Puebla ocupa el quinto lugar a nivel nacional en incendios forestales
Carta aclaratoria
1. 15 de octubre de 2015
Roberto Desachy Severino
Director General del portal desdepuebla.com
Presente
Estimado director:
Por este conducto me dirijo a usted de la manera más respetuosa, con el objetivo de
solicitar derecho de réplica, ante la nota periodística firmada por usted, intitulada
“Comisiones Nacional y Estatal de los Derechos Humanos, las culpables de NO emitir la
alerta de género en Puebla”, publicada el 14 de octubre de 2015, en la que se hace
referencia al actuar de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH
Puebla), para emitir la alerta de género, por lo que es preciso manifestar lo siguiente:
Con el fin de obtener información objetiva que permita determinar si en el estado de
Puebla o en parte de su territorio, existe “violencia feminicida”, la CDH Puebla inició de
oficio el expediente 5719/2015, radicado en la Primera Visitaduría General. El expediente
se integrará con la información que proporcionen las autoridades involucradas en la
atención a la violencia de género, además de los poderes legislativo y judicial; las
organizaciones de la sociedad civil que tengan por objeto promover los derechos
humanos de las mujeres y/o la erradicación de la violencia de género; las universidades
que cuenten con información sobre el tema; así como diversos actores sociales que se
han pronunciado al respecto.
Una vez que se reciba la información y se considere suficientemente integrado el
expediente, la CDH Puebla estará en posibilidades de resolver sobre la solicitud de una
alerta de violencia de género, por parte de la Secretaría de Gobernación. Cabe recordar
que este expediente tuvo su origen en la petición de investigación de las comisiones
unidas de Procuración y Administración de Justicia y de Igualdad de Género, del
Congreso del Estado de Puebla.
Con relación a sus señalamientos donde expone que: “... dicha alarma debe ser emitida
por las comisiones Estatal o Nacional de Derechos Humanos (CEDH y CNDH) o por
organismos internacionales de derechos humanos. Incluso, instituciones legalmente
2. constituidas de la sociedad civil podrían lanzarla, aunque – hasta ahora- las ONGS de
Puebla se han limitado a condenar los asesinatos contra las mujeres y a exigir que las
autoridades intervengan.", es importante mencionar que diversas organizaciones de la
sociedad civil, se han manifestado por un análisis previo a la solicitud de alerta de
violencia de género; que sea objetivo; que proporcione certidumbre sobre la situación de
la violencia feminicida en Puebla y que permita al gobierno y a la sociedad, emprender las
acciones más adecuadas para erradicar la violencia contra las mujeres.
Entre estas se encuentran: Mujeres Hacia Un Futuro, A.C.; Mujeres Vasos Frágiles, A.C.;
Mujer Cereso en Libertad, A.C.; Grupo de Autoapoyo El Roble, A.C.; Grupo de Apoyo a
Mujeres Oncológicas, A.C. y la Fundación Olga Ramos, A.C.
Estas organizaciones han considerado que la situación de la violencia feminicida requiere
un análisis cualitativo y no sólo cuantitativo, que se lleve a cabo de manera seria; en el
que se aprovechen los trabajos que algunas organizaciones de la sociedad civil
enfocadas en el tema. Si bien las organizaciones de la sociedad civil están legitimadas
para solicitar la alerta de violencia de género, de conformidad con la Ley General de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el espacio que ha abierto la CDH
Puebla, a través de un expediente de investigación en que se ha solicitado la colaboración
de las organizaciones, permite que se coordinen los esfuerzos y se dirijan hacia la
objetividad que el tema requiere.
El presidente de la CDH Puebla, está comprometido en analizar si se reúnen los
elementos de la violencia feminicida que se señalan en la Ley y con ello, de forma
motivada jurídicamente, presentar la solicitud de alerta de violencia de género a la
autoridad federal.
También hago de su conocimiento que la CDH Puebla ha solicitado información, al
Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia de Género,
según el artículo 34, de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia del Estado de Puebla, conformado por las siguientes autoridades:
3. Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla.
Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.
H. Congreso del Estado de Puebla
Instituto Poblano de las Mujeres.
