Heráldica y Vexilología de Aragón

La Legislación de está comunidad autónoma viene establecida en:

        • Decreto 233/2008, de 2 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación y rehabilitación de escudos y banderas de los municipios y comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En este apartado se incluyen algunas de las poblaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón en las que el autor de este blog a presentado propuestas heráldicas o vexilológicas.

Las poblaciones incluidas pertenecen a la Comarca de Gúdar-Javalambre, que forma parte de la provincia de Teruel.

Los símbolos oficiales de esta comarca aprobados en el Decreto 25/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón ( Boletín Oficial de Aragón del 4 de marzo de 2015) son:

Escudo heráldico de la comarca de Gúdar-Javalambre.

Bandera de la comarca de Gúdar- Javalambre.

Descripción heráldica del Escudo comarcal  y vexilológica de la Bandera comarcal:

Escudo. Escudo cuadrilongo con base convexa, de proporciones 6:5; partido. Primero de
plata, tres árboles en palo (el central, mayor), de sinople, de ocho ramas cada uno, de plata, en punta seis ondas de sinople y plata; el jefe, de 1/6, con el Señal Real de Aragón (de oro, cuatro palos de gules). Segundo, de azur, un castillo mazonado de sable y aclarado del campo; en punta, seis ondas de plata y azur; brochante en punto superior de la partición, estrella de ocho puntas, de oro. Al timbre, corona abierta, de doce florones, seis visibles, con perlas, y cuatro flores de lis, tres visibles, con rubíes y esmeraldas en el aro, en proporción con el escudo de dos y medio a seis, que es el timbre del Escudo de Aragón disminuido”.
Bandera. Paño de una longitud equivalente a tres medios de anchura: nueve fajas iguales
amarillas (cinco) y rojas (cuatro) alternas; un cuadrado curvilíneo en losange en el cantón
superior del asta, inscrito en las cinco franjas superiores, con los componentes del escudo de armas.

Fuente:

Decreto 25/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón.

Boletín Oficial de Aragón  (4 – marzo – 2015)

MORA DE RUBIELOS (TERUEL):

Bandera Municipal:

Propuestas de Bandera municipal presentadas por el autor de este blog el 20 de noviembre de 2013 en el Ayuntamiento, se incluyen doce  de las diecinueve presentadas:

Hay que tener en cuenta varias normas:

          • El Ayuntamiento de Mora de Rubielos no tiene una tradición vexilológica municipal, es decir, no tiene bandera municipal, ni ha tenido (según la información de que dispongo).

          • La bandera vexilológica a elaborar se ha de basar en los elementos y colores del escudo.

          • Las proporciones de la bandera han de ser  2:3.

Dependiendo del diseño de escudo municipal por tanto, determinará la bandera a elegir, por ese motivo a continuación expongo una serie de diseños posibles, aunque el diseño y los colores del definitivo diseño de la bandera dependerá de la elección del Ayuntamiento primero del escudo y luego de la bandera.

Escudo Municipal:

Resumen de la Historia de Mora de Rubielos:

Tiene título de Villa y una larga historia. Ya en el año  1171 fue conquistada por Alfonso II «El Casto», momento en el que comenzó a documentarse su historia. Anteriormente, se cree que probablemente existiera algún poblado ibérico (denominado Hoya Quemada), y un castillo (probablemente árabe) del que no ha quedado resto algun, y sobre el que se construyó el actual castillo de Mora de Rubielos, creado por los Fernández de Heredia. Durante casi 30 años (1171 a 1204), Mora de Rubielos se convirtió en la localidad cristiana más avanzada en la reconquista hacia el Reino de Valencia.

