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Ley General de Protección Civil
https://www.ucol.mx/content/cms/13/file/federal/LEY_GRAL_D
E_PROT_CIVIL.pdf
ACUERDO que establece los lineamientos del Programa
para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5626632&fe
cha=16/08/2021&print=true
Definición de Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes
perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de
la actividad humana o aquellos provenientes del espacio exterior, que cuando
acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por
su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada
Autoridades Sanitarias en Desastres y Emergencias
Lic. Andres Manuel López Obrador
Dr. Jorge Alcocer Varela
Ley General de Protección Civil
https://www.ucol.mx/content/cms/13/file/federal/LEY_GRAL_DE_PROT_CIVIL.pdf
Emergencia: Situación anormal que puede causar un daño a la sociedad y
propiciar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población en
general, generada o asociada con la inminencia, alta probabilidad o presencia
de un agente perturbador.
Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores
severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad
humana o aquellos provenientes del espacio exterior, que cuando acontecen
en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su
magnitud excedenla capacidad de respuestade la comunidad afectada.
[object File]
Algunos datos COVID-19
Tablero de datos estadísticos en tiempo real
Protección Civil: Es la acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de
los riesgos de origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes
perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y
social en el marco del Sistema Nacional, con el fin de crear un conjunto de
disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de
manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la
Continuidad de Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean
necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así
como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente.
Ficción y fantasia
A pesar de que no se pueden losfenómenos naturlaesque dan origen a los desastresy emergencias
sanitarias,si se puede preveer el daño.
También se debe planear la mitigación del daño y resilienciamediante la GIR
• Daño
• Pkaneación
• Mitigación
• Resiliencia
Fórmula de los Desastres y Emergencias Sanitarias
Riesgo + Vulnerabilidad = Desastre
Ley General de Protección Civil
Fenómeno Sanitario-Ecológico: Agente perturbador que se genera por la acción patógena
de agentes biológicos que afectan a la población, a los animales y a las cosechas, causando
su muerte o la alteración de su salud. Las epidemias o plagas constituyen un desastre
sanitario en el sentido estricto del término. En esta clasificación también se ubica la
contaminación del aire, agua, suelo y alimentos.
Gestión Integral de Riesgos: El conjunto de acciones encaminadas a la identificación,
análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen
multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra a los tres
niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de
acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y
procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las
causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o
resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los riesgos y/o su
proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio,
recuperación y reconstrucción.
Mitigación: Es toda acción orientada a disminuir el impacto o daños ante la presencia
de un agente perturbador sobre un agente afectable.
Peligro: Probabilidad de ocurrencia de un agente perturbador potencialmente
dañino de cierta intensidad, durante un cierto periodo y en un sitio determinado.
Previsión: Tomar conciencia de los riesgos que pueden causarse y las necesidades
para enfrentarlos a través de las etapas de identificación de riesgos, prevención,
mitigación, preparación,atención de emergencias, recuperación y reconstrucción;
Reducción de Riesgos: Intervención preventiva de individuos, instituciones y
comunidades que nos permite eliminar o reducir, mediante acciones de preparación y
mitigación, el impacto adverso de los desastres. Contempla la identificación de
riesgos y el análisis de vulnerabilidades, resiliencia y capacidades de respuesta, el
desarrollo de una cultura de la protección civil, el compromiso público y el desarrollo
de un marco institucional, la implementación de medidas de protección del medio
ambiente, uso del suelo y planeación urbana, protección de la infraestructura crítica,
generación de alianzas y desarrollo de instrumentos financieros y transferencia de
riesgos, y el desarrollo de sistemas de alertamiento.
Riesgo: Daños o pérdidas probables sobre un agente afectable, resultado de la
interacción entre su vulnerabilidad y la presencia de un agente perturbador;
Vulnerabilidad: Susceptibilidad o propensión de un agente afectable a sufrir daños o
pérdidas ante la presencia de un agente perturbador, determinado por factores físicos,
sociales, económicos y ambientales.
