¿Qué es contrato obra labor?

Toda relación laboral está regida por un contrato de trabajo, ya sea verbal o escrito, cada uno de ellos cuenta con sus particularidades en la relación del empleador y el trabajador. 

Existen unos contratos donde la duración de la relación laboral depende de la realización de una obra o labor determinada, la solicitud de contratación por obra o labor determinada puede ser verbal o escrita. 

Aunque debemos tener cuidado a la hora de contratar por medio de esta figura, pues el Código Sustantivo del Trabajo no lo define de forma literal, siendo la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia la que lo vinieron a definir, siendo fundamental que se determine muy bien la obra a realizar, para que, una vez culminada la obra, se pueda terminar legalmente el contrato de trabajo sin adversidades legales con su trabajador o empleador.

¿Quieres calcular la liquidación de un contrato? clic para calcular

¿Cómo solicito una asesoría integral jurídica?

Puedes concertar una cita con nuestro despacho de abogados vía WhatsApp o diligenciando el formulario de contacto.

Contáctanos

Artículo relacionado: ¿El contrato por obra o labor tiene derecho a liquidación? 

Si nos presentamos frente a un contrato verbal de obra o labor, será difícil probar la finalidad inicial del contrato para demostración del motivo de terminación del contrato de trabajo, terminando por error en un contrato de trabajo a término indefinido con claras distinciones; el contrato de trabajo por obra o labor puede ser terminado por causa justa o legal.

Se entenderá causa justa cuando el trabajador incumpla sus obligaciones y la terminación legal se presenta cuando la obra o labor por la cual fue contratado se cumplió, en ambas situaciones no existirá el derecho a indemnización alguna. 

Por otro lado, el empleador también podrá terminar unilateralmente sin justa causa, pero debiendo indemnizar al trabajador por el tiempo restante para cumplir la labor u obra. 

En este sentido, la firma de abogados Derecho & Equidad le brindará las características necesarias para contratar o ser contratado de forma correcta para una obra o labor determinada.

Características a tener en cuenta durante un contrato Obra Labor

• Acuerdo de Voluntades.

• El contrato finaliza al finalizar la obra contratada.

• No permite renovación ni prórroga.

• Puede ser verbal o escrito.

• No requiere preaviso para su terminación.

• Por cada obra se recomienda hacer un contrato.

• Es un contrato ideal para quien ejecuta obras para terceros.

Artículo recomendado: Reglamentación de Ley de Pagos a Plazos Justos en Colombia

Marco de regulación del Contrato Obra Labor

El Código Sustantivo del Trabajo es la norma básica del derecho laboral y sirve de fundamento a la máxima que el contrato laboral, aunque no defina de forma textual el contrato de obra o labor, pero tampoco prohíbe su existencia, siendo un contrato atípico, pero no prohibido puesto que:

“El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas” (Const. 1991, art. 25). 

Después de pasar por el fundamento constitucional pasamos a la norma básica para esto sería primeramente necesaria la existencia de los elementos básicos de cualquier contratación en Colombia. 

Primero un acuerdo entre empresario y trabajador en virtud del cual el trabajador se compromete de manera voluntaria a la realización o prestación de determinados servicios, segundo el empresario y dentro de su ámbito de organización y dirección se compromete a otorgar una retribución económica, dándole vida el tercer y último elemento una subordinación por parte del trabajador al empresario. 

Para su validez no requiere forma especial alguna salvo disposición expresa en contrario. (Código sustantivo del trabajo, 1951, art. 37, Cap. IV)

Por otro lado, cuando el contrato de trabajo es verbal es necesario que el empleador y el trabajador estipulen con claridad lo siguiente:

(Código sustantivo del trabajo, 1951, art. 38, Cap. IV).

• La índole del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse.

• La cuantía y forma de la remuneración, ya sea por unidad de tiempo, por obra ejecutada, por tarea, a destajo u otra cualquiera, y los períodos que regulen su pago.

• La duración del contrato.

Si requiere asesoría integral, el bufete de abogados Derecho & Equidad está a su total disposición para brindarle un acompañamiento legal profesional y especializado. Cuentan con abogados calificados para defender sus derechos laborales o empresariales, contacte ahora a través de WhatsApp para una cita.

Abrir chat
Hola! ¿Tienes inquietudes?
Hola Bienvenido a D&E Abogados! ¿Con quién tengo el gusto de hablar?