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Acometida eléctrica

¿Qué es una acometida eléctrica?

Acometida eléctrica

Descubre que es una acometida eléctrica, sus características y su importancia

La acometida eléctrica es aquella conexión aérea o subterránea que conecta en las instalaciones eléctricas la parte de la red de distribución de la empresa suministradora con la caja o cajas generales de protección. Esta conexión es necesaria para dotar de suministro eléctrico a la instalación de un edificio, vivienda, nave industrial o local comercial.

Las acometidas en baja tensión finalizan en la denominada caja general de protección mientras que las acometidas en media tensión finalizan en un centro de transformación, donde se define como el comienzo de la instalación interna o del usuario. En instalaciones para un sólo usuario, la acometida finaliza en un armario de protección y medida que puede alojar los fusibles generales de protección y los medidores de energía de la instalación.

Por otro lado, es importante saber también que las acometidas eléctricas son propiedad de la compañía distribuidora de electricidad que opera en cada zona o área geográfica del país.

Los proyectos de acometidas deben tener puesta a tierra en cualquiera de estos supuestos:

  • Cuando el sistema puede ser puesto a tierra de modo que la tensión eléctrica máxima a tierra de los conductores no puestos a tierra no exceda 150 V.
  • Cuando en un sistema de tres fases y cuatro conductores conectado en estrella el neutro se utilice como conductor del circuito.
  • Cuando en un sistema de tres fases y cuatro conductores conectado en triángulo el punto medio del devanado de una fase se utilice como conductor del circuito.
  • Cuando un conductor de acometida puesto a tierra no esté aislado.

Acometidas eléctricas en edificios de viviendas

Cuando una promotora inmobiliaria pretende desarrollar un proyecto para la construcción en un sitio de una nueva promoción de viviendas, es habitual que se encargue de solicitar los trabajos de acometida y conexión a la red eléctrica.

El promotor deberá elaborar una previsión de carga según defina el grado de electrificación para cada vivienda. Esta estimación es necesaria para dimensionar la capacidad en términos de potencia del edificio.

Según el Reglamento Electrotécnico de baja tensión REBT-2020 existen dos tipos de instalaciones según la previsión de potencia en baja tensión: electrificación básica o elevada. Una vivienda con electrificación básica considera una potencia para alimentar a los equipos eléctricos conectados a la instalación de como mínimo 5,75 kW. En cambio, en otras viviendas con mayores necesidades de energía son las del tipo grado de electrificación elevado, la previsión mínima de potencia es de 9,2 kW.

La previsión de cargas se realiza teniendo en cuenta el número de viviendas, el tamaño de la cada una o el equipamiento eléctrico. El reglamento indica el uso de un coeficiente de simultaneidad que indica que la potencia no va a ser consumida por todos los usuarios a la vez en todo momento.

A modo de ejemplo, un grado de electrificación elevada se dará en aquellas viviendas con calefacción eléctrica o aire acondicionado (acumuladores o bomba de calor) e incluso que dispongan de punto de recarga de vehículo eléctrico.

La potencia máxima que se puede contratar para cada vivienda está limitada en función de la acometida general del edificio, pero a su vez está también acotada por la potencia máxima admisible que viene reflejada en el Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión y que viene definido por el calibre del magnetotérmico general del cuadro de protección y mando.

¿Quién paga la acometida eléctrica?

Cualquier trabajo de extensión y conexión a las redes de distribución eléctricas puede clasificarse en:

Inversión natural de las redes de distribución

Incluye trabajos de refuerzo y ampliación de las redes de distribución actuales y que responden al crecimiento de la demanda eléctrica.

Estas actuaciones se encuentran en los planes de inversión de las empresas distribuidoras, por lo que son ellas quienes realizan la inversión para ampliar la red.