A lo largo de su historia, Mora de Rubielos ha sido objeto de varias donaciones y ventas: En 1198, Pedro II dona la villa y el castillo a Pedro Ladrón. Su sucesor e hijo, Jaime I «El Conquistador», la incluye en la Baronía de Jérica, donándola en 1255 a su hijo bastardo Don Jaime. Ya en 1356 fue ocupada durante nueve años por las tropas castellanas en la llamada Guerra de los dos Pedros», que tuvo lugar entre Pedro I «El Cruel», rey de Castilla y Pedro IV «El Ceremonioso» o «El del Punyalet», rey de Aragón. En 1364 volvió a manos aragonesas, comprometiéndose Pedro IV a no separar la villa de la Corona. Tal privilegio no fue tenido en cuenta por los señores de Jérica y, de nuevo, la villa y el castillo se vendieron al vizconde de Cardona, Don Hugo, quien, a su vez, lo vendió a Don Blasco Fernández de Heredia II en 1367. Finalmente, se volvió a donar en 1370 a Juan Fernández de Heredia III «El Póstumo» o «El Noble», nieto de aquel Juan Fernández de Heredia I, Gran Maestre del Hospital. Como se puede observar, el poder de esta familia se afianzó, construyéndose la Colegiata de Santa María y del impresionante Castillo de Mora.

A finales del siglo XV adquiere el título de Marquesado, y tras la Guerra de Sucesión (1702-1713), recibe el título de «Fidelísima» y la flor de lis en su escudo. Más adelante, la Guerra de la Independencia y la Guerras Carlistas dejaron su huella, así como la Guerra Civil. En 1978 Mora de Rubielos fue declarada Conjunto Histórico Artístico por la Dirección General del Patrimonio Artístico, si bien anteriormente ya habían sido declarados Monumentos Nacionales el Castillo (1931) y la Colegiata de Santa María (1944).

Arquitectura y patrimonio

Debido a su historia, Mora de Rubielos presenta un casco urbano único y variopinto, con barrios de claro trazado medieval como La Cuba, El Plano, Aliagarico, Los Macedicos, La Troya y Santa Lucía. Destacan edificios como el Ayuntamiento, obra del siglo XVII de estilo herreriano, y otras casas con gran valor artístico, como las situadas en la calle Las Parras, la casa del “Curato”, El “Caserón de Marín”, y en la avenida Ibáñez Martín. Sin embargo, lo más destacado es el Castillo de Mora, que preside toda la villa desde lo alto, realizada en mampostería y cantería con una gran variedad de estilos (románico y gótico mediterráneo). Su planta irregular se adapta al terreno, con una estructura regida por un patio porticado. Cerca del Castillo se encuentra la Colegiata de Santa María, del siglo XV y con estilo gótico. Dispone de una nave de 5 tramos cubiertos por una bóveda de crucería, con una cabecera de tres ábsides con formas poligonales. Lo más destacado de su interior es, sin embargo, el coro cerrado con rejas del siglo XV.

En los alrededores se encuentran las ermitas de la Dolorosa, de Loreto, de San Roque, de San Miguel y la Soledad.

Escudos utilizados por el Ayuntamiento en la actualidad:

Todos tienen una corona de marqués, el Decreto 233/2008, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, en su anexo I establece que tiene que ser la corona cerrada del Escudo de España.

En el caso de la villa de Mora de Rubielos en base al Artículo 7 sobre el procedimiento de formalización de la utilización de escudos históricos en su apartado 1, especifica el procedimiento de adopción especifico para los escudos que se han utilizado más de 100 años, con el sello municipal de 1869-1876 queda probado que la distribución del escudo, con tres moras y tres torres queda demostrado su antigüedad como inmemorial, pero el sello no lleva timbre y por tanto las pruebas del uso de una corona de marquesado son más recientes, si el Ayuntamiento dispone de algún documento con un escudo de más de 100 años con la corona de marquesado abierta, creo que el diseño del escudo oficial con corona de marquesado sería aceptado por el Consejo Asesor de Heráldica y Simbología del Aragón, yo no conozco este documento. De hecho en el Sello (escudo 2) que utilizaba el Ayuntamiento anteriormente al sello (escudo 1), era un escudo en forma de casulla, escudo carlista, o de piel de toro, y la corona que utilizaba era una Corona real cerrada.

