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UNIVERSIDAD SALAZAR INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIAPAS CAMPUS PALENQUE Catedrático(a): Lic. NORMA ALICIA GÓMEZ SÁNCHEZ ARTÍCULO 291 ABIGEATO integrantes: AGUSTÍN SAN SEBASTIÁN PABLO FELICIANO JACINTO MIGUEL LÓPEZ ARCOS
ANTECEDENTE la palabra abigeato proviene del latín ABIGERE, que significa: arrear, aguijar las bestias para que caminen; de modo que el abigeato es el hurto de ganado o bestias, y abigeo el que hurta ganado o bestias, a quien también se le llama cuatrero. La palabra abigeato etimológicamente procede del latín "abigeatus", derivado de "ab genere", que significa echar por delante, arrear o aguijar, voz que usaban para designar la forma material con la cual se consuma el hurto de los animales que no se cargan al hombro para llevárselos.
¿COMO SE CASTIGA EL ABIGEATO? ¿QUINES COMETEN EL DELITO DEL ABIGEATO?   Artículo 291.Comete el delito de abigeato, el que se apodera de una o más cabezas de ganado ajeno, cualquiera que sea su especie, sin derecho y sin  consentimiento de quien legalmente puede disponer de ellas, cualquiera que sea el lugar en que se cometa el apoderamiento.
EL GANADO SE CLASIFICA DE LA SIGUIENTE MANERA: bovino Equino GANADO MAYOR mular  asnal
EL GANADO SE CLASIFICA DE LA SIGUIENTE MANERA: Porcino GANADO MENOR ovino caprino
ELEMENTOS DEL TIPO I.- Una acción de apoderamiento;II.- De una o más cabezas de ganado;III.- Que el apoderamiento se realice sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de las mismas.
SUJETOS EN EL DELITO DE ABIGEATO El sujeto activo será quien efectúa la conducta típica, y el sujeto pasivo quien la resiente, esto es, quien se ve afectado en su patrimonio. Sujeto Activo. únicamente la persona física es susceptible de ser responsable ante el derecho penal. Únicamente los seres humanos incurren en la comisión de ilícitos, ya que son los únicos que tienen la capacidad de entender y querer. Sujeto Pasivo. Por cuanto hace el sujeto pasivo en el abigeato puede serlo cualquier persona física o moral.
OBJETOS EN EL DELITO DE ABIGEATO OBJETO MATERIAL. ES EL GANADO OBJETO JURÍDICO. ES EL PATRIMONIO
CONDUCTA TIPICA
FORMAS Y MEDIOS DE EJECUCIÓN El dispositivo legal que define al abigeato no señala ningún medio de ejecución. Cualquiera que sea idóneo será, por tanto, medio ejecutivo en este delito. ATIPICIDAD La atipicidad se presentará cuando falte alguno de los elementos típicos que acabamos de mencionar; dicho de otra manera, cuando la conducta realizada no se adecue al tipo penal. Un ejemplo de atipicidad puede ser: cuando una persona se apodera de una cabeza de ganado, pero con consentimiento del dueño.
ANTIJURIDICIDAD CULPABILIDAD La antijuridicidad radica en el hecho de violar el bien jurídico tutelado por la ley que en este caso es el patrimonio. En el caso del delito de abigeato solo puede presentarse la primera forma o grado que es la intencionalidad o dolo. CONSUMACIÓN La consumación se da desde el momento en que el activo se apodera del o los semovientes, ya sea tomándolos con sus manos, desplazándolo del lugar en que originalmente se encontraba, cuando la saca del ámbito del poder del dueño y la coloca donde solo él pueda disponer de la misma y manejarla como de él.
TENTATIVA Aunque en este injusto puede darse la tentativa en los mismos términos que el diverso penal de robo, es decir, cuando el activo del delito realiza actos encaminados para apropiarse de lo que no le pertenece, en este caso, de un semoviente, siendo que el resultado no se verifica por causas ajenas a su voluntad. Pero en la práctica es poco probable que se dé esta modalidad del abigeato. CONCURSO DE DELITOS IDEAL O FORMAL.- En el abigeato puede darse éste cuando con la misma conducta del apoderamiento se producen dos resultados típicos diferentes. Ejemplo: Cuando el ladrón para sustraer el animal del corral, rompe las cercas. REAL O MATERIAL.- Debido a que con distintas conductas se pueden producir también distintos resultados, pues con motivo del abigeato cuando es sorprendido el activo puede lesionar o inclusive privar de la vida a quien trate de impedir la consumación del delito.
