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martes, abril 30, 2024
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Comisión de Seguridad Social aprobó dictámenes sobre ahorro de trabajadores

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Comisión de Seguridad Social aprobó dictámenes sobre ahorro de trabajadores

La Comisión de Seguridad Social, presidida por la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (Morena), aprobó tres dictámenes que proponen incrementar el ahorro solidario de los trabajadores, implementar campañas de comunicación sobre la vigencia de la ayuda para gastos funerarios, y sobre retiro de ahorros de la Afore y subcuentas para los trabajadores que tienen enfermedad terminal.

Las reformas, avaladas en reunión de trabajo, son a las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y del Seguro Social.

Incremento porcentual de ahorro de los trabajadores

El primer dictamen, aprobado por 12 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, modifica el primer párrafo del artículo 100 de la Ley del Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para establecer que los trabajadores podrán optar por que se les descuente hasta el cuatro por ciento de su sueldo básico para ser acreditado en la Subcuenta de Ahorro Solidario que se abra al efecto en su cuenta individual.

Ayuda para gastos funerarios

Con 17 votos a favor, se aprobó el proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo trigésimo transitorio a la Ley del Seguro Social, para implementar campañas de comunicación sobre la vigencia de la ayuda para gastos funerarios.

La reforma establece que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá tomar acciones de comunicación continuas para informar a la población derechohabiente y familiares sobre el derecho y la vigencia para recibir la ayuda por gastos funerarios a los que se refiere el artículo 104 de la ley.

Este artículo señala que cuando fallezca un pensionado o un asegurado que tenga reconocidas cuando menos doce cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento, el Instituto pagará a la persona, preferentemente familiar del asegurado o del pensionado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, una ayuda por este concepto que consiste en dos meses del salario mínimo general que rija en la Ciudad de México en la fecha del fallecimiento.

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