 Sello Escudo 1                                              Sello Escudo 2

El presente Decreto 233/2008 se dicta en desarrollo de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que regula la materia relativa a los símbolos de las entidades locales y establece la competencia del Gobierno de Aragón para la aprobación definitiva de los procedimientos de concesión a las entidades locales de tratamientos, honores, símbolos y prerrogativas especiales y el dictamen preceptivo del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

El escudo timbrado con una corona de marquesado por una parte sirve para representar una parte de la historia de la villa de Mora de Rubielos, pues durante largo tiempo perteneció a la familia de los Fernández de Heredia, marqueses que como tal eran unos señores de la época medieval lo cual implica a su vez un escudo de vasallaje, es decir, incorpora en el escudo del municipio un recuerdo de una dominación señorial sobre un municipio. Precisamente la desamortización que se produjo en España, con la abolición de los señoríos permitió a los municipios hacerse libre de toda dependencia señorial, por tanto el mantenimiento de los símbolos señoriales en el Escudo heráldico municipal que representa un municipio en cierto modo prolonga el recuerdo de una dependencia en la mayoría de los casos no deseada. Indicar que Mora de Rubielos en la guerra de los dos Pedros paso a manos aragonesas en 1364 y el Rey de la Corona de Aragón Pedro IV El Ceremonioso redacto un privilegio por el cual esta villa no se separaría de la Corona Real. Tal privilegio no fue tenido en cuenta por los señores de Jérica y, de nuevo, la villa y el castillo se vendieron al vizconde de Cardona, Don Hugo, quien, a su vez, lo vendió a Don Blasco Fernández de Heredia II en 1367. Finalmente, se volvió a donar en 1370 a Juan Fernández de Heredia III «El Póstumo» o «El Noble», nieto de aquel Juan Fernández de Heredia I, Gran Maestre del Hospital. Como se puede observar, el poder de esta familia se afianzó, construyéndose la Colegiata de Santa María y del impresionante Castillo de Mora.

A finales del siglo XV adquiere el título de Marquesado, y tras la Guerra de Sucesión (1702-1713), recibe el título de «Fidelísima» y la flor de lis en su escudo.

Por tanto pruebas del uso del carácter inmemorial de uso de la corona de marquesado están sobradas su demostración histórica, pero la inclusión en el escudo oficial a legalizar dependerán de la voluntad del Ayuntamiento de Mora de Rubielos y del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

En relación a los escudos de la fachada del Ayuntamiento, incorpora en el contorno exterior del campo de escudo, un pergamino, esto es incorrecto e innecesario en la heráldica municipal, siendo más propio de la heráldica nobiliaria, de hecho en el diseño referencia del Anexo I aprobado de escudo municipal que se determina en el Decreto 233/2008, no incluye ninguna ornamentación exterior.

En cuanto a la forma del escudo según el Decreto 233/2008 en su Anexo I establece que debe ser rectangular salvo en su parte inferior que será redondeada, ya que se trata de la forma del considerado en toda Europa como “Escudo ibérico”. El escudo rectangular acabado en punta (Escudos 4 y 5) se considera como un escudo español afrancesado, dado que es característico de la heráldica francesa, de todas forma si el Ayuntamiento de Mora de Rubielos desea que el escudo sea acabado en punta se puede intentar si dispone de pruebas gráficas o documentales que justifique el carácter de inmemorial de más de 100 años de antigüedad.

De todas formas el escudo cuadrilongo acabado en punta, que es el que se dibujaría, estéticamente, me parece menos adecuado que el escudo ibérico, hay que matizar que el escudo que ahora utiliza el Ayuntamiento en la pagina Web es un escudo en forma de casulla o escudo denominado también carlista, por tanto si se aprobara el escudo rectangular acabado en punta sería también distinto del escudo que se utiliza en la actualidad.

Escudo municipal utilizado en la actualidad:

 

Pagina Web del Ayuntamiento.
Escudo en forma carlista, de casulla o de piel de toro.
Por timbre, corona de Marqués, por el marquesado de los Fernández de Heredia.
Tres torres de plata (grises), aclaradas de sable
Tres moras de plata (grises). Una flor de Lis en plata (gris) concedida por el rey Felipe de Borbón.
El campo del escudo en gules. Con una filiera de plata.
Un lema en la parte inferior

No he encontrado una descripción oficial ni en el Boletín Oficial del Estado ni en el Boletín Oficial de Aragón, en el momento disponga de la misma se incluirá en este blog.

