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Derecho Acrecer - Concepto
Asignatura: derecho civil
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Universidad: Universidad Privada del Norte
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DERECHO ACRECER
1. CONCEPTO :
El derecho de acrecer, llamado también derecho de acrecimiento o de
acrecencia, se encuentra regulado en el Título VII (Derecho de acrecer) de la
sección Segunda (Sucesión testamentaria) del Libro IV (Derecho de
sucesiones) del Código Civil, en los artículos 774° al 777°
Su origen se suscita en el derecho romano y presenta dos principios que
exponen la necesidad y obligatoriedad del llamado derecho de acrecimiento:
a) Continuidad de la personalidad del causante
b) Imposibilidad de aplicar de manera simultánea las reglas del testamento
y sucesión legal intestada
Según Fernández sostiene que los romanos no admitieron la sucesión mixta
porque la voluntad del testador es una e indivisible (vale todo el testamento o
no vale). Por eso emplearon la figura del acrecimiento, para evitar la
declaración de ineficacia del testamento cuando alguno de los herederos
llamados no quería o no podía recibir su cuota (Fernández, 2017: 163,164)
Partiendo de ello, podemos decir que este derecho consiste en la capacidad o
facultad de todo heredero (y excepcionalmente legatario) para obtener más allá
de lo dispuesto por el testador o la ley, porque este derecho tiene el carácter de
ser inherente a todo heredero, independientemente de la fuente de su
institución (la voluntad del testador o la ley).
Surge tanto para los herederos testamentarios como legales, a pesar que
algunas legislaciones precisan que solo procede en sucesiones testamentarias.
En cuanto a este derecho, permite agregar o reunir a la cuota de la herencia de
los coherederos llamados a la sucesión testamentaria o ab – intestado (legal),
la porción del heredero que no quiere o no ha podido adquirir la herencia o el
legado al que tenía derecho.