Paso 3. Tener a un alguacil para que sirva los papeles

Paso 3. Tener a un alguacil para que sirva los papeles

Una vez que sus papeles de orden de restricción temporera han sido revisados por el juez, el secretario le va a entregar a usted los documentos originales y las copias.  Estos papeles son para que usted se los entregue al Alguacil Estatal.  Usted necesitará pedirle a un alguacil que le sirva o entregue una copia de estos papeles a la otra persona.  El alguacil servirá los papeles gratis.  Hay una lista de alguaciles en línea, o el secretario de la corte puede darle una lista.

Algunos alguaciles estatales prefieren que usted llene un formulario que les da a ellos información sobre la persona contra la cual usted está pidiendo una orden de restricción.  O usted puede escribir una carta el alguacil.  La carta del alguacil o formulario ayuda al alguacil a encontrar y entregar los papeles a la persona contra la cual  usted está pidiendo la orden de restricción.  Esto incluye información sobre cómo es la persona, donde trabaja, lugares que visita regularmente y si tiene algún tipo de arma.  Es muy importante que usted de información detallada sobre el físico de la persona y donde se encuentra para que el alguacil pueda encontrarle y entregar la orden de restricción.  Si usted tiene una fotografía de esa persona, tráigala con usted para ensenársela al alguacil.    

Usted tiene que servirle los papeles a la otra persona al menos 5 días antes de la audiencia.