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Cuadro Comparativo-poder constituyente y poder constituido

Clases de derecho constitucional peruano Doctor: Vicente Rojas Paico
Asignatura

Derecho Constitucional Peruano (205)

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Año académico: 2021/2022
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Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión

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PODER

CONSTITUYENTE

PODERES

CONSTITUIDOS

VS

-El poder constituyente originario es aquel que organiza y da forma jurídica a un Estado. -Es extraordinario ya que no opera regularmente como una potestad estatal, sino sólo en los momentos en que el ordenamiento constitucional entra en crisis y debe ser sustituido o modificado. -Resulta un elemento fundamental del sistema, porque permite a las personas decidir cuál es la estructura organizativa concreta de la democracia constitucional que van a utilizar en su sociedad política.

-El poder constituyente es la potencia originaria, extraordinaria y autónoma del cuerpo político de una sociedad que dicta las normas fundamentales para la organización y funcionamiento de su convivencia política y jurídica, pudiendo sustentar o cancelar la Constitución en su pretensión de validez. -El poder constituyente es plenamente autónomo, ya que puede fundar la Constitución en la idea de derecho válida que emane de la voluntad del cuerpo político de la sociedad democráticamente expresado. -Constituyente es una expresión de autogobierno de las personas.

-El poder constituido es el poder político que ejerce cada uno de los órganos que integran esta estructura, de conformidad con las reglas previstas en ella. -Los poderes constituidos sólo son portavoces o hacedores de una tarea regulada en sus lineamientos por la propia Constitución.

-La Constitución vigente, es la expresión de la voluntad del cuerpo político de la sociedad, que opera a partir de Poderes Constituidos de acuerdo con las reglas constitucionales, dentro de los cuales se encuentra el poder instituido de reforma que posibilita adecuaciones de la Constitución. -Los poderes constituidos, por consiguiente, deben su origen, su fundamento y el ejercicio de sus competencias a la obra del Poder Constituyente, que esto es, la Constitución.

CONCEPTO

EXPRESIÓN

DE

VOLUNTAD

PODER

CONSTITUYENTE

PODERES

CONSTITUIDOS

VS

-El poder constituyente en cuanto potestad originaria, no deriva de ningún otro poder jurídico prexistente al interior de la sociedad. -Actualmente dicho poder no es ilimitado, ya que debe respetar los principios imperativos del derecho internacional, el vínculo por el derecho convencional internacional ratificado y vigente y la salvaguarda de los derechos fundamentales de las personas.

-El poder constituyente originario permanece siempre como un poder plenamente autónomo para ordenar y reordenar la convivencia básica de una sociedad política a través de la Constitución Política del País. -Es la atribución de los miembros de una sociedad política para adoptar una Constitución, es decir, una estructura organizativa para su gobierno.

-El poder constituyente establece y cambia las constituciones, de ahí que tiene primacía sobre los Poderes Constituidos. -Los poderes constituidos, están sometidos a su manifestación de voluntad y tienen que adecuar su conducta a lo que la Constitución establezca. -Depende, en buena medida, de que la Constitución haya establecido sobre ellos un sistema de limitaciones explícitas en su ejercicio y un adecuado sistema de control que asegure el cumplimiento de tales límites.

-Actualmente, en el Perú el poder que ejercen el Congreso, el presidente de la República y el Poder Judicial, de conformidad con la Constitución peruana vigente, no son manifestaciones del poder constituyente sino del poder constituido.

JERARQUÍA

MANIFESTACIÓN

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Cuadro Comparativo-poder constituyente y poder constituido

Asignatura: Derecho Constitucional Peruano (205)

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PODER
CONSTITUYENTE
PODERES
CONSTITUIDOS
VS
-El poder constituyente originario es aquel
que organiza y da forma jurídica a un Estado.
-Es extraordinario ya que no opera regularmente
como una potestad estatal, sino sólo en los
momentos en que el ordenamiento
constitucional entra en crisis y debe ser sustituido o
modificado.
-Resulta un elemento fundamental del sistema,
porque permite a las personas decidir cuál es la
estructura organizativa concreta de la democracia
constitucional que van a utilizar en su sociedad
política.
-El poder constituyente es la potencia originaria,
extraordinaria y autónoma del cuerpo político de una
sociedad que dicta las normas fundamentales para la
organización y funcionamiento de su convivencia
política
y jurídica, pudiendo sustentar o cancelar la Constitución
en su pretensión de validez.
-El poder constituyente es plenamente autónomo, ya que
puede fundar la Constitución en la idea de derecho válida
que emane de la voluntad del cuerpo político de la
sociedad democráticamente expresado.
-Constituyente es una expresión de autogobierno de las
personas.
-El poder constituido es el poder político que
ejerce cada uno de los órganos que integran
esta estructura, de conformidad con las reglas
previstas en ella.
-Los poderes constituidos sólo son portavoces o
hacedores de una tarea regulada en sus lineamientos por
la propia Constitución.
-La Constitución vigente, es la expresión de la
voluntad del cuerpo político de la sociedad, que
opera a partir de Poderes Constituidos de
acuerdo con las reglas constitucionales,
dentro de los cuales se encuentra el poder instituido de
reforma que posibilita adecuaciones de la Constitución.
-Los poderes constituidos, por consiguiente, deben su
origen, su fundamento y el ejercicio de sus competencias
a la obra del Poder Constituyente, que esto es, la
Constitución.
CONCEPTO
EXPRESIÓN
DE
VOLUNTAD

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