Back to top

D.2425.5

E1– Adhesivos: Estos podrán ser transparencias o pegotines. Ambos deberán colocarse sobre las superficies vidriadas no pudiendo superar el 25% de la misma, en cualquiera de los casos. La superficie de publicidad se considerará como el área en que se inscribe la totalidad del mensaje y gráficos.

Transparencias. Dejarán pasar la iluminación y no obstaculizarán la visión hacia el interior del local.

Pegotines. Estos elementos de publicidad y propaganda deberán colocarse concentrados en un sector del plano soporte conformando una unidad.

Podrán colocarse simultáneamente transparencias y pegotines en las superficies vidriadas, concentrando los mismos de manera que conformen una unidad y ocupando hasta un 25% de la superficie vidriada.

En caso de que se coloquen adhesivos para evitar la visibilidad hacia el interior del local, por motivos de seguridad, la publicidad (texto e imágenes) se concentrará respetando el 25% de la superficie del vano y el resto del adhesivo tendrá un color neutro que no se corresponda con los colores institucionales de la firma comercial.

 

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2425.5
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II, Secc. IV, Art. 2425.5
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 12
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0010.0000.0000.0000.0000.D.0010.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.D.2425.0005.0000.0000.0000