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.
Secretaría General de Gobierno del Estado de Puebla.
Secretaría de Salud y de los Servicios de Salud del Estado de Puebla.
Secretaría de Educación Pública del Estado.
Secretaría de Seguridad Pública del Estado.
Secretaría de Desarrollo Social del Estado.
Defensoría Pública, de la Secretaría General de Gobierno.
Además, solicitó la colaboración de diversas organizaciones de la sociedad civil, cuyo
objeto social es promover los derechos humanos de las mujeres y/o erradicar la violencia
de género:
Acompáñame Mujer, A.C.
Alianza Garantizada a Mujeres y Hombres a la Igualdad en el Goce de todos los Derechos
Humanos, A.C.
Casa Fuente de Apoyo a Mujeres, Niñas y Niños Víctimas de Violencia, A.C.
Comité para Eliminar la Discriminación Contra las Mujeres, A.C.
DELAFAM, A.C.
Familia, Fuerza del Futuro, A.C.
Fraternidad de Mujeres Poblanas, A.C.
Fundación de Asistencia Nacional Gracias por Vivir, A.C.
GAMO Grupo de Apoyo a Mujeres Oncológicas, A.C.
4. IKAL en Pro del Desarrollo Comunitario, A.C.
Mujer Cereso en Libertad, A.C.
Mujeres del Siglo XXI Musi XXI, A.C
Mujeres Vasos Frágiles, A.C.
Okichpipil in Ayotochtli, A.C.
ORG. MUHAF, A.C.(Mujeres Hacia un Futuro A.C)
Organización de Mujeres del Progreso y Bienestar de la Familia Poblana, A.C.
Transformando Hogares, A.C.
Transformando Miradas, A.C.
Vas Vanessa Aguilar Sánchez con los Derechos Humanos, A.C.
Observatorio ciudadano de derechos sexuales y reproductivos, A.C.
Consejo Coordinador de Organizaciones no Gubernamentales del Estado de Puebla, A.C.
Red de Mujeres Rurales e Indígenas Poblanas A.C.
Observatorio de Violencia Social y de Género de la Sierra Norte de Puebla, A.C.
Asociación de Mujeres Periodistas y Escritoras de Puebla, A.C.
Centro de Derechos Humanos, Joel Arriaga Navarro, A.C.
Impulsora del Desarrollo de Comunidades Vulnerables, A.C.
CAREMMKA, A.C.
El Taller Centro de Sensibilización y Educación Humana, A.C.
Red de Mujeres Unidas en Chachapa Remache, A.C.
Observatorio de Violencia Social y de Género de la Universidad Iberoamericana, Campus
Puebla.
5. De igual modo, se consideró importante la colaboración de universidades y sus
asociaciones, en caso de contar con estudios o proyectos sobre la violencia en contra de
las mujeres a:
Asociación de Universidades e Instituciones de Educación Media y Superior. (AUIEMSS).
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP)
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Puebla (ITESM).
Universidad de las Américas Puebla (UDLAP).
Universidad Anáhuac Puebla.
Universidad Iberoamericana de Puebla (UIA).
Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP).
Universidad del Valle de México, Campus Puebla (UVM).
Universidad Interamericana (UI).
Finalmente, le comento que se abrió el espacio de participación en la investigación
también a los actores sociales que se han pronunciado públicamente a favor de la
solicitud de la alerta de violencia de género, por lo que se les ha solicitado su
colaboración a:
Frente de Organizaciones Sociales y Políticas de Puebla (FOSYPPUE).
Movimiento de Alternativa Social (MAS).
Red Mexicana de Franquicias.
Dip. Julián Peña Hidalgo.
Dip. Geraldine González.
Dip. Alejandro Armenta Mier.
Dip. Xitlalic Ceja García.
Senadora Blanca Alcalá Ruiz.
Senadora María Lucero Saldaña.
6. Mtra. Rocío García Olmedo.
Sin más por el momento, solicito a usted se haga la aclaración y publicación de la
presente en su medio de comunicación.
Atentamente
L.C.C Abraham Espinosa Flores
Comunicación Social y Relaciones Públicas