Formas de cooptar el poder municipal

La cooptación del poder municipal

Ernesto Sitamul

A raíz de los grandes descubrimientos de corrupción en la administración pública, que hizo la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), se posicionó especialmente en la opinión pública el tema de la cooptación del Estado. Es famosa la afirmación del jefe de esa institución, el Dr. Iván Velásquez Gómez, que el pecado original de la democracia es el financiamiento privado de la política.

En este artículo centro mi atención en el fenómeno de la cooptación de las instituciones públicas, pero enfocado en el poder local o municipal. En este ámbito territorial también se juegan grandes intereses de las élites económica y política, articulados desde el poder central, aunque con actores y caciques regionales y locales. 


Hasta la caída del gobierno patriotista en 2015, el trabajo de la CICIG era excelente, alabado, aplaudido. Pero cuando las investigaciones revelaron el involucramiento de personajes representativos de las élites económica y militar, fue como “tocarle los huevos al león”. Y, a partir esos sucesos, todo cambió. Pero para entonces, la podredumbre de la corrupción y la impunidad estaban en total evidencia. Lo que antes era secreto a voces se había convertido en realidad incontestable, aunque no hubiese sentencias condenatorias firmes.

La dimensión del pecado original es abarcadora. Porque el financiamiento privado no se circunscribe a financiar la campaña electoral de los partidos en contienda. Lo hace desde una raíz más profunda: la creación de grupos de ciudadanos interesados en formar un partido político, en los que los cooptadores inyectan plata, para que los promotores consigan más fácilmente el número de adherentes necesarios para convertirse en partido político.

La cooptación territorial

De Polis[1] (vol.14 no.40 Santiago Mar. 2015) menciona cuatro instrumentos que dibujan el proceso de cooptación política. Con base en ellos, hago un breve perfil de las dinámicas de la cooptación en el ámbito de los gobiernos municipales.

Como punto de partida, el sistema político guatemalteco es presidencialista, vertical y concentrador de poder. Esa característica se refleja en el poder local, por medio del alcalde. Según el Código Municipal, él es el jefe de la administración de la municipalidad, aunque la autoridad superior es el concejo o corporación. Así se entrecruzan las funciones ejecutiva y legislativa.

Los cuatro instrumentos citados por De Polis son: estructurales, formales, informales y sutiles.

a. Condiciones estructurales

El sistema presidencialista o caciquista también fomenta el autoritarismo y la prepotencia. En el caso del gobierno municipal, se encarna, naturalmente, en el alcalde. Esto le facilita actuar con discrecionalidad para nombrar personal. Incluso, impone la creación de plazas innecesarias, sin perfiles, ni justificación.

El alcalde coopta (controla y presiona) a concejales de oposición, por dos vías: 1) por las buenas, cuando los opositores aceptan la oferta de una plaza para un familiar o amigo, u otros privilegios, y 2) por las malas, cuando el jefe edil pone trabas discrecionales para pagarles dietas a que tienen derecho por asistir a sesiones del concejo o corporación municipal.

A falta de educación ciudadana, en un sistema como el chapín, la gente cree o considera que el presidente o el alcalde es la máxima autoridad. En el caso del gobierno, el alcalde es el representante legal y jefe de la administración municipal, y la máxima autoridad reside en el pleno, que está integrado por alcalde, síndicos y concejales.

b. Mecanismos formales

1) En el marco de la ley de Contrataciones del Estado, que también aplica a las municipalidades, existe la figura de compras de baja cuantía, pero el alcalde abusa de ella. El valor de una compra elevada, la fracciona para jugarle la vuelta a la ley. Es un abuso.

2) Lo que el alcalde solo ordena. Algunos puestos de la administración municipal, como Secretario, Director Financiero, o Director de Planificación, entre otros, deben ser nombrados por la corporación municipal, con base en una terna que propone el alcalde. Pero esto no se cumple a cabalidad. Y no pasa nada, pues los síndicos y concejales están “alineados” con el jefe edil. Así que, “parte sin novedad”.

c. Mecanismos informales

Las comisiones (coimas) por contratos de obras y de servicios están “normalizadas” o aceptadas por la ciudadanía, aunque son ilegales, y contrarias a la ética pública y la ley.

1) El monto de estas comisiones se ha incrementado. Esta es la causa del SOBREPRECIO en la contratación de obras y de servicios.

2) Antes la comisión se repartía solo entre dos personas: comprador y vendedor. Pero ahora hay que compartir personas, debidamente apalabradas.

3) Mientras más gasto público municipal, más ingresos personales por coimas. Gastar más no significa eficiencia en la gestión financiera, ni calidad del gasto.