Texto Gran Enciclopedia Aragonesa 2000. Última actualización realizada el 14/06/2011

( Dibujo de Wikipedia- Internet)
Observación: Podría ser descrito de la siguiente manera.
Es un escudo cuadrilongo acabado en punta.
En campo de gules, tres torres de oro mal ordenadas, uno y dos, mazonadas de sable y aclaradas de ?? (plata o blanco); en el abismo del escudo una flor de lis de plata; la torre en jefe acostada de dos moras de plata con mango hacia arriba, y una tercera mora en el centro de la punta del escudo entre las dos torres inferior.

Escudos relacionados con la historia de Mora de Rubielos:

                                                  Castillo de Mora de Rubielos.

Propuestas a titulo información de formas de diseño heráldico del  Escudo de Mora de Rubielos presentadas por el autor de este blog en el Ayuntamiento el 23 de noviembre de 2013, elaboradas aplicando la normativa actual de la Comunidad Autónoma de Aragón:



ALCALÁ DE LA SELVA (TERUEL):

La Legislación de está comunidad autónoma viene establecida en:

Decreto 233/2008, de 2 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación y rehabilitación de escudos y banderas de los municipios y comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

BANDERA MUNICIPAL:

El Ayuntamiento de Alcalá de la Selva no tiene una tradición vexilológica municipal, es decir, no tiene bandera municipal, ni ha tenido (según la información de que dispongo).

La bandera vexilológica a elaborar se ha de basar en los elementos y colores del escudo.

Las proporciones de la bandera han de ser  2:3.

                         

     Propuestas de Bandera municipal presentadas por el autor de este blog el 28 de octubre de 2013 en el Ayuntamiento, se incluyen doce  de las diecisiete presentadas:

     Dependiendo del diseño de escudo municipal por tanto, determinará la bandera a elegir, por ese motivo a continuación expongo una serie de diseños posibles, aunque el diseño y los colores del definitivo diseño de la bandera dependerá de la elección del Ayuntamiento primero del escudo y luego de la bandera.

A título de información incluyo la descripción vexilológica de la última bandera:

Bandera rectangular de proporciones 2:3. Partida por mitad horizontal. En la mitad superior, de blanco o gris perla, un espino de sinople. En la mitad inferior, un castillo de oro, mazonado de sable y aclarado de gules”.

La elección del diseño de la bandera depende del Ayuntamiento de Alcalá de la Selva y del escudo que haya elegido previamente, ya que ambos tienen una dependencia directa, los diseños incluidos son propuestas personales que pueden ser tenidas en cuenta o no, ya que se trata de un blog de diseño vexilológico.

ESCUDO MUNICIPAL:

Antecedentes heráldicos de Alcalá de la Selva:

    Sello utilizado por el Ayuntamiento en 1876
El sello está incluido en un documento firmado por el Alcalde del municipio, llamado Francisco el apellido no se aprecia muy bien.
En el hay dos cuarteles, el superior contiene un espino y el inferior parece un castillo con tres torreones, con una puerta, todo sobre una montaña o roquedo, ademas en el documento se habla de un Castillo y no de una torre, y mucho menos de una torre de tres almenas.
(Archivos Estatales – Ministerio de Educación Cultura y deportes)

Escudos utilizados en la actualidad por el Ayuntamiento:

Todos tienen una corona cerrada, nada que objetar, porque, es la que ademas se indica en el Decreto 233/2008.

Los cuarteles al ser blancos indica que en heráldica serian de plata, ningún problema con el espino porque es verde (sinople), pero el problema es que el de la izquierda y el de la derecha la torre esta en oro, y el oro sobre plata no es correcto, el escudo central valdría al ser marrón pues en heráldica seria de su color natural, el problema es que cuando se elabora un escudo con fondo de plata y la torre en marrón resalta muy poco.

El dibujo corresponde a una torre de tres almenas, cuando lo que se intenta simbolizar es el Castillo de Alcalá de la Selva, por ello mejor seria el incluir un Castillo de tres torreones que simbolice el del sello de 1876 en el escudo, de esta forma al describirlo heráldicamente se evita textos como “castillo de una torre” que llevan a errores de interpretación.

