Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE FOMENTO
  • Publicado en BOE núm. 171 de 18 de Julio de 2015
  • Vigencia desde 19 de Julio de 2015. Revisión vigente desde 12 de Octubre de 2023
Versiones/revisiones:
(1)

También puede ser expresado por la insuficiencia de peralte máxima que admite según Apéndice A de la ETI OPE.

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(2)

Los bloqueos BLA y BA podrán ser con y sin CTC.

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(3)

Algunos equipos solo disponen de 4 dígitos para indicar la Distancia Meta, por tanto ésta no puede ser superior a 9.900. Aún así, los cambios de velocidad se producirán conforme a la tabla de ejemplos.

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(4)

Velocidad Límite y Velocidad Real comparten escala.

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