo, que en algunos países solamente se permite suscribir fianzas a compañías especializadas. Conociendo los múltiples riesgos inherentes a este tipo de cobertura, en muchos países las autoridades supervisoras han convenido reglas especiales de suscripción para el ramo de fianzas. La suscripción de Fianzas necesita Especialistas

3 Qué es una Fianza ? Es una garantía que respalda el cumplimiento de una obligación determinada. Es un contrato accesorio a un contrato básico, mediante el cual el afianzador garantiza el cumplimiento de las obligaciones contractualmente contraídas por el afianzado, frente al beneficiario o dueño de la obra. Es un instrumento irrevocable, pues queda en vigor hasta que la obligación afianzada haya sido cumplida o vencido el plazo por el cual se emitió la Fianza.

4 Partes que Intervienen en la Fianza El Afianzado: (También llamado “contratista” o “deudor”), responsable por el cumplimiento de una obligación. El Beneficiario: (También llamado “Dueño de la Obra” o “Acreedor”), en favor del cual se garantiza o afianza el cumplimiento de una obligación. El Afianzador: (También llamado “fiador”) que responde solidariamente con el afianzado por el cumplimiento de una obligación. Refuerza la responsabilidad del afianzador, no la sustituye.

5 Clasificación 1.De Contratos Licitación o Mantenimiento de Oferta Avance o Anticipo Fiel Cumplimiento o Ejecución Laboral y de Pago de Materiales Vicios Ocultos o Calidad de la Obra Concesión 2.Aduanales Falta de Documentos Pago de Derechos E Impuestos Admisión Temporal

6 3.Comerciales Estafetas de Pago (Correcta rendición de cuenta) Agencia de Viajes (Boletería) Agente Aduanal (Operación frente a DGA) 4.Otras Fianzas Levantamiento de Embargo Fianzas Judiciales

7 De Contratos: Garantizan el cumplimiento por parte del afianzado o contratista de las obligaciones contraídas frente al propietario de una obra. Estas se clasifican en:  Licitación, Propuesta o Mantenimiento de Oferta: Garantiza que el contratista favorecido en un concurso, cumpla con su propuesta, firme y legalice el convenio y entregue la Fianza de Fiel Cumplimiento. Regularmente se exige por un porcentaje del precio del contrato licitado que oscila entre el 5% y el 10% del monto del mismo En algunas ocasiones puede especificarse una cifra absoluta. Si el contratista por el contrario, declina, el afianzador tendrá que responder por la diferencia de precio entre la oferta de su afianzado y la del contratista a quien finalmente se adjudica el contrato.

8 Para la apertura de las licitaciones, el dueño de la obra procede a la precalificación de las compañías que participan en la misma. Durante este proceso se exige, previamente, por lo general que el contratista presente una carta de intención por parte de una compañía aseguradora reconocida. Este tipo de fianza se emite por el periodo que dure el concurso o bien por un periodo no mayor de tres (3) meses.  Avance o Anticipo: Garantiza el buen uso de los fondos anticipados al contrato o la devolución del mismo en caso de incumplimiento. Generalmente su monto oscila entre el 10 y 20% del valor del contrato. Su duración depende de la forma de amortización del anticipo. Los anticipos se amortizan con los certificados de obras emitidas.

9  Fiel Cumplimiento o Buena Ejecución: Garantiza el total cumplimiento de las obligaciones del contrato. Esta fianza garantiza al propietario de la obra que el contratista afianzado cumplirá fielmente con la responsabilidad asumida, tal como se especificó en el contrato. Normalmente se utiliza en ejecución de obras, instalaciones, fabricaciones. Su vigencia corresponderá a la duración del proyecto y regularmente se exige por un monto que oscila entre el 10 al 30% del valor total del contrato.  Fiel Cumplimiento de Contrato de Suministro: Estas fianzas garantizan al beneficiario el fiel cumplimiento de un contrato sobre el suministro o la entrega de mercancías o materiales o instalaciones (máquinas, turbinas, tubería, etc.) En estas fianzas incumbe al afianzador examinar con especial atención las cláusulas de garantías y sus respectivas multas, y excluirlas.

10  Fianza Laboral y de Pago de Materiales: Garantiza que el contratista pagará a los subcontratistas, y todas las facturas relativas a materiales y mano de obra empleados en el cumplimiento del contrato. La fianza laboral y de pago de materiales no es más que un correspondiente aumento de la fianza de fiel cumplimiento. Esta fianza se emite conjuntamente con la de Fiel Cumplimiento y su vigencia es la misma que la del contrato. El monto requerido corresponde regularmente al 10% del valor del contrato.  Fianza por el Retenido o Fondo de Reparo: Se admiten estas fianzas en lugar de la retención contractual del 5 o 10% exigida por el dueño de la obra. De esta manera el contratista puede aprovechar estos fondos como capital circulante. Se convierte así en una garantía sustitutiva del fondo de reparo.