En cuanto a la forma con una base acabada en punta no cumple el Decreto 233/2008, pues la base debe de ser redondeada, como es el escudo ibérico, reconocido como tal en toda Europa.

Por último el adorno inferior con el texto “ALCALA DE LA SELVA” no es correcto y se considera innecesario en la heráldica municipal ya que de por si, el escudo simboliza el municipio, no siendo necesario la ornamentación exterior más propia de la heráldica gentilicia y de la nobleza aristocrática.

                                              Castillo de Alcalá de la Selva

Al no existir un registro en el B.O.A. del escudo municipal, como tal no existe, al no haberse legalizado en Servicio de Régimen local, del Gobierno de Argón (En base, a la información de que dispongo ). Esto provoca que en la red (internet) cada uno diseñe el que cree más acertado:

Escudos con base en punta, no cumplen Decreto 233/2008

Escudos izquierda y derecha son torres no castillos.

Escudo izquierda, una espiga de cereal (que no es el símbolo del espino), una torre de oro, sobre plata (incorrecto), y las puertas de su color natural.

Escudo con castillo de su color natural, no en oro (es correcto heráldicamente, pero el oro resalta más aunque para ello sería necesario cambiar el color del cuartel, por ejemplo a rojo- gules), puertas en negro (sable), roquedo gris (se distingue poco del cuartel en plata).

Las coronas son cerradas se ajustan al Decreto.

Corona de Marquesado, no es la Corona General de España, no cumple el Decreto 233/2008. El hecho histórico de la pertenencia a una casa señorial en este caso la familia Heredia desde 1375, no implica ni obliga a seguir manteniendo símbolos que dan lugar a escudos de vasallaje.
La ornamentación exterior a modo de pergamino, es innecesaria e incorrecta en la Heráldica municipal, es más propia de la heráldica gentilicia.
La base inferior en punta no es la base redondeada que se indica en el Decreto 233/2008.
Esta forma de escudo no es la ibérica, se considera como escudo afrancesado por ser una forma característica e influenciada de la heráldica francesa.
Por último la torre inferior intenta simbolizar un castillo, pero sigue siendo una torre en heráldica, porque los castillos tienen torreones superiores, por ello esto lleva a confusión, es mejor por tanto el dibujar y registrar un castillo porque lo que se quiere identificar es el Castillo de Alcalá de la Selva que da nombre al municipio.

Descripciones heráldicas del escudo de la Gran Enciclopedia Aragonesa:

     Si se observa el dibujo vemos como se trata de una torre de tres almenas, no de un castillo, a su vez habla de “sobre rocas” que no están en el dibujo, la descripción textualmente dice “castillo sobre rocas de color natural”, se supone que el castillo es de su color natural, en cuyo caso no es esta en oro, sino en un color marrón o color natural, y podemos saber si la torre o castillo es del mismo color, pues solo habla de color natural en cuyo caso la torre o “castillo” y la rocas serían marrones o grises.

     Habla de un Castillo de una sola torre, lo cual da lugar a confusión de interpretación, ya que un castillo de una torre es un torre en heráldica.

    Aquí si que se indica que el castillo y el roquedo son en colores naturales, lo cual significa que las piedra pueden ser grises o marrones y el castillo-torre también en marrón- ocre por el color de las piedras.

    Estos problemas en el escudo que se apruebe se deben clarificar para evitar errores de interpretación, por lo que desde mi punto de vista el diseño del castillo tiene que ser un castillo heráldico de tres torreones para simbolizar el castillo de Alcalá de Selva, en cuanto el color desde mi punto de vista debe de ser en oro, ya que se trata del elemento fundamental del escudo y el campo del escudo para cumplir las normas heráldica ha de tener un color por ejemplo el rojo (gules), con ello conseguiremos a la vez resaltar el castillo y el escudo.

