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FICHA DE IDENTIFICACIÓN DE TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Título AGIOTAJE Autor/es Nombres y Apellidos Código de estudiantes Ayala Rivas Vanessa 201313061 Escobar Saavedra Jhicela Edith 201313616 Flores Aquino Esmeralda 201312051 Ledezma García Brenda Yesi 201313333 León Parada Nahir 201500439 Quispe Carazani Paulina 201501748 Rojas Torrico María José 201314530 Salazar Camacho Gabriela Evelin 201502345 Tapia Cortez Gabriela 201312422 Uruña Cruz Judith Rosario 201315129 Fecha 17/04/2019 Carrera Ingeniería Comercial Asignatura Ética Profesional Grupo “R” Docente Rodrigo Sergio Pattzi Pino Periodo Académico 01/2019 Subsede Santa Cruz de la Sierra – Bolivia Copyright © (2019) por (Ayala, Escobar, Flores, Ledezma, León, Quispe, Rojas, Salazar, Tapia, Uruña). Todos los derechos reservados. Tabla de contenidos Capítulo 1. Definición de Agiotaje 3 Capítulo 2. Características Generales 4 Capítulo 3. Tipos de agiotaje 5 Capítulo 4. Leyes y normas que regulan el Agiotaje 6 Capítulo 5. Órganos de Regulación de Agiotaje en Bolivia 8 Capítulo 6. Aspectos generales 10 Capítulo 1. Definición de Agiotaje El agiotaje es la especulación abusiva y sobre seguro, cuyo principal objeto es obtener un lucro exagerado con las oscilaciones de los precios del dinero, mercancías o títulos de crédito; y, en especial, siempre que se aprovechan ciertas circunstancias para lograr cuantiosas ganancias con perjuicio de terceros, del público o consumidores en general. La práctica del agiotaje debe considerarse ilícita debido a los fraudes con ella generados. La sutil diferencia entre agio y agiotaje es que: agio es la acción o actividad especulativa, mientras que agiotaje es el resultado o efectivo beneficio con ella obtenido. Especulación, que consiste en negociar utilizando las oscilaciones y diferencias en los precios de cualquier clase de mercancías, así como del numerario, de los documentos de crédito y de los títulos de la Deuda pública. Se dice especialmente de la remuneración exigida en el cambio de monedas distintas y en el de los billetes de Banco por metálico. Es un delito cuya conducta se concreta con la realización de maniobra fraudulenta, con el fin de procurar alteración en el precio de los artículos o productos oficialmente considerados de primera necesidad, por ejemplo: salarios y materias primas. Esta alteración de precio se hace cambiando el papel moneda en dinero en efectivo o el dinero en efectivo en papel, aprovechando ciertas circunstancias para lograr crecido interés. Capítulo 2. Características Generales En este delito se considera el objeto material los artículos considerados de primera necesidad. Aparta muchos fondos de las empresas útiles y da lugar a fraudes lo cual acostumbra a las personas a faltar a sus empeños y a satisfacer sus deudas con una parte de ellas. Mantiene el valor de los efectos públicos. Proporciona a sus beneficiarios el medio de hallar el todo o parte del caudal que representan. Los agiotistas tratan de desmerecer el papel del gobierno a fin de hacer mayor su ganancia enriqueciéndose sin trabajar. Capítulo 3. Tipos de agiotaje AGIOTAJE EN LA MONEDA: Sabemos que la balanza comercial entre los distintos países determina la tasa real de cambio, consideramos agiotaje en la moneda cuando un individuo aprovecha el movimiento en los tipos de cambio para generar ganancias exorbitantes cambiando papel moneda por efectivo o viceversa, así como cambios de montos de dinero por un tipo de moneda extranjera con un valor mayor en el exterior. AGIOTAJE EN MERCANCÍAS: Se caracteriza por la especulación de productos mayormente de la canasta familiar para generar una escasez y así incrementar su precio un determinado lapso de tiempo. Generalmente se inicia por alguna política de gobierno, o alguna interpretación económica, los comerciantes mayoristas esconden sus productos y los venden de a poco a comerciantes minoristas quienes revenden a la población durante este lapso de tiempo en precios muy elevados. AGIOTAJE EN TITULOS DE CRÉDITO O VALORES COMERCIALES: La libre formación de precios en el mercado de valores no siempre es tan libre como parece. Los precios no sólo se alteran por la ley de la oferta y la demanda, sino que muchas veces se ven influenciados por maniobras intencionales e ilegítimas dirigidas a ese fin.  