11  Vicios ocultos o Calidad de la Obra: Constituye una garantía por defectos en la ejecución o en los materiales, que se manifiestan una vez terminada la obra. Garantiza por un lapso determinado (generalmente un año), que la obra ha sido ejecutada, correctamente y que se han empleado buenos materiales. Generalmente el monto afianzado de la misma es de un 10% del contrato. Existen casos de 5% y 20%. Su vigencia es a partir del momento en que la obra es recibida formalmente por el propietario. Es necesario presentar el acta o carta de recepción conforme o finalización de obra al momento de emitir esta fianza. Se otorgará siempre que hayan sido emitidas previamente las Fianzas de Anticipo y/o Ejecución.

12 Fianzas Aduanales: Garantizan obligaciones a las autoridades aduaneras por diversos conceptos, entre los cuales podemos mencionar:  Admisión Temporal Bajo La Ley 69 Bajo esta fianza se garantiza que los insumos admitidos temporalmente en el país serán reexportados, en el plazo indicado, convertidos en productos terminados o de lo contrario se deben pagar los impuestos correspondientes. Su vigencia oscila entre 12 y 18 meses a partir de la fecha de registro de entrada de las materias primas admitidas temporalmente.

13  Falta de Documentos Originales: Cuando las facturas de embarque no son recibidos a tiempo por el cliente, ya sea por retraso en el envío demora o en las negociaciones, esta fianza facilita que el propietario de la mercancía la pueda retirar mientras recibe los documentos originales. Garantiza frente a la Dirección General de Aduanas que los documentos originales de la mercancía importada van a ser entregados en un plazo no mayor de tres meses o en su defecto sería ejecutada la Fianza por el valor de los impuestos.  Pago de Impuestos: Garantiza el pago de impuestos por parte del propietario de la mercancía a la Dirección General de Aduanas. Los importadores suelen valerse de esta fianza cuando el valor de la mercancía no se ha podido determinar y por tanto se desconoce el valor total de los impuestos a pagar. Su vigencia es de hasta un (1) año.

14  Estafetas de Pagos: Esta fianza garantiza la correcta rendición de cuenta de los cobros realizados mientras actúan como agente cobrador de la empresa que ofrece el servicio a esos usuarios. Ejemplo de estas son: las exigidas por Verizon, Telecable Nacional, CDEEE, etc.  Admisión Temporal: Garantiza el retorno de los bienes que son admitidos temporalmente en el país para realizar una actividad especifica. Ejemplo: Equipos, vehículos, maquinarias, para uso especifico en la construcción de presas, filmación de un comercial, etc. Fianzas Comerciales: Son aquellas que garantizan una actividad comercial, y las principales son:

15  Agencias de Viajes: Para que las agencias de viajes puedan operar en nuestro país se les exige dos tipos de fianzas: La depositada en La Secretaria De Estado De Turismo: Garantiza la correcta operación de la agencia. Las depositadas en las Aerolíneas: Garantizan las obligaciones de las agencias de viajes frente a la línea aérea por concepto de valores o boletos de viaje entregados, según reportes, por cuyo incumplimiento de pago se demandara la ejecución de la misma.

16  Agente Aduanal: Es una fianza requerida por las Autoridades Portuarias para permitir a compañías o personas físicas operar como tales en los diferentes puertos de la Rep. Dom. Una Característica de Las Fianzas Comerciales es que: Son renovables anualmente, contrario a las demás fianzas que tienen vigencias especificas.

17  Levantamiento De Embargo: Son fianzas emitidas a favor de una o varias entidades bancarias con la finalidad de que estas autoricen el descongelamiento de los fondos depositados o a solicitud del tribunal (para suspender una sentencia mientras están en el proceso de apelación de un fallo judicial. La vigencia de esta fianza puede ser abierta, es decir que se mantiene vigente mientras dure el embargo, o por un año. La fianza cesa cuando se levanta el embargo ya sea por acuerdo extrajudicial o que exista un fallo definitivo en contra del afianzado, en cuyo caso será ejecutada la fianza pagando la compañía al beneficiario, recuperando la aseguradora del afianzado el monto indemnizado. Estas fianzas están prácticamente reservada para clientes especiales de las compañías de seguros, y por lo general se requieren garantías reales (Certificados de depósitos, Gravamen de Bienes). Otras Fianzas:

18  Fianzas a Primer Requerimiento: En estas NO es necesario que medie la acción legal, o sea, que la Fianza sea declarada ejecutoria de acuerdo con la Ley, sino que el beneficiario tan pronto confirme el incumplimiento del Afianzado, tiene el derecho de requerir la indemnización a la Afianzadora. El otorgamiento de esta condición es de extremo delicado y están prohibidas en Rep. Dom, de acuerdo con la Ley 146-02 En ocasiones las fianzas son requeridas bajo esta condición, por lo que la aseguradora debe proveerse de garantías reales, preferiblemente líquidas. Fianzas Judiciales: Son las otorgadas para libertad provisional, ya sea por accidente de transito o violaciones penales que la admitan.

