acusativo

Sinónimos: caso acusativo.

Relacionados: complemento directo, atributo, caso, caso recto, caso oblicuo, vocativo, genitivo, dativo, ablativo, pronombre personal

Tabla: Ver tabla 1

Referencias: NGLE § 1.8l, 16.3, 34.1a, 34.2 | GDLE § 19.2.2, 19.5.3, 24.2, 30.1.1

Caso de la declinación latina y de otras lenguas flexivas asociado típicamente con el paciente de la acción verbal. En español es el caso de las formas flexivas del paradigma del pronombre personal que se corresponde generalmente con la función de complemento directo, como el que manifiesta la forma los en Hablé con unos posibles compradores y los vi interesados.

Los pronombres que muestran el caso acusativo de forma diferenciada son los átonos de tercera persona: lo, la, los y las. Todas estas formas se caracterizan por aparecer en función de complemento directo, si bien el neutro lo puede ser atributo (Era muy madrugadora, pero ya no lo es) además de complemento directo (Me dijo que vendría y me lo creí). Otras formas pronominales átonas (me, te, se, nos, os) no poseen una forma específica para el acusativo. Así, el pronombre nos puede ser una forma de acusativo (Nos invitaron al cine) o de dativo (Nos aconsejaron este hotel).

Información complementaria

Los pronombres átonos de tercera persona en caso acusativo se utilizan en el análisis tradicional como uno de los recursos de identificación del complemento directo: Tengo la solución > La tengo.

Se llama acusativo interno al complemento directo que expresa el mismo significado que el verbo, o bien uno estrechamente relacionado. Unas veces, el complemento está emparentado morfológicamente con el verbo (soñar un sueño triste, beber una bebida sin alcohol), mientras que en otros casos, la relación es semántica (andar un largo camino, vivir una existencia tranquila). El acusativo interno puede aparecer con verbos transitivos, y también con verbos intransitivos, que pasan a ser transitivos en esta construcción, como en vivir una vida azarosa.

En ocasiones se emplean los pronombres de acusativo lo, la, los, las con un referente no específico en construcciones semilexicalizadas. Así sucede cuando se construyen con el verbo pasar y un adverbio de modo, como en Que lo pases maravillosamente, Que la pases bien (también Que pases bien, en algunos países), Las pasó mal. Otras construcciones lexicalizadas con pronombres de acusativo e interpretación no referencial son apañárselas ‘desenvolverse bien’, jugársela [a alguien] ‘actuar de forma desleal [con alguien]’, vérselas [con algo ~ alguien] ‘enfrentarse [a algo ~ alguien]’.

Tabla 1. FORMAS DEL PRONOMBRE PERSONAL

* El pronombre personal usted/ustedes y sus variantes átonas se emplean para la segunda persona del discurso (Pase usted; Los vi a ustedes). Aun así, cuando usted/ustedes ejerce la función de sujeto concuerda en tercera persona gramatical con el verbo.

** Las formas conmigo (cum ‘con’ + mecum ‘conmigo’), contigo (cum ‘con’ + tecum ‘contigo’) y consigo (cum ‘con’ + secum ‘consigo’), que tradicionalmente se han incluido en el repertorio de los pronombres, se suelen considerar actualmente conglomerados de preposición y pronombre.

REAL ACADEMIA ESPAÑOLA Y ASOCIACIÓN DE ACADEMIAS DE LA LENGUA ESPAÑOLA: «Glosario de términos gramaticales», [versión 1.0 en línea]. <https://www.rae.es/gtg/acusativo> [2024-05-02].

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