Simulacro: Representación mediante una simulación de las acciones de respuesta
previamente planeadas con el fin de observar, probar y corregir una respuesta eficaz
ante posibles situaciones reales de emergencia o desastre. Implica el montaje de un
escenario en terreno específico, diseñado a partir de la identificación y análisis de
riesgos y la vulnerabilidad de los sistemas afectables;
Artículo 10. La Gestión Integral de Riesgos considera, entre otras, las siguientes fases
anticipadas a la ocurrencia de un agente perturbador:
I. Conocimiento del origen y naturaleza de los riesgos, además de los procesos de
construcción social de los mismos.
II. Identificación de peligros, vulnerabilidades y riesgos, así como sus escenarios.
III. Análisis y evaluación de los posibles efectos.
IV. Revisión de controles para la mitigación del impacto.
V. Acciones y mecanismos para la prevención y mitigación de riesgos.
VI. Desarrollo de una mayor comprensión y concientización de los riesgos.
VII. Fortalecimiento de la resiliencia de la sociedad.
Se pretende que la maqueta sea una
representación de este artículo y del artículo 75
Artículo 59. La declaratoria de emergencia es el acto mediante el cual la secretaría
reconoce que uno o varios municipios o delegaciones de una o más entidades
federativas se encuentran ante la inminencia, alta probabilidad o presencia de una
situación anormal generada por un agente natural perturbador y por ello se requiere
prestar auxilio inmediato a la población cuya seguridad e integridad está en riesgo.
Artículo 60. La declaratoria de desastre natural es el acto mediante el cual la
Secretaría reconoce la presencia de un agente natural perturbador severo en
determinados municipios o delegaciones de una o más entidades federativas, cuyos
daños rebasan la capacidad financiera y operativa local para su atención, para efectos
de poder acceder a recursos del instrumento financiero de atención de desastres
naturales. Para el caso de las declaratorias de desastre natural, éstas también podrán
ser solicitadas por los titulares de las instancias públicas federales, a fin de que éstas
puedan atender los daños sufridos en la infraestructura, bienes y patrimonio federal a
su cargo.
Declaratoria de emergencia
Artículo 62. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,
proveerá los recursos financieros para la oportuna atención de las situaciones de
emergencias y de desastres, por lo que en caso de que los recursos disponibles se
hayan agotado, se harán las adecuaciones presupuestarias para la atención emergente
de la población y la reconstrucción de la infraestructura estratégica
Instrumentos financieros
Clasificación de desastres
https://www.fao.org/3/i0304s/i0304s.pdf
Clasificación de desastres
Aquellos relacionadas con factoresmeteorológicos o desastres naturales:
• sequía,
• terremoto
• huracanes
• maremotos
• inundaciones
• fuertes nevadas
• heladas tempranas
• olasde extremo calor o frío
Clasificación de desastres y
emergencias sanitarias
Plagas y enfermedades epidémicas:
• plagas de insectos
• predadores y enfermedades que afectan a los cultivos, a los animales y a las personas.
Conflictoseconómicos:
• cambios drásticos en la economía nacional o local
y su inserción en la economía mundial,
lo que afecta los precios, los mercados, el empleo y la demanda.
Conflictosciviles:
• Guerras
• conflictos armados
• caídas de gobiernos
• Desplazamientos
• destrucciones de vidas y propiedades.
Clasificación de desastres y
emergencias sanitarias
Estrésestacional:
• períodos de hambre e inseguridad alimentaria.
Crisis ambientales:
degradación y erosión del suelo
incendios forestales y contaminación.
Shocks idiosincráticos:
• enfermedad o muerte dentro de la familia
• pérdidas de empleo o robos en la propiedadprivada
Vulnerabilidad estructural:
• falta de voz o poder para protestar.