19  Deben ser evaluadas las condiciones económicas y financieras del Contratista y del Fiador solidario (trayectoria Financiera, reputación en el mercado, fracasos previos en empresas iguales o diferentes, cuales son sus activos, sus deudas, manejo de cuentas bancarias, credito financieros).  Experiencia previa del Contratista en el tipo de obligación afianzada. Conocer si ha ejecutado obras similares y si han sido concluido satisfactoriamente.  La solvencia moral y profesional del contratista, reputación, trayectoria en el mercado.  Evaluación del curriculum de obras (Relación de obras ejecutadas, en ejecución, y proyectos futuros, indicando tipo, monto, fecha y status). De esta manera también evaluamos el nivel de compromiso del contratista. Factores a tomar en cuenta

20  Aspectos de manejo económico del contratista: - Si el contrato de obra ha sido aceptado a un precio remunerativo, si los recursos serán provistos por el beneficiario o si serán responsables por el financiamiento de los recursos. - Si existen suficientes reservas líquidas para poder salvar eventuales contratiempos durante la ejecución de la obra. - Si el superávit de los activos líquidos, es decir aquellos que de inmediato pueden convertirse en dinero, sobre los pasivos exigibles a corto plazo, represente no menos del 20% del importe total de las obras aceptadas.  El análisis del contrato que da origen a la Fianza, identificando con claridad el alcance de la obligación y los derechos y obligaciones derivados del mismo. Es importante conocer si serán subcontratados parte de los trabajos y cuales garantías serán requeridas a los subcontratistas.  La capacidad técnica para realizar la obra (experiencia profesional, disponibilidad de equipos, maquinarias, implementos de trabajo, facilidad de materiales propios de la obra, recursos líquidos).  La situación de mercado, política y económica del país.

21 Requisitos para la emisión  Solicitud y Contrato de contragarantia*, debidamente completados, firmados y sellados por el solicitante y fiador solidario. *(declaración de indemnización en la cual el afianzado se compromete a reembolsar al afianzador cualquier pago que este último realice bajo la fianza)  Según el caso especifico, serán requeridas garantías reales, tales como pignoración de certificados de depósitos, constitución de prendas o hipotecas, pagares notarial, garantías adicionales personales del contratista, de socios o de terceros.  Fotocopia de las cédulas (solicitante y fiador).  Copia del contrato cuyo cumplimiento va a garantizarse.  Estados financieros auditados, del solicitante y/o fiador, cartas de referencias comercial y bancarias, del solicitante y fiador solidario.

22  Relación de obras ejecutadas, en proceso de ejecución y proyectos por ejecutar.  El pago de la prima debe ser efectuado a la entrega de la Fianza.  Preferiblemente el contratista debe mantener otras pólizas de seguros en la compañía.  Es conveniente que la obra, equipos y maquinarias estén provistos del seguro correspondiente (Todo Riesgo Construcción, Responsabilidad Civil, Maquinarias / Equipos, Accidentes Personales y Trabajadores.

23 Causas mas frecuentes de Reclamaciones y Siniestros en Fianzas de Contratos Las causas mas frecuentes de reclamaciones y siniestros en fianzas de contratos son las siguientes :  Aceptación de la obra bajo condiciones desfavorables, sobre todo a un precio demasiado bajo.  Aceptación de contratos a precio fijo (sin cláusula de mayores costos).  Aceptación de obras que por sus características y/o proporciones no son del tipo habitualmente ejecutado por la empresa constructora, o bien están en una zona lejana, bajo condiciones poco conocidas por el contratista.  Maquinarias, herramientas y demás implementos expuestos a una serie de peligros, sin contar con una protección adecuada (seguros de incendio, transportes, robo, todo riesgo contratista.  Falta de reservas de capital, para hacer frente a dificultades imprevistas (encarecimiento de materiales y/o aumento de jornales e inconvenientes técnicos).

24  Falta de seguros adecuados de Responsabilidad Civil y/o Accidentes del Trabajo.  Dificultad o imposibilidad de encontrar los materiales más adecuados y/o el personal apropiado, para la obra.  Carencia de seguridades para la buena terminación de la obra en caso de accidente o muerte del constructor o de sus principales colaboradores.  Restricciones crediticias de proveedores o bancos.  Sobreextensión de la actividad comercial en relación con la capacidad de la empresa constructora.


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