Control de alcohol y otras drogas de la DGT: todo lo que debes saber

Control de alcohol y otras drogas de la DGT: todo lo que debes saber
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Los datos son rotundos: la mitad de conductores fallecidos en accidente en 2020 habían consumido alcohol o drogas, y en la última campaña de la DGT se cazó a 420 conductores al día que dieron positivo en alguna sustancia ilegal.

La conducción bajo los efectos del alcohol y otras drogas es una cuestión tan común como peligrosa, tanto para los propios conductores como para el resto de usuarios de la vía. Hoy vamos a explicar cómo se realizan los test de detección de alcohol y sustancias estupefacientes.

Así se hacen los controles de alcoholemia

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¿A quién se realiza el control? En un punto de detección de alcohol o drogas no se para a todos los conductores. Los agentes realizan un filtro visual y requieren sólo a algunos conductores ya sea por una actitud sospechosa que delate nerviosismo, forma de hablar o sudoración excesiva.

¿Cuál es el límite de alcohol permitido? Los conductores profesionales también suelen ser requeridos con mayor regularidad en estos controles dado que se pasan el día en la carretera. Además los límites de alcohol permitidos para ellos son inferiores:

  • Para un conductor no profesional, el límite es de 0,25 mg/l en aire espirado o 0,5 g/l en sangre
  • Para un conductor profesional, y también para los conductores noveles durante los primeros dos años de tenencia del permiso, el límite es de 0,15 mg/l en aire espirado o 0,3 g/l en sangre.

Así se recoge en el artículo 20 del Reglamento General de Circulación.

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¿Me puedo negar a someterme a un control de alcohol o drogas? Una vez que un conductor ha sido requerido para la realización del test hay que tener en cuenta que estamos ante un procedimiento obligatorio; no es optativo. Negarse a hacer una prueba de alcohol o drogas supone una sanción administrativa de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos en el carnet de conducir, o una sanción penal con pena de cárcen entre seis meses y 1 año además de la retirada del carnet entre 1 y 4 años.

¿Dónde se realiza un control de alcohol o drogas? Cualquier lugar puede habilitarse para realizar un punto de control. Mediante una conveniente señalización provisional se puede montar un dispositivo en cualquier rotonda, vía de servicio o carretera. Los agentes crearán un cuello de botella en el que realizar el primer cribado y dispondrán zonas de parada para los vehículos que vayan a ser controlados.

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¿Cómo se realiza el control de alcoholemia? El primer paso es la realización en el propio vehículo mediante un etilómetro de mano (de muestreo). Al conductor se le facilita una boquilla desechable con la que soplar en el etilómetro durante un tiempo determinado.

Si el resultado es negativo o por debajo del límite permitido, el conductor podrá continuar la marcha. Si el resultado es superior al límite legalmente establecido habrá que realizar una segunda prueba mediante un etilómetro evidencial.

Se trata de un etilómetro de precisión instalado en el vehículo de atestados e informes que arrojará un resultado certero de la cantidad de alcohol en aire expirado. Esta prueba se debe realizar como máximo 10 minutos después de la primera medición.

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En caso de confirmarse el positivo y si el conductor así lo solicita, se puede realizar una tercera prueba de contraste. Esta prueba se hace mediante la extracción de sangre en un centro sanitario próximo. Los resultados se analizan en laboratorio previo pago de los gastos. Si el resultado es negativo, se devuelve el dinero al conductor.

¿Cuál es la sanción aplicada por positivo en alcohol? Si la prueba en etilómetro evidencial también da positivo se procede a sancionar al conductor con las siguientes sanciones:

  • Hasta 0,50 mg/l: 500 euros y la retirada de 4 puntos en el carnet.
  • Más de 0,50 mg/l: 1.000 euros y la retirada de 6 puntos en el carnet.
  • Para reincidentes en positivo de alcoholemia: 1.000 euros y entre 4 y 6 puntos menos en el carnet.

Cómo se hacen los controles de sustancias estupefacientes

Drogotest

De manera independiente o conjunta a los controles de detección de alcoholemia, también se pueden realizar controles de sustancias estupefacientes.

¿Quién debe someterse a un control de drogas? El primer filtro se realiza exactamente igual que en los test de alcoholemia, y serán los agentes in situ los encargados de decidir qué conductores deben ser sometidos al drogotest.

Esta prueba se realiza también en el dispositivo, y en él cada conductor será sometido a una prueba binaria. Mediante una muestra de saliva el test indicará la presencia o ausencia de sustancias ilegales en el organismo de la persona requerida. Al igual que en los controles de alcoholemia es un procedimiento obligatorio.

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¿Qué detecta un drogotest? Se controlan un total de cinco sustancias mediante reactivos: cannabis (CA), anfetaminas (AM), metanfetaminas (MET), cocaína (CO) y opiáceos (OP). No indican niveles de presencia en el organismo, sólo si están o no están presentes.

En caso de arrojar un primer positivo en la muestra indiciaria se requiere al conductor para una prueba evidencial a partir de una segunda muestra de saliva. La muestra se envía a laboratorio garantizando la cadena de custodia y la cadena de frío para su conservación.

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¿Cómo se confirma un positivo en sustancias estupefacientes? Una vez en el laboratorio cada muestra pasa por las fases preanalítica, analítica y postanalítica; todas bajo un estricto protocolo. Mediante este proceso se determinan cuántas sustancias psicoactivas están presentes mediante cromatografía de gases y espectrometría de masas.

Con el informe del Sistema de Gestión de Laboratorio de vuelta en la Jefatura correspondiente se da curso al expediente en caso de confirmarse el positivo en alguna sustancia.

¿Cuál es la multa por un positivo en drogas? La sanción se considera muy grave independientemente del nivel de presencia de cualquier sustancia en el organismo y supone la detracción de 6 puntos y 1.000 euros de sanción económica por vía administrativa o por vía penal de tres a seis meses de cárcel, sanción económica entre seis a 12 meses, de 30 a 90 días de trabajos para la comunidad y la retirada del carnet entre 1 y 4 años.

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