CAUSAS DE LICITUD No hay una causa justificable que haga lícito el proceder del activo del delito. Ya que es muy difícil que se dé. Por lo tanto no puede operar a favor del activo ninguna de las eximentes de responsabilidad que se encuentran establecidas en el código penal del estado, que haga lícito, o cuando menos justifique la conducta del ente del delito. LA VICTIMA EN EL DELITO DE ABIGEATO Lo es la persona física o moral, que detente la propiedad de o los semovientes, ya sea vacuno, caballar o mular; esto debido a que lo que se tutela en el abigeato es el patrimonio, puede pertenecer tanto a personas físicas como a personas morales. Existen dos tipos de pasivos. SUJETO PASIVO DE LA CONDUCTA.- Que resulta ser la persona que directamente resiente la conducta típica del diverso penal de abigeato. SUJETO PASIVO DEL DELITO.- Es la persona que resiente la afectación patrimonial por el delito cometido sin que directamente haya padecido la conducta típica por el activo.
PUNIBILIDAD           1. Si el robo fuere de una cabeza de ganado, se impondrá de tres año  seis meses a siete años de prisión y multa de cinco a veinte días de salario 2. Si el robo fuere de dos a diez cabezas de ganado, con la pena de seis a ocho años de prisión y multa de diez a veinticinco días de salario  3. Si excediere de diez y no de quince cabezas con sanción de ocho a diez años de prisión y multa de quince a cincuenta días de salario, y 4. Si el numero de cabezas fuere mayor de quince, con sanción de diez a doce años de prisión y multa de veinticinco a cien días de salario
Además de la pena que corresponda conforme al articulo anterior, se aplicara al sujetoactivo, de seis meses a tres años de prisión, cuando realice la conducta en cualquiera de las circunstancias siguientes: a) Quebrando la confianza o seguridad de una relación de servicio, trabajo o contractual sobre los semovientes, entre el sujeto activo y el ofendido; b) Aprovechándose de las condiciones de confusión que se produzcanpordesorden publico o invasión de los terrenos donde pasten los semovientes, y c)Si el apoderamiento a que se refiere este articulo, se verifica con violencia, o por dos o mas individuos. Artículo 292
Articulo 295  SE APLICARA PRISIÓN DE TRES A OCHO AÑOS Y MULTA HASTA DE MIL DÍAS DE SALARIO, A QUIEN COMETA DELITOS RELACIONADOS CON GANADO EN CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES FORMAS:  1.- Hierre, señale animales ajenos, destruya o modifique los fierros, marcas o señales que sirvan para acreditar la propiedad de aquellos. 2.- Expida u otorgue facturas, documentos o guías falsos, simulando ventas o pretenda acreditar una propiedad inexistente, para efectuar cualquier negociación sobre ganado; 3.- Haga conducir animales que no sean de su propiedad , sin estar debidamente autorizado para ello; 4.- Comercie, enajene o trafique de cualquier manera, o haga conducir animales, pieles o cueros robados, que tuvieren borradas o alteradas la marca, fierro o huella;
Articulo 295  5.- Detente, posea, custodie, altere o modifique de cualquier manera, la documentación que acredite la propiedad o identificación de un animal o animales robados, o sus productos; 6.- Traslade el o los animales, pieles o ceros robados de un lugar a otro del estado, a otra entidad federativa, o al extranjero; 7.- Teniendo el carácter de servidor publico, en ejecución de sus funciones o aprovechándose de su cargo, participe, encubra, permita , tolere o autorice la ejecución de cualquiera de las conductas señaladas en este capitulo, y 8.- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de algunos de los delitos a que se refiere este capitulo.
