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Transcript

ASPECTOS IMPORTANTES PARA REDACTAR AGRAVIOS O CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

Los actos de autoridad y las sentencias están investidas de un a presunción de validez que debe ser destruida

Independientemente del modelo argumentativo que utilices

No existen violaciones evidentes

Debes evidenciar la ilegalidad de las consideraciones en las que se sustenta el acto reclamado.

A la par de los conceptos de violación debe comprenderse la llamada litis constitucional

Es la materia de estudio del Juicio de Amparo

El Juez solo está obligado a pronunciarse lo que efectivamente se expresa en la demanda

Si tomamos como punto de partida lo que sostienen reconocidos jurisconsultos como Alberto del Castillo del Valle, la estructura de un razonamiento lógico jurídico debe ser: A) Premisa Mayor ( que es la exposición del contenido de la disposición normativa que se estima violada, precisando su esencia sin necesidad de transcribir el texto del precepto constitucional, tratado internacional o artículo legal que se estime ha sido contravenido B) Premisa Menor (conformada por la indicación del sentido de la resolución recurrida, sin haber necesidad de transcribirla íntegramente) c) Conclusión ( en la que se hace valer que la premisa menor, es decir, la resolución emitida por el juzgador, contraviene la premisa mayor y por ende debe ser modificada) .

AGRAVIOS INOPERANTES. LO SON AQUELLOS QUE SE REFIEREN A CUESTIONES NO INVOCADAS EN LA DEMANDA Y QUE, POR ENDE, CONSTITUYEN ASPECTOS NOVEDOSOS EN LA REVISIÓN.

LITIS CONSTITUCIONAL. SU DELIMITACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO Y, EN SU CASO, EN EL RECURSO DE REVISIÓN, TRATÁNDOSE DE ASUNTOS EN QUE OPERA EL PRINCIPIO DE ESTRICTO DERECHO. ALEGATOS. NO FORMAN PARTE DE LA LITIS EN EL JUICIO DE AMPARO.

CONCEPTOS O AGRAVIOS INOPERANTES. QUÉ DEBE ENTENDERSE POR "RAZONAMIENTO" COMO COMPONENTE DE LA CAUSA DE PEDIR PARA QUE PROCEDA SU ESTUDIO. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN O AGRAVIOS. AUN CUANDO PARA LA PROCEDENCIA DE SU ESTUDIO BASTA CON EXPRESAR LA CAUSA DE PEDIR, ELLO NO IMPLICA QUE LOS QUEJOSOS O RECURRENTES SE LIMITEN A REALIZAR MERAS AFIRMACIONES SIN FUNDAMENTO. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN O AGRAVIOS. SON INOPERANTES CUANDO LOS ARGUMENTOS EXPUESTOS POR EL QUEJOSO O EL RECURRENTE SON AMBIGUOS Y SUPERFICIALES.

LITIS CONSTITUCIONAL. SU DELIMITACIÓN NO IMPLICA EL ANÁLISIS OFICIOSO DE LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN INTENTADA EN EL JUICIO NATURAL. AGRAVIOS INOPERANTES. LO SON AQUELLOS EN LOS QUE EL RECURRENTE SÓLO MANIFIESTA QUE LA SENTENCIA IMPUGNADA VIOLA DIVERSOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES O LEGALES Y LOS TRANSCRIBE.