Blanqueros

Blanqueros, blanquers, blanquería, v. curtidores y tanadores: Oficio relacionado con el trabajo o curtido del cuero y se les menciona como "macerator coriorum". Aparece íntimamente ligado al de los assaunadors, adobadores, sazonadores, aluders y zurradores. Su función consistía en el adobo del cuero, que el doc. de 1374 especifica perfectamente distinguiendo las labores de vaca, cordobanes o corambre de callar. También llamado curtidor, su función era básicamente quitar la carne y el pelo de la piel y realizar la primera preparación de la piel, con baños de sal y lentisco y estaba prohibida usar un colorante denominado raudor.

-Bibl.: Barthe, Prontuario, v.c.; DCECH, v. blanco (1ª doc. 1621)

-1272: "Mandamos a vós, Pedro Ferrer de Valencia, vezino de Murcia, maestro de la blanquería, que partades a los blanqueros aquel logar que nós diemos en la cibdat de Murcia pora la blanquería. Et fazedlo en aquella guisa que entendiéredes que sería más a nuestro servicio e a pro de la villa, en tal manera que ellos que labren y´ su mester de la blanquería". (SANCHEZ, Léxico doc. alfonsíes, 45-46) José Miguel Gual.
-1364: Ordenanzas de Zapateros de Murcia. "qualquier blanquero que por qualquier çapato adobase, que pague ... ". (AMM Act. Cap. Era 1402, f. 52 v.) L. Pascual.
-1364: "Otrosi qualquier çapatero o blanquero que conprase alguna lavor de coranbre en el aduana, que non sea osado de lo sacar de la aduana fasta que sean vistas por los jurados de los blanqueros e çapateros si son buenos e quales deven ser" ... "Otrosí que ningun blanquero non sea osado de adobar cueros algunos que sean falsos nin mal adobados". (AMM Act. Cap. Era 1402, f. 52v-53 r.) L. Pascual.
-1364: "e el almotaçen auía prendado sobre esto a los blanqueros e çapateros. E los çapateros dizen que era la culpa de los que blanqueros adobauan los cueros, e las blanqueros dezian que era la culpa dee los çapateros, porque dezian que los çapateros que adobauan ellos la corambre para sy e par esto que la culpa su de las dichos çapateros.". (MARTINEZ, Docts. relativos a oficios, 2) José Miguel Gual.
-1374: "Primeramente, ordenaron que los cueros de callar que se adouen del mes de mayo fasta todo el mes de setienbre, e que el blanquero que adouara los dichos cueros que los adobe en la manera que se sigue : Primeramente, que el coranbre de callar que la pongan en calçinero nueuo e que se adobe en esta guisa : con lentisco e despues con su raudor sacado del lentisco, e despues que fagan su muda de reador. A esto todo que pongan por cada cuero de buey o de vaca dos arrouas de arredor e media de lentisco por cuero, E qualquier que lo así no adobare que peche doze marauedis por cada vez, la meitad para el almotagen e la otra mítad para los jurados de los blanqueros," ... "Otrosí, ordenanos que el cuero de buey o de vaca que se adobare con tan que se adobe desta guisa: primeramente, que lo pongan en calçínero nueuo e que pongan por cada un cuero una arroua e media de tan, esto que se adobe del primero día de otubre fasta el postrimero día de abril . E qualquíer que desta guisa no lo adobare que peche de pena doze marauedis por cada vez que él fuere fallado e que páenla las cueros que fueren fallados mal adobados, e que el almotaçen e los dichos jurados que fagan quemar los cueros que así fueren fallados que son mal adobados, e que esta penu de los doze marauedís que sea la meitad del almotaçen e la otra meitad de los jurados de los blanqueros. Otrosí, ordenaron que los cueros de los cordouanes e de los carneros que se adoben desta guisa e que los pongan en calçinero nueuo, e que pongan en cada tinada dos dozenas de cordouanes o de carneros e no mas, e que les pongan dos arrouas de lentisco a cada tinada, e que lo saquen del lentisco quando ayan auido sus banyos, despues que les pongan por cada tinada quatro, arrouas de reador, e que ningund blanquero ni papatero no sea osado de labrar ní tajar ni sacar de las adoberías los dichos cueros, de ninguna condiçion que sean, fasta que sean vistos por los jurados de los blanqueros, en pena de perder la coranbre e que sean fechos tres terçios de la coranbre perdida, e que sea el un terçio del almotagen e el otro terçio, de los jurados de los blanqueros e el otro terçio del acusador que lo acusare. (MARTINEZ, Docts. relativos a oficios, doc. V, 4) José Miguel Gual.
-1461: Ordenanzas de blanqueros y Zapateros murcianos. (MARTINEZ, Docts. relativos a oficios, doc. LXXXIX, 105) José Miguel Gual.
-1525: "De Blanquers: Item es stat ordenat per los dits concellers que qualsevol blanquer y asaunador de cuyram sie tengut y hobligat be y lealment tot lo cuyram so es de be spenar, y de be ben llenar aquell y de be donari bon compliment de mursas y de banys, tot lo que mester sera pper lo adopde dit cuyram e que no puga esser lliurat lo dit cuyram a son señor que no sia revist per lo mostassaph y revesador elegits per los consellers, e si sera bo y rebedor sia marcat per dit mostassaph, he pagaran per dita revisio als revesadors deu sous. Sinch sous lo adobador, e sinch sous lo señor del cuyram, e si sera trobat cuyram cremat aquell tal cuyram sia cremat de foch en la plassa, he pagara al dit mostassaph, vint sous peer pena e pagara lo cuyram al señor de qui sera."(CARIA, Ordinacions, 67) José Miguel Gual.

Tipo: Oficios

La voz ha sido modificada a fecha 2023-06-07.

Fichas de la voz «Blanqueros», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"