Nueva inversión de la red de distribución

En este grupo se engloban las actuaciones para dar de alta un nuevo punto de suministro eléctrico e incluso para satisfacer las ampliaciones de potencia de puntos de suministros que ya existen. Estas inversiones se consideran nueva extensión de la red prevista y por lo tanto no entran en la planificación de la inversión de las compañías de distribución eléctrica.

Según la normativa actual, si el punto de suministro que se pretende llevar a cabo se haya sobre terreno urbanizado y la potencia instalada no supera los 100 kW en baja tensión o los 250 kW en alta tensión, el peticionario solo deberá asumir el coste de enganche y conexión a la red y será la distribuidora quien tendrá que realizar la inversión para satisfacer las nuevas necesidades de la demanda.

En el resto de casos, cuando se superen los límites de potencia anteriormente mencionados, la inversión necesaria para llevar a cabo la instalación será asumido por el peticionario, quedando exento del pago de los derechos de extensión.

Posteriormente, las acometidas deben de cederse a la distribuidora de la zona.

¿Cómo se solicita una acometida eléctrica?

Cualquier solicitante que pretenda realizar una conexión a la red de distribución en baja tensión deberá contactar con el departamento de acometidas eléctricas de la compañía distribuidora de la zona. Las fases se detallan a continuación:

1. Apertura de un expediente de acometida

El expediente de acometida contiene los datos del solicitante y del instalador, la dirección del emplazamiento de la vivienda o local, y otros datos técnicos como la tensión de funcionamiento de la instalación y la potencia a contratar.

La distribuidora requerirá más información, como es un croquis de situación en el que se refleje la ubicación de los elementos que conformarán la instalación. La información adicional a presentar dependerá de las características, uso o actividad a la que se va a destinar la instalación.

2. Estudio de viabilidad

La compañía distribuidora emitirá un informe de viabilidad en un plazo máximo de 20 días, junto con las condiciones técnico-económicas para llevar a cabo  la acometida eléctrica.

El pliego de condiciones debe de recoger las condiciones técnico- económicas de los trabajos que deberán realizarse.

El solicitante tiene dos opciones: rechazar el presupuesto de la distribuidora o contratar los trabajos de acometida con una empresa como la nuestra que es instaladora autorizada, siempre respetando las condiciones técnicas-económicas de la distribuidora.

3. Formalización del proyecto y solicitud de permisos

Una vez decidido quién va a ejecutar los trabajos de acometida, se verifica la documentación y el proyecto de ejecución. Si la documentación aportada es correcta, la distribuidora emitirá el Código Universal de Punto de Suministro (CUPS)

En este apartado conviene tener en cuenta la posible obtención de licencias municipales, quedando el expediente supeditado a su posible obtención.

4. Ejecución de la acometida

Se ejecutan las obras de acometida conforme a las condiciones técnico-económicas de la empresa distribuidora.

5. Verificación de las instalaciones

Finalmente, empresa distribuidora comprueba que la acometida se ha realizado cumpliendo las condiciones técnicas y de seguridad del REBT-2002.

6. Reglamento Electrónico para Baja Tensión.

El instalador autorizado es el responsable de la obra y por tanto será el encargado de realizar el Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión o comúnmente llamado Boletín Eléctrico. Este documento deberá estar firmado por el instalador y tramitado por una EICI (Entidad de Inspección y Control Industrial), en el figuran datos del emplazamiento de la instalación y otros detalles técnicos como la potencia máxima admisible de la instalación.

Desde el momento en que la compañía distribuidora cambia el estado del expediente a contratable, el futuro abonado ya puede dar de alta la luz con la cualquier comercializadora, ya que se trata de una actividad no regulada que se realiza en libre competencia.

Tras ver este post, puede que sea posible que necesite ayuda en el proceso de renovación o alta de su nueva acometida eléctrica. Nuestra empresa presta sus servicios en el ámbito de la baja tensión y le ayudará a buscar la solución técnico-económica que mejor se adapte a sus necesidades. Puede contactar por teléfono, email o rellenando el formulario de nuestra página web.


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