La difusión de informaciones económicas falsas, la simulación de operaciones, el abuso de información privilegiada (insider trading) y las actitudes monopólicas, son herramientas utilizadas para alterar las reglas naturales del mercado y manipularlo a libre arbitrio. Estas acciones pueden darse en el mercado de valores, en donde la velocidad de las operaciones bursátiles posibilita que cualquier noticia haga variar sensiblemente los precios, sin que haya tiempo para revertir el perjuicio sufrido por los inversores. Capítulo 4. Leyes y normas que regulan el Agiotaje Artículo 226° (agio). Será sancionado con la misma pena, el que acaparare u oculte mercancías provocando artificialmente la elevación de precios. El Código Penal Boliviano tipifica como Delito Penal en el artículo 226 el agio, estableciendo que “el que procurare alzar o bajar el precio de las mercancías, salarios o valores negociables en el mercado o en la bolsa, mediante noticias falsas, negociaciones fingidas o cualquier otro artificio fraudulento, incurrirá en privación de libertad de seis meses a tres años, agravándose en un tercio si se produjere cualquiera de estos efectos. Bolivia Decreto Supremo Nº 29483, 22 de marzo de 2008 Autoriza de manera excepcional a las Fuerzas Armadas de la Nación, a coadyuvar en las tareas de control del transporte, distribución y comercialización de los productos alimenticios con prohibición para su exportación. 2 del Decreto Supremo Nº 29460 de 27 de febrero de 2008 complementado por el Decreto Supremo Nº 29480 de 19 de marzo de 2008, con la finalidad de prevenir e impedir el contrabando, el agio y la especulación y garantizar la soberanía alimentaria. El artículo 325 de la Constitución Política del Estado, define como ilícito económico, la Especulación, el acaparamiento, el agio, la usura, el contrabando, la evasión impositiva y otros delitos econ6micos conexos serán penados por ley. Toda conducta catalogada como agio o especulaci6n y que afecta el consumo de los alimentos o productos de la canasta familiar, se considera un acto delictivo, contrario a la paz social, al derecho a la vida y a la salud del pueblo. Por cuanto el Honorable Concejo Municipal ha sancionado la siguiente: Ordenanza Municipal No 105/2010 EI Órgano Legislativo Municipal en uso de sus especificas atribuciones conferidas por la Constitución Política del estado, Ley de Municipalidades y demás normas en vigencia, resuelve dictar la presente. Artículo Primero.- Clausurar de manera definitiva las actividades económicas desarrolladas en dominio público o privado que se encuentren realizando especulaci6n, acaparamiento o agio de los productos de la canasta familiar. Articulo Segundo.- Revertir a favor del Gobierno Municipal, la concesión de los puestos en los centros de abastecimiento municipales, de aquellos concesionarios que se encuentren realizando especulación, acaparamiento o agio de los productos de la canasta familiar. Artículo Tercero.- El Ejecutivo Municipal, en representación de los habitantes del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, deberá iniciar las acciones legales ante el Ministerio Publico, contra aquellas personas que resultan ser autores o responsables de la especulación, acaparamiento o agio de los productos de la canasta familiar. Artículo Cuarto.- El Ejecutivo Municipal queda encargado del cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Capítulo 5. Órganos de Regulación de Agiotaje en Bolivia En Bolivia no existe una institución u órgano que regule directamente la acción del agiotaje, que es considerado como un delito en el código penal. Los órganos que intervienen indirectamente en la acción de éste delito en el país están; Los Sistemas de Regulación en Bolivia son: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras. • Persiguen fines estatales. • Poseen recursos asignados para cumplir sus fines. • Se aplica el régimen de control establecido para el sector público. • Existen recursos contra las decisiones de los órganos superiores de dichos entes. • Existe la imposibilidad de reconocerles plena autonomía, están por tanto siempre bajo tuición. • Son entidades autárquicas que actúan en el marco de la organización administrativa del Estado hallándose sometidos al poder de tutela del Poder Ejecutivo o de los ministros competentes según se el caso. • El