   En cuanto al terrazado o roquedo el incluirlo en el escudo es voluntad del Ayuntamiento, en cuanto al color puede ser de su color natural (gris) o terrazado de su color que podía ser marrón, de todas formas quiero indicar que contra más sencillo el escudo más correcto heráldicamente y más fácil de reproducir gráficamente, por tanto ya que ahora se utiliza sin terrazado quedaría mejor solamente el castillo en el cuartel inferior.

Propuestas de Escudo heráldico municipal presentadas en el 23 de octubre de 2008 en el Ayuntamiento de Alcalá de la Selva:

 


SARRIÓN (TERUEL):

                                         Escudo municipal de Sarrión (Teruel).

 

Escudo de la fachada del Ayuntamiento de Sarrión.

        No se incluye una descripción oficial puesto que no he encontrado una ni en el Boletín Oficial del Estado ni en Boletín Oficial de Aragón, en el momento disponga de las misma sera incluida en este blog.

   El Decreto 233/2008 se dicta en desarrollo de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que regula la materia relativa a los símbolos de las entidades locales y establece la competencia del Gobierno de Aragón para la aprobación definitiva de los procedimientos de concesión a las entidades locales de tratamientos, honores, símbolos y prerrogativas especiales y el dictamen preceptivo del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

 Antecedentes heráldicos de Sarrión:

Sello utilizado por el Ayuntamiento desde 1869
El sello esta incluido en un documento firmado por el Alcalde del municipio, llamado Juan Martín, el apellido no se aprecia muy bien. El documento está fechado en Sarrión el 30 de octubre de 1876
En el hay un sello formado por un solo cuartel con una vaca y una carrasca, sobre un terrazado y en la parte inferior de sello, lo se corresponde con la punta del escudo, los cuatro palos que simbolizan las armas de la Corona de Aragón (cuatro palos de gules sobre campo de oro).
En el documento se describe que representan y cual es su origen, tanto de la vaca como de la carrasca.
(Archivos Estatales – Ministerio de Educación Cultura y deportes)

Una descripción de escudo es la del GEA-2000:

Esta localidad turolense usa por armas heráldicas un escudo de campo de plata con una vaca pasante puesta al pie de una carrasca; ambas piezas van en su color natural. 

El dibujo que adjunta es un escudo con forma oval.

A la hora de registrar el escudo hay que tener en cuenta:

        • Decreto 233/2008, de 2 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación y rehabilitación de escudos y banderas de los municipios y comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

        • Antecedentes heráldicos y vexilológicos que han sido utilizados por municipio de Sarrión a lo largo de su historia.

        • História, cultura, tradición, economía, orografía, naturaleza de Sarrión.

        • Normas y leyes de la Heráldica y Vexilología en general y de la Heráldica y de la Vexilología municipales en particular.

En el caso de la villa de Sarrión en base al Artículo 7 sobre el procedimiento de formalización de la utilización de escudos históricos en su apartado 1, especifica el procedimiento de adopción especifico para los escudos que se han utilizado más de 100 años, con el sello municipal de 1869-1876 queda probado desde mi punto de vista que la distribución del escudo, con la vaca, y la carrasca en la parte superior y las armas de la Corona de Aragón en la parte inferior queda demostrado su antigüedad como inmemorial.

La duda está en que el Decreto establece como norma la corona real cerrada y la forma cuadrilonga de punta redonda para el escudo y segundo si la vaca esta en el escudo de sable (negro) y la carrasca de sinople (verde) y el campo del escudo en azur (azul), dado que una norma importante de la heráldica que dice que no se puede poner color sobre color, en base a lo cual sería necesario un perfilado de oro alrededor de las figuras o el campo del escudo se pone en metal plata u oro, a continuación se incluyen parte de las propuestas de escudo que se pueden diseñar para ajustarse al Decreto 233/2008, del Gobierno de Aragón, son propuestas presentadas por el autor de este blog en el Ayuntamiento en octubre de 2013:

Escudos con corona real abierta y cuadrilongos de punta redonda:

Escudos con corona real cerrada y cuadrilongos de punta redonda:

Escudos cuadrilongos acabados en punta y con corona real abierta:

En el caso de ser aceptada la forma del escudo con arco conopial como en la actualidad tiene el escudo municipal bastaría con aplicarlo a los diseños incluidos en este blog.

