Fianzas

Fianza: historia y conceptos principales

La fianza nace en el universo jurídico y tiene como antecedentes conocidos más remotos una inscripción, semejante a un contrato, en una tablilla de la biblioteca de Sargón I de Akkad, que data aproximadamente de 2568 a. C., y algunas manifestaciones en el Código de Hammurabi.

También la podemos encontrar en varias civilizaciones antiguas. Por ejemplo, en Egipto, desde 1280 a. C.; en India, con las Leyes de Manú, entre 1280 y 800 a. C.; en Israel, a partir de 422 a. C., y en Grecia, desde 621 a. C. Sin embargo, en Roma se perfeccionó a través del contrato verbis de garantía, que se realizaba mediante un intercambio de fórmulas orales.

A lo largo de las diversas épocas de la antigua Roma, existieron tres mecanismos para garantizar una obligación:

1. Sponcio. Promesa con matices sacros y rituales, que sólo podía ser celebrada
por ciudadanos romanos, los cuales eran adeptos a un mismo culto religioso, y
que sólo exigía respuesta del verdadero obligado.

2. Fideipromissio. Surge como evolución de la promesa anterior, ya que era utilizada también por peregrinos y extranjeros que se comprometían a algo por su respectiva fe, y establecía un deudor principal y un garante.

3. Fideiussio. Compromiso que también se basa en la confianza, se daba entre cualquier tipo de personas y generaba tanto un deudor principal como un garante. Una de las características que distinguen a esta figura es que la obligación principal no prescribe. De aquí que, en el siglo VI, el emperador romano Justiniano incluyó el beneficium excusionis, el cual concedía al fiador el derecho de exigir que el acreedor persiguiera al deudor antes de dirigirse a él para reclamar su obligación como garante.

En 1348, España adquiere de Roma la figura de la fianza y la consigna en la Ley de las Siete Partidas, un código jurídico castellano de la Baja Edad Media.

Por otra parte, en nuestro país, la fianza tuvo su aparición con el rey Nezahualpilli de Texcoco en 1505. Durante el periodo de la conquista se utilizaba como una garantía de la libertad condicional de las personas, y en el México independiente  trascendió con el Código Civil de 1871, donde se manifiesta que la fianza tiene el carácter de contrato a título oneroso.

Instituciones de fianzas en México No se conoce alguna institución de fianzas en nuestro país antes de 1895. Los  particulares recurrían a algún pariente o conocido para que sirvieran como fiadores a título gratuito. Debido a esto, el gobierno federal publicó algunos decretos, a través de los cuales se autorizó que  el Supremo Poder Ejecutivo de la Unión otorgara concesiones para el manejo de funcionarios o empleados públicos a
compañías que practicaran operaciones de caución.

El 19 de junio de 1895 se firmó el primer contrato de concesión entre el gobierno federal y los señores Guillermo Obregón Za.

L. Tidball para establecer la primera compañía de fianzas en México, una sucursal de la American Surety Company of New York. En abril de 1913, inversionistas mexicanos compraron la concesión que tenía la compañía americana para expedir todo tipo de fianzas y fundaron la Compañía Mexicana de Garantías, S.A., la primera afianzadora con capital mexicano, que en 1991 se fusionó con Crédito Afianzador, S. A., Cía. Mexicana de Garantías.

Situación actual del sector afianzador mexicano En la actualidad, el mercado afianzador
cuenta con 12 compañías activas en el país, que se muestran en el cuadro 1. Conceptos básicos Compañía afianzadora. Persona moral de las sociedades anónimas, parte integrante del Sistema Financiero Mexicano, cuyo objetivo es otorgar fianzas a título oneroso, mediante la expedición de pólizas, para garantizar así el cumplimiento de determinadas obligaciones, y cuyo principal promotor y consumidor es el gobierno federal.

Las medidas de creación y funcionamiento  de las afianzadoras, reguladas por la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, competen de manera única y exclusiva a la SHCP.

Fianza civil. Contrato gratuito, regido por el Código Civil, mediante el cual una persona (fiador) se compromete con el acreedor a pagar por el deudor si éste no lo hace, al mismo tiempo que adquiere los beneficios de orden y excusión.

Fianza de empresa. Contrato por el cual una institución de fianzas se compromete a título oneroso, mediante la expedición de una póliza, a garantizar el cumplimiento de una obligación ante un acreedor (beneficiario) en el caso de que el deudor (fiado) no cumpla.

Beneficiario.

Persona física o moral ante quien se otorga la fianza.

Fiado. Persona física o moral por quien se garantiza una obligación determinada.

Se trata del deudor principal en la relación contractual de la obligación principal. Obligado solidario.

Persona física o moral que otorga garantías adicionales a las del fiado.

A partir de estas definiciones, es evidente por  qué un seguro no es lo mismo que una fianza .

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