ente regulador tiene como características básicas la autonomía gerencial, política, económica y responsabilidad, esta última implica que el ente regulador debe ser eficiente y eficaz. Ministerio de medio ambiente y agua Autoridades de Fiscalización y Control Social en los sectores de: Bosques y Tierras (ABT), Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), Electricidad (AE); y, de Transportes y Telecomunicaciones (ATT), Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) Autoridad de fiscalización y control de pensiones y seguros (APS) Administradora de fondos de pensiones (AFP) La Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ) Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural. Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) Otras instituciones que toman acto de alguna forma en la acción de este delito son: La alcaldía Municipal, que de actúa como intermediación para sancionar a aquellas personas que proceden con el delito por medio del ministerio público. Ministerio Público El Ministerio Público de Bolivia es una institución constitucional que representa a la sociedad boliviana ante los órganos jurisdiccionales para velar el respeto de los derechos y las garantías constitucionales, ejerciendo la acción penal pública. El Fiscal General del Estado es la representación máxima de dicha institución Capítulo 6. Aspectos generales ANTECEDENTES EN BOLIVIA Agiotaje en la moneda “Denuncia a Paydiamond por estafa” Un grupo de personas presentaron una denuncia en contra de una mujer supuestamente líder de Paydiamond, es una organización qué se dedica a realizar estafas piramidales a través de una supuesta compra de diamantes. La empresa Paydiamond ofrecía inversiones en diamantes para luego venderlos y asegurar grandes ganancias. Sin embargo pocas personas recuperan su dinero. Los intereses que ofrecía paydiamond a sus inversionistas era una tasa de interés del 5% semanal, es decir el 20% mensual. Estas personas primero reunían a un grupo muy pequeño de personas, luego estas personas se van multiplicando cada vez más con mayor cantidad de gente. Son estas personas las que van trayendo a otros y ofreciendo alta tasa de interés, la cual no lo cumple. Agiotaje en mercancías ‘‘Bolivia alista la ley que sanciona a los especuladores de alimentos básicos’’ La demanda de azúcar en el país se ha duplicado en las últimas semanas lo que ha provocado una preocupación a nivel del ejecutivo y de los ingenios por un posible desabastecimiento de este alimento de la primera necesidad. Para evitar la escasez de este producto, el Ministerio de desarrollo productivo y economía plural ha remitido al órgano ejecutivo un anteproyecto de la ley que modifica el artículo 226 del Código Penal aumentando la pena por el delito de agio y acaparamiento. El gerente de las relaciones exteriores del Ingenio azucarero Unagro Miguel Montero, informó que las últimas tres semanas hubo una sobredemanda de azúcar. La gente que compraba anteriormente 20 quintales de azúcar ahora requiere 40 quintales, y otros que querían 100 ahora piden 200 a 300 quintales. Pero no les está vendiendo esa cantidad porque no pueden demandar ese número en un día a otro. En la paz y en Cochabamba el precio del azúcar subió 15 bolivianos más por quintal lo que antes valía 265 llegó a costar 280 bolivianos el quintal y en Cochabamba antes valía 260 y llegó a costar 275 por quintal, los precios suben porque los vendedores lo guardaban el producto o lo deciden exportar por ese motivo hubo un escasez del producto. Los delitos o fraudes comerciales como el agiotaje vulneran y afectan el orden económico de un país, al romper el equilibrio de los factores que integran la estructura económica nacional. Estos delitos son realizados de manera frecuente y de forma informal lo que hace que los casos comprobados sean escasos, por lo cual está actividad ocurra con mayor facilidad. Se puede apreciar la necesidad de una preparación específica por parte de los órganos reguladores del Estado. Es necesario que este delito sea sancionado con mayor severidad para que las personas que realizan está práctica tomen conciencia acerca de sus actos. Título: Agiotaje Autor/es: Ayala, Escobar, Flores, Ledezma, León, Quispe, Rojas, Salazar, Tapia, Uruña. Página 11 de 11 Página 11 de 11Asignatura: Ética Profesional Carrera: Ingeniería Comercial