Propuestas de Bandera municipal de Sarrión, se adjuntan algunas de las propuestas presentas en el Ayuntamiento por el autor de este blog en octubre de 2013:

Hay que tener en cuenta varias normas:

          • El Ayuntamiento de Sarrión no tiene una tradición vexilológica de bandera municipal (según la información de que dispongo).

          • La bandera vexilológica a elaborar se ha de basar en los elementos y colores del escudo.

          • Las proporciones de la bandera son 2:3.

          • Decreto 233/2008, de 2 de diciembre del Gobierno de Aragón:

     Artículo 2.—Requisitos.
1. Los elementos utilizados en los escudos y banderas se fundamentarán en hechos históricos
o geográficos, tradiciones, características propias o en su denominación.
2. En todo caso, deberán respetar las reglas de la heráldica y de la vexilología según la
naturaleza del símbolo.
3. No se podrán incorporar el escudo o la bandera de Aragón a los símbolos propios de las Entidades locales, salvo en los casos en que esté reconocido su uso por derechos históricos.
4. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, podrá rehabilitarse o formalizarse
la utilización de los escudos y banderas cuando esté consagrada por la historia durante un
periodo mínimo de cien años.

Dependiendo del diseño de escudo por tanto, determinará la bandera a elegir, por ese motivo a continuación expongo una serie de diseños vexilológicos posibles, aunque el diseño y los colores del definitivo diseño de la bandera dependerá de la elección del Ayuntamiento, primero del escudo y luego de la bandera, esta última podrá incluir  la bandera de Aragón si tiene reconocido el derecho histórico para incorporla en la bandera local, el objetivo de de los diseños adjuntos es puramente de diseño vexilológico, son puras propuestas personales pero la elección del diseño final dependerá del cumplimiento de la normativa aragonesa establecida en el Decreto 233/2008:

   En primer lugar incluyo unos diseños de bandera, para el caso de que el Ayuntamiento de Sarrión tenga el derecho histórico a incluir la incorporación de las armas reales de la Corona de Aragón en la bandera municipal:

 En segundo lugar incluyo un diseño para el caso de que el Ayuntamiento de Sarrión no tenga el derecho histórico a incluir la incorporación de las armas reales de la Corona de Aragón en la bandera municipal:


SAN AGUSTÍN (Teruel):

Resumen historia de San Agustín:

    San Agustín es una localidad y municipio de la comarca Gúdar-Javalambre en la provincia de Teruel en la Comunidad Autónoma de Aragón. Tiene un área de 56,57 km2 con una población de 168 habitantes y una densidad de 2,33 hab/km2.

En el término municipal existen restos de poblados ibéricos, destaca el Cerro de la Torre, cúmulo de piedras cercanas al pueblo, aquí se pueden encontrar cerámicas y otros restos arqueológicos.

De la época cartaginesa se conoce que estas tierras fueron puntos de conflicto en las Guerras Púnicas, así como zonas de pasto de la ciudad romana de Sagunto. Muestra de los habitantes de está época son dos monedas de oro encontradas en las cercanías de la localidad.

En la Edad Media se sitúa la creación de los núcleos actuales de san Agustín y Pradas, la zona perteneció a los musulmanes, y fue reconquistada por el rey aragonés Pedro II, en el siglo XIII quedando unida al Reino de Aragón en concreto a la Comunidad de aldeas de Teruel. Pradas pronto desaparecería como núcleo independiente pasando a formar parte de la aldea de San Agustín. Según la documentación medieval se instauro el apellido Pastor en San Agustín, al contraer matrimonio el infante J.L. Pastor con J.A. Beltrán. Otros documentos nos muestran que poseía el título de Villa, porque un tal Ferrer de Lanza apreso a unos hombres de la villa de San Agustín. De este periodo medieval son representativos los edificios del conjunto monumental de Pradas: ermita y castillo del Barón de Escriche. Pradas pudo estar poblado antes que el propio pueblo. En el cerro del santo encontramos otro edificio de la época: la ermita de San Agustín.

