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¿Qué es una notificación fehaciente?

Si quieres enviar un mensaje o hace una comunicación y que quede constancia de ello, debes hacerlo fehacientemente. Una notificación fehaciente sirve para demostrar que se ha enviado y se ha recibido el mensaje, pero... ¿tienes claro qué se considera una notificación fehaciente? Te lo contamos.

06 mayo 2020
enterado fehaciente

A menudo, para hacer valer sus derechos, los usuarios deben hacer comunicaciones fehacientes. ¿Tienes claro qué se considera una notificación fehaciente y qué no?

Sí son notificaciones fehacientes

  • Una carta entregada en mano, si al recibirla, el destinatario firma una copia para la persona que hace la notificación. Es el medio más inmediato y barato.
  • Un telegrama con acuse de recibo, si bien tiene limitaciones (no se pueden adjuntar documentos ni permite enviar textos de cierta extensión).
  • Un burofax con acuse de recibo y certificación de texto. Garantiza y demuestra el envío, el contenido y recepción del escrito.
  • Un conducto notarial. El notario da fe del contenido de la comunicación y certifica su recepción. Permite adjuntar documentos, aunque su coste es mayor.

No son notificaciones fehacientes

Enviar un whatsapp, un SMS o un email, porque son documentos privados y se pueden manipular con facilidad. Solo tendrían valor de prueba si no se impugnan. El correo electrónico certificado por terceros de confianza, para ser fehaciente debe identificar al receptor del mensaje. No basta la mera confirmación de entrega al buzón o bandeja de entrada.

Un correo electrónico certificado: si solo se obtiene la confirmación de entrega al buzón entrada, pero no se confirma ni identifica que el destinatario haya recibido la comunicación, no es fehaciente.

Una carta en mano, o enviada por correo o un certificado (tenga o no acuse de recibo) no son comunicaciones fehacientes porque no se deja constancia del contenido de lo que se ha remitido.

Cuándo debes recurrir a una notificación fehaciente

En determinados casos no hay más remedio que recurrir a la comunicación fehaciente. Mira cuándo y cómo hacerlo.

  • En servicios de atención al cliente. Las empresas, establecimientos, etc. están obligados a tener servicios de atención al cliente, que se prestarán de forma presencial o a distancia. Los usuarios pueden presentar allí sus quejas, reclamaciones, comunicaciones, y todas las empresas están obligadas a entregar un justificante de la reclamación presentada.
  • En el desistimiento de compras a distancia. Si se quiere desistir de una compra hecha por teléfono o por internet, dentro del periodo de 14 días naturales se puede hacer utilizando el documento de desistimiento que facilite la empresa, que también deben indicar el procedimiento.
  • En cancelaciones de contrato, algo que debe hacerse usando el mismo medio que se utilizó en la contratación inicial, pero siempre conservando el documento de cancelación y solicitando un acuse de recibo por parte de la empresa.
  • En cuestiones con importantes implicaciones, por ejemplo, contratos de arrendamiento y compraventa de inmuebles.  En casos de incumplimiento lo ideal es que la notificación o el requerimiento se hagan preferiblemente por conducto notarial, porque su valor probatorio es pleno ,y es el más seguro y garantista de todos los procedimientos.
  • En los mensajes a la Administración el método tradicional es el correo certificado administrativo, que consiste en presentar los documentos en el servicio de Correos en sobre abierto y junto a una copia que deberán sellar y devolver al remitente.