MEDIDAS PARA PREVENIRLO Establece vigilancia permanente de referencia por las noches que es cuando generalmente se comete ese delito.  Herrar y marcar el ganado oportunamente.  Solicitar el apoyo de las autoridades cuando veas algo anormal  Mantén buena comunicación con los propietarios de los predios colindantes  Cerciórate que tus trabajadores sean personas honestas.  Al realizar la compra de ganado, exige la factura respectiva, misma que deberá contener los siguientes aspectos: ,[object Object]
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  • 1. UNIVERSIDAD SALAZAR INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIAPAS CAMPUS PALENQUE Catedrático(a): Lic. NORMA ALICIA GÓMEZ SÁNCHEZ ARTÍCULO 291 ABIGEATO integrantes: AGUSTÍN SAN SEBASTIÁN PABLO FELICIANO JACINTO MIGUEL LÓPEZ ARCOS
  • 2. ANTECEDENTE la palabra abigeato proviene del latín ABIGERE, que significa: arrear, aguijar las bestias para que caminen; de modo que el abigeato es el hurto de ganado o bestias, y abigeo el que hurta ganado o bestias, a quien también se le llama cuatrero. La palabra abigeato etimológicamente procede del latín "abigeatus", derivado de "ab genere", que significa echar por delante, arrear o aguijar, voz que usaban para designar la forma material con la cual se consuma el hurto de los animales que no se cargan al hombro para llevárselos.
  • 3. ¿COMO SE CASTIGA EL ABIGEATO? ¿QUINES COMETEN EL DELITO DEL ABIGEATO?   Artículo 291.Comete el delito de abigeato, el que se apodera de una o más cabezas de ganado ajeno, cualquiera que sea su especie, sin derecho y sin consentimiento de quien legalmente puede disponer de ellas, cualquiera que sea el lugar en que se cometa el apoderamiento.
  • 4. EL GANADO SE CLASIFICA DE LA SIGUIENTE MANERA: bovino Equino GANADO MAYOR mular asnal
  • 5. EL GANADO SE CLASIFICA DE LA SIGUIENTE MANERA: Porcino GANADO MENOR ovino caprino
  • 6. ELEMENTOS DEL TIPO I.- Una acción de apoderamiento;II.- De una o más cabezas de ganado;III.- Que el apoderamiento se realice sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de las mismas.
  • 7. SUJETOS EN EL DELITO DE ABIGEATO El sujeto activo será quien efectúa la conducta típica, y el sujeto pasivo quien la resiente, esto es, quien se ve afectado en su patrimonio. Sujeto Activo. únicamente la persona física es susceptible de ser responsable ante el derecho penal. Únicamente los seres humanos incurren en la comisión de ilícitos, ya que son los únicos que tienen la capacidad de entender y querer. Sujeto Pasivo. Por cuanto hace el sujeto pasivo en el abigeato puede serlo cualquier persona física o moral.
  • 8. OBJETOS EN EL DELITO DE ABIGEATO OBJETO MATERIAL. ES EL GANADO OBJETO JURÍDICO. ES EL PATRIMONIO
  • 10. FORMAS Y MEDIOS DE EJECUCIÓN El dispositivo legal que define al abigeato no señala ningún medio de ejecución. Cualquiera que sea idóneo será, por tanto, medio ejecutivo en este delito. ATIPICIDAD La atipicidad se presentará cuando falte alguno de los elementos típicos que acabamos de mencionar; dicho de otra manera, cuando la conducta realizada no se adecue al tipo penal. Un ejemplo de atipicidad puede ser: cuando una persona se apodera de una cabeza de ganado, pero con consentimiento del dueño.
  • 11. ANTIJURIDICIDAD CULPABILIDAD La antijuridicidad radica en el hecho de violar el bien jurídico tutelado por la ley que en este caso es el patrimonio. En el caso del delito de abigeato solo puede presentarse la primera forma o grado que es la intencionalidad o dolo. CONSUMACIÓN La consumación se da desde el momento en que el activo se apodera del o los semovientes, ya sea tomándolos con sus manos, desplazándolo del lugar en que originalmente se encontraba, cuando la saca del ámbito del poder del dueño y la coloca donde solo él pueda disponer de la misma y manejarla como de él.
  • 12. TENTATIVA Aunque en este injusto puede darse la tentativa en los mismos términos que el diverso penal de robo, es decir, cuando el activo del delito realiza actos encaminados para apropiarse de lo que no le pertenece, en este caso, de un semoviente, siendo que el resultado no se verifica por causas ajenas a su voluntad. Pero en la práctica es poco probable que se dé esta modalidad del abigeato. CONCURSO DE DELITOS IDEAL O FORMAL.- En el abigeato puede darse éste cuando con la misma conducta del apoderamiento se producen dos resultados típicos diferentes. Ejemplo: Cuando el ladrón para sustraer el animal del corral, rompe las cercas. REAL O MATERIAL.- Debido a que con distintas conductas se pueden producir también distintos resultados, pues con motivo del abigeato cuando es sorprendido el activo puede lesionar o inclusive privar de la vida a quien trate de impedir la consumación del delito.