Ciclo de Desastres y Emergencias Sanitarias
Se recomienda que la evaluación institucional se planifiqueen tres fases:
1. Para comenzar:la fase preparatoria
(a) preparativosinicialesy revisión de literatura
(b) reunión inicial y reuniones de planificación del trabajo en terreno
2. Trabajo en terreno
(c) estudio de diagnósticoa nivelnacional
(d) estudio de diagnósticoa nivel de distrito
(e) estudio de diagnósticoa nivel local
(f) vínculos y coordinación entre niveles institucionales
(g) diagnósticoespecífico del sector
3. Análisisde datos, redacción del informey reunión (es) conclusiva(s)
(h) análisisde datos y redacción del informe
(i) reuniones conclusivascon participantesdel país
(j) consolidación del informe final
Planeación, organización y evaluación de desastres
y emergencias sanitarias
Preparación: Mochila de emergencia y botiquin de primeros
auxilios
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Alerta sanitaria por chinches de cama
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Importante es una Alerta Sanitaria, no una
Emergencia Sanitaria
Análisis de vulnerabilidad por fenómenos naturales regionales
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Estado de Derecho
• El estado de derecho sustenta su valor en la
legalidad.
• Desde el siglo XVIII con la Revolución Francesa
se cuestionó de forma filosófica los principios
actuales de legalidad.
• La vida en sociedad supone la instalación de un
Estado o unidad de acción para defender el
espacio geográfico frente a otros grupos
rivales.
• El sedentarismo va acompañado de un alto
grado de división del trabajo, con relaciones de
intercambio e independencia muy densas que
se convierten en estables.
https://corteidh.or.cr/tabla
s/r28801.pdf
Estado de Derecho y Estado Territorial
• Ese oreden y respuesta en comunidad a las
exigencias de supervivencia y
reproducción definenen un largo historial de la
civilización humana, se puede conceptualizar como
Estado Territorial.
• De mantener el territorio y organizar las actividades
comunitarias, emana un efecto de dominación y
orden, a está cualidad se le denomina principios
políticos.
• También se desarrollo un orden jurídico y la unión
con el Estado que está obligado de crear leyes ejercer
su cumplimiento. Como efecto tenemos deberes,
derechos y la figura de sujeto de derechos.
Estado de Derecho y Estado Feudal
• En los siglos XIV y XV, el Estado se
caracterizó por ser una poliarquía.
• Diversos poderes, grupos e
instituciones tradicionales: monarcas,
parlamentos, señores feudales, la
Iglesia, el Imperio, cuerpos
administrativos, magistrados.
• Esta característica de
fragmentación del Estado no permitía
mantener estabilidad y ocurrin las
crisis económicas.
Estado de Derecho y Estado Feudal
• Ante el aumento de la población y la insustentabilidad del orden, seguridad y economía, el
orden jurídico de títulos estamentales no permitía las relaciones pacíficas ni la convivencia
saludable.
• Se distinguío un grupo de personas consideradas burguesas (población distinguida entre
servidrumbre y monarcas), las cuales ante el desequilibrio del poder jurídico y la exploción
del dominio de los metales, permitió mejorar los medios de producción, capitalizando los
recursos de aquel tiempo.
• Se dieron principios como el libre comercio, libre trabajo, contrato salarial y la adquisición del
territorio (propiedad privada).
• Todas estás características dieron efecto a un Estado Absolutista, por un momento la
servidumbre tuvo acceso a escalar en la pirámide social.
Estado de Derecho y Estado Feudal
Estado de Derecho y Estado Feudal
• Las leyes romanas retomaron la máxima de Estado Absoluto atraves del Imperio.
• La famosa máxima de Ulpiano –quod principi placuit legis habet vicem, “la voluntad del
príncipe tiene fuerza de ley”–se convirtió en un ideal constitucional en las monarquías
renacentistas de todo el Occidente. La idea complementaria de que los reyes y príncipes
estaban ab legibus solutus, o libres de las obligaciones legales anteriores, proporcionó las
bases jurídicas para anular los privilegios medievales, ignorar los derechos tradicionales y
someter las libertades privadas.
• Se dio como resultado que el Estado se concibiera como un pacto entre el soberano y sus
súbditos y continuar con la centralización económica.
