Ciudad de México, a 25 de abril de 2023

La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) da a conocer, mediante decretos expedidos por el Jefe del Ejecutivo Federal, reformas a diversos artículos de la Ley Agraria que destacan la trascendente participación de la mujer rural en las actividades del sector primario de la economía nacional, bajo una nueva y justa perspectiva de igualdad al interior de sus comunidades.

Estos preceptos guardan una gran identificación con la visión, objetivos y estrategias contenidas en el Programa Institucional de la Procuraduría Agraria 2020-2024, así como en las proyecciones de desarrollo social y sustentable de los núcleos agrarios y sus integrantes, congruentes con la política agraria de la Cuarta Transformación del Gobierno de México.

En la edición de este martes, el Diario Oficial de la Federación publica, en una primera instancia, el Decreto por el que se reforman los artículos 4o. primer párrafo, y 32 de la Ley Agraria.

En este sentido, el Artículo 4º. establece: “El Ejecutivo Federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales con perspectiva de género, orientadas a elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional, en condiciones de igualdad y paridad”.

En tanto, la modificación del Legislativo al Artículo 32 estipula: “El comisariado ejidal es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la asamblea, así como de la representación y gestión administrativa del ejido. Estará constituido por una persona titular de la Presidencia, una persona titular de la Secretaría y una persona titular de la Tesorería, propietarias y sus respectivas personas suplentes. Asimismo, contará en su caso con las comisiones y las secretarias y los secretarios auxiliares que señale el reglamento interno. Este habrá de contener la forma y extensión de las funciones de cada integrante del comisariado; si nada dispone, se entenderá que sus integrantes funcionarán conjuntamente.

La integración del comisariado ejidal se realizará en observancia al principio de paridad”.

En una segunda instancia, el Diario Oficial de la Federación publica también el Decreto por el que se reforma el Artículo 37 de la Legislación Agraria, y en el que, de igual forma, se enfatiza el principio de paridad de género en la integración de los Órganos de Representación y Vigilancia de los núcleos de población ejidal y comunal en el territorio nacional.

De esta manera, en la publicación oficial, se establece:

“Artículo 37.- Las personas integrantes del comisariado y del consejo de vigilancia, así como sus suplentes, serán electas en asamblea. El voto será secreto y el escrutinio público e inmediato. En caso de que la votación se empate, se repetirá ésta y si volviere a empatarse se asignarán los puestos por sorteo entre las personas que hubiesen obtenido el mismo número de votos.

Las candidaturas a puestos de elección que integran el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia, deberán integrarse de manera paritaria, pudiendo aspirar a cualquiera de los puestos indistintamente. Las comisiones y secretarías auxiliares con que cuenta el comisariado ejidal, se integrarán conforme al principio de paridad de género”.

Para la Procuraduría Agraria, que encabeza Luis Hernández Palacios Mirón, las reformas legislativas a estos preceptos de la Ley Agraria son de gran importancia, toda vez que tienden a reconocer los derechos individuales y colectivos de las mujeres rurales, así como a cristalizar una de las demandas más sentidas en el campo mexicano que es lograr la equidad de género y el acceso pleno de las mujeres a la titularidad de la tierra de propiedad social.