  • 13. CAUSAS DE LICITUD No hay una causa justificable que haga lícito el proceder del activo del delito. Ya que es muy difícil que se dé. Por lo tanto no puede operar a favor del activo ninguna de las eximentes de responsabilidad que se encuentran establecidas en el código penal del estado, que haga lícito, o cuando menos justifique la conducta del ente del delito. LA VICTIMA EN EL DELITO DE ABIGEATO Lo es la persona física o moral, que detente la propiedad de o los semovientes, ya sea vacuno, caballar o mular; esto debido a que lo que se tutela en el abigeato es el patrimonio, puede pertenecer tanto a personas físicas como a personas morales. Existen dos tipos de pasivos. SUJETO PASIVO DE LA CONDUCTA.- Que resulta ser la persona que directamente resiente la conducta típica del diverso penal de abigeato. SUJETO PASIVO DEL DELITO.- Es la persona que resiente la afectación patrimonial por el delito cometido sin que directamente haya padecido la conducta típica por el activo.
  • 14. PUNIBILIDAD 1. Si el robo fuere de una cabeza de ganado, se impondrá de tres año seis meses a siete años de prisión y multa de cinco a veinte días de salario 2. Si el robo fuere de dos a diez cabezas de ganado, con la pena de seis a ocho años de prisión y multa de diez a veinticinco días de salario 3. Si excediere de diez y no de quince cabezas con sanción de ocho a diez años de prisión y multa de quince a cincuenta días de salario, y 4. Si el numero de cabezas fuere mayor de quince, con sanción de diez a doce años de prisión y multa de veinticinco a cien días de salario
  • 15. Además de la pena que corresponda conforme al articulo anterior, se aplicara al sujetoactivo, de seis meses a tres años de prisión, cuando realice la conducta en cualquiera de las circunstancias siguientes: a) Quebrando la confianza o seguridad de una relación de servicio, trabajo o contractual sobre los semovientes, entre el sujeto activo y el ofendido; b) Aprovechándose de las condiciones de confusión que se produzcanpordesorden publico o invasión de los terrenos donde pasten los semovientes, y c)Si el apoderamiento a que se refiere este articulo, se verifica con violencia, o por dos o mas individuos. Artículo 292
  • 16. Articulo 295 SE APLICARA PRISIÓN DE TRES A OCHO AÑOS Y MULTA HASTA DE MIL DÍAS DE SALARIO, A QUIEN COMETA DELITOS RELACIONADOS CON GANADO EN CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES FORMAS: 1.- Hierre, señale animales ajenos, destruya o modifique los fierros, marcas o señales que sirvan para acreditar la propiedad de aquellos. 2.- Expida u otorgue facturas, documentos o guías falsos, simulando ventas o pretenda acreditar una propiedad inexistente, para efectuar cualquier negociación sobre ganado; 3.- Haga conducir animales que no sean de su propiedad , sin estar debidamente autorizado para ello; 4.- Comercie, enajene o trafique de cualquier manera, o haga conducir animales, pieles o cueros robados, que tuvieren borradas o alteradas la marca, fierro o huella;
  • 17. Articulo 295 5.- Detente, posea, custodie, altere o modifique de cualquier manera, la documentación que acredite la propiedad o identificación de un animal o animales robados, o sus productos; 6.- Traslade el o los animales, pieles o ceros robados de un lugar a otro del estado, a otra entidad federativa, o al extranjero; 7.- Teniendo el carácter de servidor publico, en ejecución de sus funciones o aprovechándose de su cargo, participe, encubra, permita , tolere o autorice la ejecución de cualquiera de las conductas señaladas en este capitulo, y 8.- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de algunos de los delitos a que se refiere este capitulo.
  • 18.
  • 19. Registro federal de contribuyente del comprador
  • 20. Indicar con letra y número la cantidad de animales
  • 21. Numero de patente y cuando el ganado ostenta fierro del criador, que solicita la factura
  • 22. Descripción de los animales (especie, raza, color, edad, sexo)
  • 23. Importe de la cuenta
  • 24. Dibujo del fierro o fierros de herraje
  • 25.