• También se institucionalizó el ejercito, sistemas diplomáticos, funcionarios especializados en
el derecho, dotando a la civilización humana de más derechos y deberes.
Estado de Derecho y Estado Feudal
• Del derecho romano del occidente es el fundamento del Estado de Derecho actual en muchas
de las constituciones políticas de los diversos países.
• Es una sujeción del Estado al Derecho a partir de la colección de supuestos primordiales que
sustentan figuras de todos somos iguales, mejorar la economía, pluralidad, voto, ciudadanía,
derecho político, derecho civil, la ley es el derecho, el Derecho es el límite regulatorio de las
funciones del Estado, separación de poderes.
“gobierno de leyes, no de hombres”
• Se rompieron los dogmas y paradigmas de El naturalismo, el racionalismo y el individualismo.
Estado de Derecho en México
• En 1824 se tiene un primer intento de Constitución Política, es hasta 1917 que se logra pactar
entre todas las fuerzas políticas y la población en general una Constitución Política y Nacional.
• Personalidad
• Nacionalidad
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• Libertad
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• Alimentación
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• Defensa y el derecho
• Propiedad privada
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Estado de Derecho en México
• La Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano, analizados apuntan a características
para mantener un Estado de Derecho
1. La división de poderes.
2. La garantía de los derechos fundamentales.
3. La primacía de ley por ser expresión de la
voluntad general frente a las demás normas
jurídicas.
4. La soberanía nacional.
Estado de Derecho y Derechos Humanos
• Apesar de la perpetuación de la civilizaciones
humanas con el Estados de Derecho, existen
violaciones a las jarantías individuales, incluso por
el propio Estado, por lo que en los años 40´s se
desarrollaron organizaciones internacionales para
la protección de los Derechos Humanos.
• Alma Ata y el derecho a la salud
• Objetivos del Milenio
• Objetivos de Desarrollo Sostenible
Humanidad
El estado actual de la humanidad pone a prueba los sistemas de salud
• Agua
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Desastres y emergencias. Parcial 1, UNE sep 2023.pdf

  • 1. Ley General de Protección Civil https://www.ucol.mx/content/cms/13/file/federal/LEY_GRAL_D E_PROT_CIVIL.pdf ACUERDO que establece los lineamientos del Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5626632&fe cha=16/08/2021&print=true Definición de Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad humana o aquellos provenientes del espacio exterior, que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada
  • 2. Autoridades Sanitarias en Desastres y Emergencias Lic. Andres Manuel López Obrador Dr. Jorge Alcocer Varela
  • 3. Ley General de Protección Civil https://www.ucol.mx/content/cms/13/file/federal/LEY_GRAL_DE_PROT_CIVIL.pdf Emergencia: Situación anormal que puede causar un daño a la sociedad y propiciar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población en general, generada o asociada con la inminencia, alta probabilidad o presencia de un agente perturbador. Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad humana o aquellos provenientes del espacio exterior, que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud excedenla capacidad de respuestade la comunidad afectada.
  • 4. [object File] Algunos datos COVID-19 Tablero de datos estadísticos en tiempo real
  • 5. Protección Civil: Es la acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional, con el fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente.
  • 7. A pesar de que no se pueden losfenómenos naturlaesque dan origen a los desastresy emergencias sanitarias,si se puede preveer el daño. También se debe planear la mitigación del daño y resilienciamediante la GIR • Daño • Pkaneación • Mitigación • Resiliencia Fórmula de los Desastres y Emergencias Sanitarias Riesgo + Vulnerabilidad = Desastre
  • 8. Ley General de Protección Civil Fenómeno Sanitario-Ecológico: Agente perturbador que se genera por la acción patógena de agentes biológicos que afectan a la población, a los animales y a las cosechas, causando su muerte o la alteración de su salud. Las epidemias o plagas constituyen un desastre sanitario en el sentido estricto del término. En esta clasificación también se ubica la contaminación del aire, agua, suelo y alimentos. Gestión Integral de Riesgos: El conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción.
