Acreedor, qué es y tipos

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¿Qué es un acreedor? ¿qué tipos existen? Poder contestar a estas preguntas es fundamental cuando has de enfrentarte al pago de un crédito. Te las explicamos.
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Conviene conocer la figura del acreedor, los tipos que existen y cuál es su cometido. A la hora de afrontar un crédito, su protagonismo es total y debemos saber qué obligaciones o derechos tenemos.

Qué es un acreedor

Un acreedor es una persona, física o jurídica, que ha entregado un crédito o un bien material a otra persona (deudor) y espera recibir un pago a cambio.

El acreedor tiene derecho a exigir el pago o la obligación acordada en la fecha previamente fijada. En caso de que el deudor no cumpliera con su obligación, el acreedor puede optar a reclamar un activo real del deudor como compensación.

La figura del acreedor está regulada por el Código Civil.

Tipos de acreedores

Los tipos de acreedores se clasifican siguiendo diferentes criterios.

Según la garantía del crédito

Acreedores personales: hace referencia a que la deuda no está documentada. Los casos más habituales son los préstamos entre familiares o amigos, y no permite tomar medidas judiciales contra los deudores en caso de demora o impago.

Acreedores reales: la deuda está documentada, es decir que los términos del acuerdo figuran en un contrato que refleja los derechos y obligaciones de las partes. Permite la reclamación y acción judicial.

Acreedores pignoraticios: Exigen la entrega de un bien a modo de garantía de la devolución del préstamo. El caso característico es la prenda, por lo que también se denominan acreedores prendarios. El acreedor conserva en custodia el bien prendado. En caso de impago, puede vender o subastar el bien. En cambio, si se satisface la deuda, debe reponerlo en las mismas condiciones en que lo recibió.

Según la preferencia del crédito

Las preferencias se asignan en base a la condición del acreedor y la relación jurídica de la deuda.

Acreedores privilegiados. Tienen derecho a cobrar antes que otros acreedores. Los créditos que deben satisfacerse contra la masa, es decir, el conjunto de acreedores que intenta cobrar sus acreencias, son entre otros: los salarios adeudados por los últimos 30 días de trabajo que no superen el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI); las costas y gastos judiciales con motivo del concurso; las deudas alimentarias establecidas por resolución judicial. Además de otros casos, todos los que están determinados por la Ley. A su vez, los privilegiados se dividen en créditos de privilegio especial o general, según afecten a bienes o derechos concretos o a todo el patrimonio del deudor. Por ejemplo, los acreedores pignoraticios cuentan con un privilegio especial.

Acreedores ordinarios o simples. No tienen ningún tipo de privilegio, cobran después que los privilegiados. Se incluye proveedores y otros acreedores no documentados.

Acreedores subordinados. Cobran después que los privilegiados y los ordinarios. No forman parte de la junta de acreedores. Se consideran créditos subordinados:

  • Deudas comunicadas fuera de plazo, aceptadas por la administración concursal.
  • Intereses y multas.
  • Acreedores relacionados con el deudor como socios, Administradores o apoderados.
  • Los que por sentencia judicial se declaren de mala fe u obstaculicen el cumplimiento concursal.
Hombre firmando un documento

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Cuándo se paga a los acreedores

La Ley regula con detalle la clasificación de los diferentes créditos a cobrar y el orden en el que se pagarán. Depende de varios baremos y la propia Administración se ocupa de clasificar los créditos en su informe, pero es un dictamen que es posible discutir para los afectados con la interposición de un incidente concursal.

Los créditos por salarios que tengan la consideración de créditos contra la masa se pagarán de forma inmediata. Los restantes créditos contra la masa, cualquiera que sea su naturaleza y el estado del concurso, se pagarán a sus respectivos vencimientos.

Una vez se haya declarado el concurso, el deudor no podrá satisfacer ningún crédito sin el visto bueno de la administración concursal.

Diferencia entre acreedor y proveedor

Mucha veces se tiende a confundir estas dos figuras que aunque similares en su naturaleza, no lo son en la práctica.

Proveedor: persona física o jurídica a quien compramos un producto o servicio relacionado directamente con la actividad que desarrolla la empresa. Es decir, el proveedor suministra la mercancía que va a ser comercializada o que es necesaria para el proceso productivo de la empresa.

Acreedor: persona física o jurídica a quien compramos productos o servicios que, aunque son necesarios para la actividad normal de la empresa, no están relacionados con la actividad. Dicho de otra forma, el acreedor suministra a la empresa un bien o servicio que permite su funcionamiento.

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Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 7 Sep, 2022
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