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Los juristas descartan que se pueda celebrar un referéndum de independencia en Cataluña

La consulta supondría reformar la Constitución, por lo que debería ser aprobada por dos tercios de cada Cámara

Los juristas descartan que se pueda celebrar un referéndum de independencia en Cataluña

Varias personas portan banderas de Cataluña en una manifestación en la plaza Sant Jaume. | Marc Asensio (Zuma Press)

El fantasma de la independencia de Cataluña vuelve al centro del debate político. Los partidos nacionalistas apuntan a un referéndum de autodeterminación como contrapartida para apoyar la reelección de Pedro Sánchez. El presidente del Gobierno ha reiterado que no negociará, pero el ruido mediático no cesa. Los juristas consultados por THE OBJECTIVE descartan que se celebre un plebiscito porque, en cualquier caso, afectaría a la soberanía nacional, lo que supondría activar un proceso para reformar la Constitución.

La victoria del PP obliga a Sánchez a sumar una mayoría suficiente para gobernar. Un asunto en el que las formaciones de Cataluña parece que tendrán mucho que decir. El secretario general de Junts, Jordi Turull, ha preguntado este lunes al candidato socialista qué está dispuesto a ofrecerles. Y ha lanzado esta advertencia: «Si hay amnistía, pero no hay referéndum, volvemos a lo mismo». ERC también pedirá la consulta, aunque no descarta apoyar al presidente en funciones sin esa condición.

El artículo 92 de la Constitución establece que «las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos». No obstante, el artículo 168 precisa que siempre que se proponga una revisión «total o parcial» de la Carta Magna que afecte al Título preliminar (como es el caso), al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se tendrá que aprobar «por mayoría de dos tercios de cada Cámara y a la disolución inmediata de las Cortes».

Un plan para Cataluña

Las distintas modalidades de referéndum están recogidas en una ley orgánica que establece que la autorización para la convocatoria «en cualquiera de sus modalidades» es competencia exclusiva del Estado. En su artículo 2 precisa que el permiso lo acuerdo el Gobierno a propuesta de su presidente «salvo en el caso en que esté reservada por la Constitución al Congreso», como es el caso, reconocen los constitucionalistas a los que ha preguntado este diario.

El Partido Socialista de Cataluña (PSC), fuerza más votada en esta región el pasado domingo y en las últimas elecciones autonómicas, tiene un plan. Su líder, Salvador Illa, ha verbalizado en varias ocasiones que su formación estaría dispuesta a una consulta para mejorar su autogobierno, ya que los catalanes tienen «un estatuto que no han votado», después de que fuese recurrido al Constitucional. La fórmula se aleja de la solución que plantea ERC, que pasa por un referéndum de autodeterminación.

«La jurisprudencia constitucional es clara: una comunidad autónoma no puede convocar unilateralmente un referéndum de autodeterminación», admite Miguel Ángel Presno, catedrático de Derecho constitucional en la Universidad de Oviedo. Tal y como ha dejado patente en varias ocasiones la corte de garantías, el Estado es el único actor competente para activar una consultar popular a través del artículo 92 de la Carta Magna. Pero no siempre.

Javier Tajadura, de la Universidad del País Vasco, sostiene que si la materia que se va a tratar requiere la reforma de la Constitución no basta con el citado artículo 92. Afirma que hay abundante jurisprudencia al respecto, entre ellas varias sentencias del Tribunal Constitucional. Una de ellas ya declaró inconstitucional en 2017 el referéndum de autodeterminación que proponía el Parlament de Cataluña.

‘Plan Ibarretxe’

Dos años antes la corte de garantías que determinó que estas consultas eran competencia exclusiva del Estado. El primer antecedente se remonta a 2008, cuando el Constitucional negó al Parlamento Vasco «la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política». Tras el fracaso del Plan Ibarretxe, los nacionalistas trataron de realizar una consultar popular, pero los magistrados concluyeron que una comunidad autónoma no era competente.

«En caso de que se convoque un referéndum debería aprobarlo ambas Cámaras por mayoría de dos tercios, disolverse las Cortes y que lo votaran todos los españoles. Es una cuestión territorial que afecta a toda España, no solo a Cataluña», afirma Tajadura. En su opinión, esta vía «no tiene recorrido jurídico, aunque es normal que nos preocupemos porque genera tensión». Cree que la petición supondrá un bloqueo político porque «esa concesión no es posible y aceptarla sería un suicidio».

Baldomero Oliver, profesor en la Universidad de Granada, comparte con su colega vasco la imposibilidad de convocar un referéndum de autodeterminación, pero no la lectura política: «Es una estrategia de negociación. Las partes exponen sus exigencias máximas, pero esconden las mínimas». Oliver insiste en que la consulta está «fuera de nuestro marco constitucional» como «ha quedado de manifiesto en las sentencias del Constitucional».

«Se ha planteado muchas veces, pero el Tribunal Constitucional ha rechazado siempre esa posibilidad porque afecta a los artículos 1 y 2 de la Constitución», explica José María Morales, catedrático de la Universidad de Sevilla. En su opinión, el artículo 92 de la Carta Magna prevé un referéndum consultivo no vinculante, pero no se podría usar esta vez porque, en cualquier caso, supone una reforma constitucional y la corte de garantías «ha sido estricta con su convocatoria».

Nuevos escenarios

Morales subraya que si el Gobierno acaba pactando un referéndum de autodeterminación en Cataluña cabría la posibilidad de impugnar el acuerdo. Eso sí, advierte de que esa fórmula podría abrir nuevos escenarios, ya que los miembros del Constitucional y las circunstancias han cambiado. No obstante, lo atisba como una opción remota porque la corte de garantías cuenta con una doctrina consolidada cuyo camino se inició en 2008.

Para Ibor Fernandes, profesor en el CES Cardenal Cisneros, esa opción no es descabellada. «Sería una aberración porque se trata de una consulta contraria a la Constitución, pero la doctrina del Constitucional puede cambiar, tanto por su composición actual como por una teoría evolutiva». Fernandes considera que si Cataluña quiere independizarse puede hacerlo, pero «a través de los cauces oportunos» y si así lo deciden todos los españoles: «Uno de Cádiz también tiene derecho a decidir en Cataluña».

Sánchez aseguró durante la campaña que no negociaría un referéndum de autodeterminación en Cataluña para obtener el apoyo del independentismo. Recordó que no negoció algo así en la pasada legislatura ni lo hará ahora porque la Constitución no lo permite. En una entrevista en TVE el pasado viernes llegó más lejos al afirmar que este tema «siempre lo saca la derecha como espantajo para ver si puede asustar a algunos votantes del PSOE».

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