  • 9. Mitigación: Es toda acción orientada a disminuir el impacto o daños ante la presencia de un agente perturbador sobre un agente afectable. Peligro: Probabilidad de ocurrencia de un agente perturbador potencialmente dañino de cierta intensidad, durante un cierto periodo y en un sitio determinado. Previsión: Tomar conciencia de los riesgos que pueden causarse y las necesidades para enfrentarlos a través de las etapas de identificación de riesgos, prevención, mitigación, preparación,atención de emergencias, recuperación y reconstrucción;
  • 10. Reducción de Riesgos: Intervención preventiva de individuos, instituciones y comunidades que nos permite eliminar o reducir, mediante acciones de preparación y mitigación, el impacto adverso de los desastres. Contempla la identificación de riesgos y el análisis de vulnerabilidades, resiliencia y capacidades de respuesta, el desarrollo de una cultura de la protección civil, el compromiso público y el desarrollo de un marco institucional, la implementación de medidas de protección del medio ambiente, uso del suelo y planeación urbana, protección de la infraestructura crítica, generación de alianzas y desarrollo de instrumentos financieros y transferencia de riesgos, y el desarrollo de sistemas de alertamiento. Riesgo: Daños o pérdidas probables sobre un agente afectable, resultado de la interacción entre su vulnerabilidad y la presencia de un agente perturbador;
  • 11. Vulnerabilidad: Susceptibilidad o propensión de un agente afectable a sufrir daños o pérdidas ante la presencia de un agente perturbador, determinado por factores físicos, sociales, económicos y ambientales. Simulacro: Representación mediante una simulación de las acciones de respuesta previamente planeadas con el fin de observar, probar y corregir una respuesta eficaz ante posibles situaciones reales de emergencia o desastre. Implica el montaje de un escenario en terreno específico, diseñado a partir de la identificación y análisis de riesgos y la vulnerabilidad de los sistemas afectables;
  • 12. Artículo 10. La Gestión Integral de Riesgos considera, entre otras, las siguientes fases anticipadas a la ocurrencia de un agente perturbador: I. Conocimiento del origen y naturaleza de los riesgos, además de los procesos de construcción social de los mismos. II. Identificación de peligros, vulnerabilidades y riesgos, así como sus escenarios. III. Análisis y evaluación de los posibles efectos. IV. Revisión de controles para la mitigación del impacto. V. Acciones y mecanismos para la prevención y mitigación de riesgos. VI. Desarrollo de una mayor comprensión y concientización de los riesgos. VII. Fortalecimiento de la resiliencia de la sociedad. Se pretende que la maqueta sea una representación de este artículo y del artículo 75
  • 13. Artículo 59. La declaratoria de emergencia es el acto mediante el cual la secretaría reconoce que uno o varios municipios o delegaciones de una o más entidades federativas se encuentran ante la inminencia, alta probabilidad o presencia de una situación anormal generada por un agente natural perturbador y por ello se requiere prestar auxilio inmediato a la población cuya seguridad e integridad está en riesgo. Artículo 60. La declaratoria de desastre natural es el acto mediante el cual la Secretaría reconoce la presencia de un agente natural perturbador severo en determinados municipios o delegaciones de una o más entidades federativas, cuyos daños rebasan la capacidad financiera y operativa local para su atención, para efectos de poder acceder a recursos del instrumento financiero de atención de desastres naturales. Para el caso de las declaratorias de desastre natural, éstas también podrán ser solicitadas por los titulares de las instancias públicas federales, a fin de que éstas puedan atender los daños sufridos en la infraestructura, bienes y patrimonio federal a su cargo. Declaratoria de emergencia
  • 14. Artículo 62. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, proveerá los recursos financieros para la oportuna atención de las situaciones de emergencias y de desastres, por lo que en caso de que los recursos disponibles se hayan agotado, se harán las adecuaciones presupuestarias para la atención emergente de la población y la reconstrucción de la infraestructura estratégica Instrumentos financieros
  • 16. Clasificación de desastres Aquellos relacionadas con factoresmeteorológicos o desastres naturales: • sequía, • terremoto • huracanes • maremotos • inundaciones • fuertes nevadas • heladas tempranas • olasde extremo calor o frío
  • 17. Clasificación de desastres y emergencias sanitarias Plagas y enfermedades epidémicas: • plagas de insectos • predadores y enfermedades que afectan a los cultivos, a los animales y a las personas. Conflictoseconómicos: • cambios drásticos en la economía nacional o local y su inserción en la economía mundial, lo que afecta los precios, los mercados, el empleo y la demanda. Conflictosciviles: • Guerras • conflictos armados • caídas de gobiernos • Desplazamientos • destrucciones de vidas y propiedades.
