Divorcio

Si su matrimonio no tiene solución, nosotros solucionamos su divorcio.

Según los textos enciclopédicos (su acepción viene del latín: “divortĭum”), es la disolución del matrimonio, mientras que, en un sentido amplio, el Divorcio se refiere al proceso que tiene como intención poner término a una unión conyugal.

En términos legales modernos, fue asentado por primera vez en el Código Civil francés de 1804, siguiendo por cierto aquellos postulados que veían al matrimonio como una verdadera unión libre (para contraerlo basta el acuerdo libre de los esposos), y el divorcio como una necesidad natural en este sentido. Nace como una degeneración de un matrimonio vincular cristiano, siguiendo la lógica de la secularización de éste, teniendo por cierto raíces provenientes del Derecho Romano.

La separación ya no es un requisito previo para el divorcio

La reforma de la Ley 15/2005, que modificó a su vez tanto el Código Civil como la LE en materia de separación y divorcio, conllevó novedades legislativas interesantes: los plazos para separarse se acortan, y sobre todo y más importante, ya no es requisito previo separarse antes de divorciarse (“divorcio express”).

Las diferencias entre divorcio y separación

DIVORCIO SEPARACIÓN
Tipos:

  • Mutuo acuerdo
  • Contencioso
Tipos:

  • Mutuo acuerdo
  • Contencioso
Pone fin al vínculo matrimonial civil. No pone fin al vínculo matrimonial civil.
Produce la disolución del régimen económico-matrimonial (los bienes del matrimonio). Produce la separación de bienes desde su sentencia.
Los cónyuges pueden volverá casarse civilmente. Los cónyuges no pueden volver a casarse porque continúan casados.
El otro cónyuge no puede heredar si no existe testamento, ni tiene derecho a la legítima por fallecimiento del otro cónyuge. El otro cónyuge no puede heredar si no existe testamento, ni tiene derecho a la legítima por fallecimiento del otro cónyuge.
Existencia de medidas legales para proteger a los hijos. Existencia de medidas legales para proteger a los hijos.

Los Tipos de Divorcio y Separación

Tanto el divorcio como la separación pueden ser de dos tipos:

De mutuo acuerdo:
Se trata de un proceso rápido y sencillo ya que los cónyuges manifiestan su voluntad de disolver el vínculo matrimonial de forma consensuada. Un acuerdo homologado por un juez, y una sentencia en unos meses pone fin al procedimiento.

Contencioso:
Aquí la cosa se complica, ya que los cónyuges no están dispuestos a gestionar la ruptura matrimonial de una forma amistosa. Por lo tanto conlleva más tiempo, más dinero y sobre todo, más sufrimiento para las partes.

¿Cuando me puedo divorciar o separar legalmente?

En lo referente al tiempo, punto importante cuando una pareja no puede o no quiere continuar compartiendo sus vidas, la reforma legal establece que cuando hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, los cónyuges pueden decidir de mutuo acuerdo separarse o divorciarse. Los requisitos son un convenio regulador que recoja las condiciones de dicho acuerdo.

De esta forma, desaparecen las antiguas causas de divorcio, tales como la infidelidad, el abandono injustificado del hogar, el alcoholismo, u otras, que se venían exigiendo antes de la entrada en vigor de la Ley, ya que sólo es necesario que uno de los cónyuges no desee continuar casado y lo manifieste, sin que el otro se pueda oponerse a la decisión.

¿Qué consecuencias tiene el divorcio?

Divorciarse es una decisión que conlleva múltiples consecuencias: el cese de la vida en común, la de representación (si los hubiere), el uso y disfrute del domicilio conyugal para uno de los cónyuges, el mantenimiento de la patria potestad de los hijos menores, así como la guarda y custodia y, finalmente el establecimiento de las pensiones de alimentos a favor de los hijos habidos en el matrimonio y la pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges, si procediese.

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