Escudo heráldico de San Agustín (fuente: Web del Ayuntamiento).

No he encontrado una descripción oficial ni en el Boletín Oficial del Estado ni en el Boletín Oficial de Aragón, en el momento disponga de una descripción oficial será incluida en este blog.

Se trata de un Escudo cuadrilongo acabado en punta. Partido. En el primer cuartel la imagen de San Agustín. En el segundo cuartel, en campo de oro, cuatro palos de gules. Sin timbre.

En el jefe del escudo el nombre del municipio SAN AGUSTÍN y en la punta del escudo el texto Reino de Aragón.

El escudo presenta incorrecciones desde el punto de vista heráldico:

      • No se debe incluir el nombre del municipio, pues el escudo ya identifica el municipio.

      • El incluir las armas reales implica  la pertenencia al patrimonio real, la inclusión en el mismo depende de la historia del municipio.

      • El escudo está sin timbre, y acaba en punta, con lo cual no cumple la legislación de Aragón.

Normalmente no se deben incluir figuras realistas en el escudo, en este caso estaría justificado pues se trata del nombre del municipio y es un arma parlante aunque si fuera posible se podría sustituir por el símbolo heráldico que simbolice al santo San Agustín.

El incluir las armas reales se justifica si es un municipio perteneciente al patrimonio real en el caso de San Agustín estaría justificado, aunque el Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón tiene la última palabra.

Escudo heráldico de la fachada del Ayuntamiento.

Incluye una corona que no es la real establecida como norma general en la legislación de Aragón.

Sello municipal utilizado en 1876 por el Ayuntamiento, incluye como única figura la imagen de San Agustín con el báculo y el corazón, no hay armas reales.

Propuestas de diseño de escudo de San Agustín presentadas en el Ayuntamiento por el autor de este blog ( se adjuntan algunas de la propuestas), indicar que las figuras y armas utilizadas están fundamentadas en la historia de San Agustín:

Imagen de San Agustín, armas reales, la torre de San Agustín (sirve para simbolizar la torre del municipio y el castillo del Barón de Escriche), símbolo heráldico de San Agustín y de su Orden.

Las propuestas adjuntas de diseño de Bandera municipal, son bocetos elaborados en base a las figuras y esmaltes del escudo municipal actual, la bandera definitiva depende del diseño del escudo municipal oficial que se registre en el  Registro de la Simbología Local de Aragón, por tanto los diseños de bandera vexilológica dependeran del diseño del escudo y estos bocetos son simplemente diseños de bandera posibles:

   ARCOS DE LAS SALINAS (Teruel):

Escudo heráldico municipal de Arcos de las  Salinas (Teruel).

Escudo cuadrilongo de base circular: de gules, lienzo de muralla de oro mazonado de sable con tres arcos, el central mayor, acompañado en punta de un losange de plata. Jefe danchado de azur, de tres picos, fileteado de plata. Al timbre, Corona Real abierta.

Bandera municipal de Arcos de las Salinas ( Teruel).

Paño de proporciones 2/3, azul; al tercio del asta un dentado rojo de tres, acostado, ribeteado de amarillo, y en los ángulos del batiente, dos cuadrados en losange blancos puestos en palo.

Fuente:

Decreto 287/20002, de 3 de septiembre del Gobierno de Aragón.

BOA. núm. 111 (18 – septiembre – 2002)

CABRA DE MORA (Teruel):

Escudo heráldico municipal de Cabra de Mora (Teruel).

Escudo cuadrilongo de base redondeada. En campo de azur, escudo cuadrilongo de extremos semicirculares, con la Señal Real de Aragón, puesto en banda, acolado con espada alta, de plata, puesta en barra. Al timbre, Corona Real abierta.

Bandera municipal de Cabra de Mora (Teruel).

Paño azul de proporciones 2/3, en la mitad al asta, una espada acostada, blanca, y un broquel (escudo) brochante, el cual va cargado de la Señal Real de Aragón.

Fuente:

Decreto 252/ 2004, de 30 de noviembre del Gobierno de Aragón.

BOE. núm. 147 ( 17 – diciembre – 2004).

Informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

 

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