Qué es una autoliquidación de IVA de autónomos

que_es_autoliquidacion_IVA_txerpa_gestoria_online.png

Cuando te das de alta como autónomo, adquieres unas obligaciones con Hacienda que pasan por facturar y declarar periódicamente tu IVA e IRPF mediante la presentación de unos modelos o formularios específicos según cada caso. En este artículo nos centraremos en explicarte en qué consiste esta llamada autoliquidación de autónomos y todos los detalles que tendrás que tener presente con respecto al IVA. 

Como sabes, cada vez que realizas una venta de uno de tus productos o servicios tienes que emitir una factura en la que al precio final deberás añadir la parte correspondiente de IVA. Según el tipo de producto, el porcentaje variará entre el 21% del precio total, el 10% (reducido) o el 4% (llamado IVA superreducido). Este dinero que añades en concepto de IVA es el llamado IVA devengado o repercutido. En realidad, al emitir una factura es como si te convirtieras en un recaudador de dinero del Estado y, en cada trimestre, tendrás que devolvérselo.

En el otro extremo está el IVA sorportado, que es el dinero que tienes que pagar de más, en concepto de IVA, en las compras que realizas a tus proveedores. 

Pues bien, Hacienda quiere que de manera trimestral vayas declarando, a la vez que liquidando, esta diferencia entre el IVA que has devengado y el IVA que has soportado. En esta resta también tendrás que tener en cuenta, en el apartado de IVA soportado, todas aquellas compras que hayas tenido que hacer para tu empresa cuyo IVA sea deducible.

La manera que tienes de informar a Hacienda de estas cifras es mediante la llamada autoliquidación de IVA, que en realidad consiste en presentar  el famoso Modelo 303 de manera trimestral. Este modelo servirá para todos aquellos autónomos que tributen por el régimen general de IVA, Criterio de Caja o incluso por Módulos. Como ves, las facturas que vas emitiendo, las que recibes y el Modelo 303, son las herramientas que tiene la Agencia Tributaria para saber tanto tu volumen de facturación, como el dinero que recauda mediante el Impuesto de Valor Añadido. 

¿Cuándo debo autoliquidar mi IVA?

La Agencia Tributaria divide el ejercicio fiscal en trimestres y llama a cada uno de estos trimestres 'periodo de liquidación'. Así, tendrás que liquidar tu IVA durante los días 1 y 20 del mes siguiente al periodo de liquidación. Traducido, esto quiere decir que tendrás que presentar el Modelo 303 durante los días 1 y 20 de abril, julio y octubre. 

Como ves esto son solo tres meses, ya que la liquidación del cuarto trimestre tendrás que hacerla durante el mes de enero del ejercicio fiscal siguiente. Será también en enero cuando, además del Modelo 303, tendrás que presentar el Modelo 390, que es meramente informativo y en realidad sirve para que Hacienda compruebe que cuadran todas las cifras que le has ido entregando a lo largo de todo el ejercicio fiscal.

También existe la posibilidad de hacer la autoliquidación mensualmente, pero solo es para casos en los que la facturación supera los 6 millones de euros (muy improbable en los autónomos) o si te quieres incluir en el REDEME (Régimen de Devolución Mensual), lo que suele suceder en casos de autónomos que realizan principalmente actividades comerciales intracomunitarias. ¿Por qué? Pues porque como en las facturas emitidas a clientes en actividades intracomunitarias no se aplica el IVA pero, por el contrario, en los pagos a agentes intracomunitarios sí se puede deducir el IVA, es un excedente cuya devolución mensual va muy bien para los autónomos. 

blog_txerpa_gestoria_online.png

 

¿Qué pasa si el 303 sale positivo?

Si tras restar a tu IVA devengado o repercutido (el que tú generas con las facturas que emites a tus clientes), tu IVA soportado (el que tienes que pagar tú en tus compras a tus proveedores), la cifra final es positiva, quiere decir que, en realidad, has recaudado más dinero en concepto de IVA que el que has tenido que pagar. Ese excedente pertenece al Estado y tienes que devolvérselo.

Al cobrar a sus clientes, muchos autónomos y empresas utilizan este dinero excedente procedente del IVA para autofinanciarse, pero tienes que tener mucho cuidado con esto y dejar apartado este dinero, ya que recuerda siempre que pertenece a Hacienda. Si llega el periodo de liquidación y el Modelo 303 sale positivo y no tienes ese dinero, ¿qué harás?

Si te sucede esto, recuerda que siempre puedes pedir un aplazamiento del pago, pero ten en cuenta que es muy estricto y si no cumples los plazos puede acarrearte multas importantes. 

Recuerda también, y esto es muy importante, que a no ser que estés incluido en Régimen de Criterio de Caja, Hacienda considerará cada factura que has emitido como cobrada. Ten muy en cuenta esto si estás en régimen general, pues puede ser que durante un trimestre tengas más facturas emitidas que recibidas, pero de las emitidas no hayas podido cobrar casi ninguna. En este caso, Hacienda te reclamará el dinero igualmente. Para estos casos también es muy recomendable la petición de aplazamiento

  • ¿Qué pasa si el 303 sale negativo?

Si la diferencia entre tu IVA devengado y tu IVA soportado es negativa, Hacienda lo entiende como que has tenido que pagar más dinero del que has ingresado por lo que, en teoría, te lo tendría que devolver. Solo podrás solicitar la devolución de este dinero en el caso de que sea la autoliquidación del cuarto trimestre. Si se trata de los tres primeros, Hacienda contaría con ese saldo negativo para el trimestre siguiente. En el caso de fuera la autoliquidación del cuarto trimestre tienes dos posibilidades:

- solicitar que te devuelvan el dinero. Te advertimos que suele tardar bastante.

- acumularlo para los siguientes trimestres, por si se produjera la situación que te hemos planteado antes, en la que tengas que devolver dinero a Hacienda y en realidad no esté en tu poder por no haber podido realmente cobrar esas facturas emitidas. 

Aunque parece bastante lioso, una vez te acostumbras a los términos devengado y soportado y entiendes que debes apartar el dinero procedente del IVA, en realidad es más fácil de lo que parece.

¿Cómo puedo presentar la autoliquidación?

En estos momentos, gracias a la llegada de los software de facturación online, puedes presentar tu autoliquidación en muy pocos minutos. El software generará de manera automática los modelos, en base a los datos de facturación que tú has ido incluyendo a lo largo del trimestre. Así, lo único que tendrás que hacer es elegir un trimestre, generar el modelo y subir este fichero a la Sede Electrónica de Hacienda, a la cual puedes acceder mediante un certificado digital, como tu DNI electrónico o, si no lo tienes activado, mediante el PIN24Horas.

 
 

Impuestos más fácil con Txerpa

Mejoramos la gestión y fiscalidad de tu negocio. Dinos qué necesitas

¡Y Txerpa te llama!

 

Últimos artículos

Guest User