4) Los alcaldes, por intermedio de sus empleados de la más alta confianza, presionan y hasta extorsionan a los trabajadores para que hagan aportes en dinero o en especie, para diversas actividades donde aparece la municipalidad. El aporte no es voluntario. Quien no aporte, será parte de una lista negra de candidatos para el despido laboral.

d. Mecanismos sutiles

Son acciones sin apariencia de cooptación de la oposición política. O también formas que utilizan los alcaldes para ganar adeptos a su causa. Dentro de estos mecanismos se incluyen:

1) Actos de reconocimiento o entrega de premios a deportistas destacados del municipio, personajes visibles del municipio, como agasajo a maestros en su día, u otros gremios.

2) Los alcaldes también financian eventos deportivos, religiosos, celebraciones por día de la madre y fiestas de fin de año, etc.

El financiamiento privado

El estudio de la CICIG sobre financiamiento privado en la política también abarca a las municipalidades. Guatemala tiene 340 municipios, donde se mueven grandes cantidades de dinero, tanto por ingresos propios municipales, como por las transferencias del gobierno central, como el aporte constitucional del 10% del presupuesto.

El financiamiento privado está regulado en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, y puede ser en forma de dinero o en especie. No obstante:

1) El dinero para campañas electorales en el municipio llega del financista directamente al alcalde que pretende reelegirse, o a los candidatos a la vara edilicia.

2) También el dinero por medio de amigos cercanos al candidato.

3) El dinero se da en efectivo o en especie, pero no queda registro de ello. La Ley Electoral indica que los aportes privados a campañas electorales deben registrarse en libros contables y es prohibido recibir dinero en efectivo, solo mediante cheque a nombre de la organización.

¿Quiénes son los “generosos” financistas?

Hay financistas que aportan a candidatos presidenciales, al Congreso y las alcaldías municipales. Para éstas, pueden mencionarse:

§  Dueños de empresas constructoras, con interés en la obra gris.

§  Negocios de materiales de construcción. Ambos no necesariamente instalados en el municipio donde financian candidatos.

§  Empresarios de transporte público.

§  También los financistas con recursos ilícitos

Algunos de los negocios mencionados pueden estar relacionados directamente con el alcalde o con candidatos a ese cargo, pero se oculta mediante la figura del testaferrato. En ese juego sucio, el estudio de la CICIG también menciona el financiamiento proveniente de actividades ilegales, entiéndase, extorsiones y narcotráfico.

Como consecuencia de la cooptación del poder municipal (alianza no declarada entre alcaldes y financistas):

1) Las corporaciones ediles han dejado de ser órganos deliberantes. Cooptados son OBEDIENTES.

2) Todo lo que se aprueba formalmente (según las normas establecidas) se cocina entre el alcalde y sus allegados, antes de la sesión.

3) El síndico o concejal que no se alinea con los mandatos del alcalde se expone a represalias.

Más poder del alcalde

El poder del alcalde es extensivo al sistema de consejos de desarrollo, pues coordina y preside el Consejo Municipal de Desarrollo, conocido por la unión de sus siglas COMUDE. En éste se encuentran representados los consejos comunitarios y otras entidades locales.

1) A su vez, el alcalde representa al COMUDE en el Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE), por medio del cual llegan los recursos para financiar obras priorizadas en cada municipio.

2) La municipalidad es la unidad ejecutora. Por lo tanto, es la que recibe el dinero.

3) Tales proyectos son propuestos por el COCODE de cada sector, aldea, cantón, caserío o colonia, y se priorizan en el COMUDE

4) Con frecuencia oigo en foros y reuniones, que los COCODES suelen ser cooptados por el alcalde. ¿Cómo? En algunos casos, los puestos principales en la directiva de los COCODES son ocupados por empleados municipales. En otros, el alcalde facilita la contratación de familiares y amigos de los directivos. Con eso los tiene contentos, y las manipula también (Por ejemplo: un COCODE aparece como gestor de proyectos en varias comunidades que le corresponde. Por algo se obvia la participación de los auténticos representantes).

CONCLUSIONES

§  Es evidente que la cooptación de la política partidista es extremadamente DAÑINA para el interés general de la población, porque conlleva la comisión de actos de corrupción y procedimientos anómalos, reñidos con las leyes.

§  El modelo político presidencialista o caciquista es concentrador de poder, a la vez que favorece la creación de redes criminales, para conservar el poder. Entiéndase, reelecciones sucesivas de alcaldes.

§  El financiamiento privado a los partidos y campañas electorales es legal, siempre que se ajuste a normas electorales, y se someta a la fiscalización tanto del TSE como de la Contraloría General de Cuentas.

§  Cuando los partidos y candidatos no cumplen las normas de financiamiento privado, y los órganos de control no ejercen su función, entonces estamos ante el riesgo inminente de que el dinero de actividades criminales sea lavado o legalizado.

§  Como consecuencia, el poder local o municipal es cooptado, no solo por los financistas formales (pero que no registran sus aportes), sino por el crimen organizado, en perjuicio del Estado de Derecho, la democracia y los intereses de la población. Imagen tomada de Google.

Jocotenango, 12 de julio de 2022.



[1] https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-65682015000100022