  • 18. Clasificación de desastres y emergencias sanitarias Estrésestacional: • períodos de hambre e inseguridad alimentaria. Crisis ambientales: degradación y erosión del suelo incendios forestales y contaminación. Shocks idiosincráticos: • enfermedad o muerte dentro de la familia • pérdidas de empleo o robos en la propiedadprivada Vulnerabilidad estructural: • falta de voz o poder para protestar.
  • 19. Ciclo de Desastres y Emergencias Sanitarias
  • 20. Se recomienda que la evaluación institucional se planifiqueen tres fases: 1. Para comenzar:la fase preparatoria (a) preparativosinicialesy revisión de literatura (b) reunión inicial y reuniones de planificación del trabajo en terreno 2. Trabajo en terreno (c) estudio de diagnósticoa nivelnacional (d) estudio de diagnósticoa nivel de distrito (e) estudio de diagnósticoa nivel local (f) vínculos y coordinación entre niveles institucionales (g) diagnósticoespecífico del sector 3. Análisisde datos, redacción del informey reunión (es) conclusiva(s) (h) análisisde datos y redacción del informe (i) reuniones conclusivascon participantesdel país (j) consolidación del informe final Planeación, organización y evaluación de desastres y emergencias sanitarias
  • 21. Preparación: Mochila de emergencia y botiquin de primeros auxilios https://www.gob.mx/profeco/documentos/mochila-de-emergencia-y-botiquin-de-primeros-auxilios
  • 22. Alerta sanitaria por chinches de cama https://youtu.be/v9p4KvjuhtU?si=z3amHjt28j3RXIHW Importante es una Alerta Sanitaria, no una Emergencia Sanitaria
  • 23. Análisis de vulnerabilidad por fenómenos naturales regionales https://www.cenapred.unam.mx/es/Publicaciones/archivos/36-DIAGNSTICODEPELIGROSEIDENTIFICACINDERIESGOSDEDESASTRESENMXICO.PDF
  • 24. Estado de Derecho • El estado de derecho sustenta su valor en la legalidad. • Desde el siglo XVIII con la Revolución Francesa se cuestionó de forma filosófica los principios actuales de legalidad. • La vida en sociedad supone la instalación de un Estado o unidad de acción para defender el espacio geográfico frente a otros grupos rivales. • El sedentarismo va acompañado de un alto grado de división del trabajo, con relaciones de intercambio e independencia muy densas que se convierten en estables. https://corteidh.or.cr/tabla s/r28801.pdf
  • 25. Estado de Derecho y Estado Territorial • Ese oreden y respuesta en comunidad a las exigencias de supervivencia y reproducción definenen un largo historial de la civilización humana, se puede conceptualizar como Estado Territorial. • De mantener el territorio y organizar las actividades comunitarias, emana un efecto de dominación y orden, a está cualidad se le denomina principios políticos. • También se desarrollo un orden jurídico y la unión con el Estado que está obligado de crear leyes ejercer su cumplimiento. Como efecto tenemos deberes, derechos y la figura de sujeto de derechos.
