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Aprobaron en Diputados un proyecto de ley sobre la actividad de acompañante terapéutico

miércoles 05 de julio de 2023
Aprobaron en Diputados un proyecto de ley sobre la actividad de acompañante terapéutico

En una votación con 197 votos afirmativos y tres negativos, la Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría el proyecto de ley que regula la actividad del acompañante terapéutico. La iniciativa fue comunicada al Senado de la Nación.

Entre algunos testimonios que fueron parte del debate, el diputado Daniel Gollan (Frente de Todos-Buenos Aires) explicó que “el proyecto da cuenta de una necesidad, sostenida y militada por distintas agrupaciones y asociaciones, que es el reconocimiento nacional para estos actores de la salud que cumplen un rol esencial: son el sostén de muchas personas”.

Por el interbloque Provincias Unidas, el rionegrino de Juntos Somos Río Negro, Luis Di Giácomo, señaló: “Esta Ley consagra la profesionalización dentro del equipo de salud para quienes desarrollen su actividad profesional en esta área, de ser incluidos. Son múltiples los espacios en los cuales actúan los acompañantes terapéuticos”.

La iniciativa también contó con el respaldo de la Izquierda, reflejado a través de Romina del Plá: “Vamos a acompañar este proyecto porque es un paso; pero marcando límites, porque estamos por aprobar una ley que regula el ejercicio profesional, pero no las condiciones laborales que muchas veces son precarias y mal pagas".

El proyecto aprobado reúne varias iniciativas impulsadas por diputados de la UCR, Soledad Carrizo, Virginia Cornejo y del Frente de Todos, Gollan.

Trece provincias ya sancionaron leyes propias sobre el tema, muchas de las cuales dispares entre sí, y esto ha sido otro de los motivos para avanzar con una legislación nacional, que establezca criterios comunes a los que las provincias puedan adherir, estableciendo una formación común de los Acompañantes Terapéuticos.

El proyecto, desarrollado junto a las distintas entidades que nuclean la actividad, tiene 25 artículos, y establece que "el ejercicio profesional del acompañamiento terapéutico comprende a quienes con matrícula habilitante intervienen a través de un abordaje biopsicosocial integral, en el marco de un equipo interdisciplinario y por indicación de un profesional de la salud tratante a cargo, para facilitar la rehabilitación de la persona acompañada y prevenir eventuales recaídas".

De acuerdo al texto, se establece como requisitos para el ejercicio profesional del acompañamiento terapéutico ser mayor de edad, poseer título de formación oficial en acompañamiento terapéutico otorgado por universidades e institutos de educación superior habilitados, de gestión pública o privada, así como títulos otorgados por universidades extranjeras, reconocidas por la ley argentina.

 

Se incluye también la obligación del Poder Ejecutivo de promover la creación de la carrera de acompañante terapéutico a cargo de Universidades e Institutos de educación superior, y la unificación de la currícula.

 

Fuente: Télam

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