  • 26. Estado de Derecho y Estado Feudal • En los siglos XIV y XV, el Estado se caracterizó por ser una poliarquía. • Diversos poderes, grupos e instituciones tradicionales: monarcas, parlamentos, señores feudales, la Iglesia, el Imperio, cuerpos administrativos, magistrados. • Esta característica de fragmentación del Estado no permitía mantener estabilidad y ocurrin las crisis económicas.
  • 27. Estado de Derecho y Estado Feudal • Ante el aumento de la población y la insustentabilidad del orden, seguridad y economía, el orden jurídico de títulos estamentales no permitía las relaciones pacíficas ni la convivencia saludable. • Se distinguío un grupo de personas consideradas burguesas (población distinguida entre servidrumbre y monarcas), las cuales ante el desequilibrio del poder jurídico y la exploción del dominio de los metales, permitió mejorar los medios de producción, capitalizando los recursos de aquel tiempo. • Se dieron principios como el libre comercio, libre trabajo, contrato salarial y la adquisición del territorio (propiedad privada). • Todas estás características dieron efecto a un Estado Absolutista, por un momento la servidumbre tuvo acceso a escalar en la pirámide social.
  • 28. Estado de Derecho y Estado Feudal
  • 29. Estado de Derecho y Estado Feudal • Las leyes romanas retomaron la máxima de Estado Absoluto atraves del Imperio. • La famosa máxima de Ulpiano –quod principi placuit legis habet vicem, “la voluntad del príncipe tiene fuerza de ley”–se convirtió en un ideal constitucional en las monarquías renacentistas de todo el Occidente. La idea complementaria de que los reyes y príncipes estaban ab legibus solutus, o libres de las obligaciones legales anteriores, proporcionó las bases jurídicas para anular los privilegios medievales, ignorar los derechos tradicionales y someter las libertades privadas. • Se dio como resultado que el Estado se concibiera como un pacto entre el soberano y sus súbditos y continuar con la centralización económica. • También se institucionalizó el ejercito, sistemas diplomáticos, funcionarios especializados en el derecho, dotando a la civilización humana de más derechos y deberes.
  • 30. Estado de Derecho y Estado Feudal • Del derecho romano del occidente es el fundamento del Estado de Derecho actual en muchas de las constituciones políticas de los diversos países. • Es una sujeción del Estado al Derecho a partir de la colección de supuestos primordiales que sustentan figuras de todos somos iguales, mejorar la economía, pluralidad, voto, ciudadanía, derecho político, derecho civil, la ley es el derecho, el Derecho es el límite regulatorio de las funciones del Estado, separación de poderes. “gobierno de leyes, no de hombres” • Se rompieron los dogmas y paradigmas de El naturalismo, el racionalismo y el individualismo.
  • 31. Estado de Derecho en México • En 1824 se tiene un primer intento de Constitución Política, es hasta 1917 que se logra pactar entre todas las fuerzas políticas y la población en general una Constitución Política y Nacional. • Personalidad • Nacionalidad • Nombre • Libertad • Seguridad y paz • Alimentación • Vivienda • Educación • Salud • Elección y sufragio • Defensa y el derecho • Propiedad privada • Estado provedor
  • 32. Estado de Derecho en México • La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, analizados apuntan a características para mantener un Estado de Derecho 1. La división de poderes. 2. La garantía de los derechos fundamentales. 3. La primacía de ley por ser expresión de la voluntad general frente a las demás normas jurídicas. 4. La soberanía nacional.
  • 33. Estado de Derecho y Derechos Humanos • Apesar de la perpetuación de la civilizaciones humanas con el Estados de Derecho, existen violaciones a las jarantías individuales, incluso por el propio Estado, por lo que en los años 40´s se desarrollaron organizaciones internacionales para la protección de los Derechos Humanos. • Alma Ata y el derecho a la salud • Objetivos del Milenio • Objetivos de Desarrollo Sostenible
  • 34. Humanidad El estado actual de la humanidad pone a prueba los sistemas de salud • Agua • Tierra • Fuego • Aire • Madera • Metales • Mécánica • Luz • Imprenta • Leyes • Computadoras • Administración • Inteligencia • Móviles https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollo-sostenible/