Exposicion de Mag. Hugo Ambrosio Bejarano
IV Congreso Internacional de Informatica Forense y Hacking Etico
Sabado 13 de Septiembre
Sociedad de Ingenieros de Bolivia - Departamental Chuquisaca
Sucre 2014
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Rol del fedatario informático
1. ROL DEL FEDATARIO INFORMATICO
Mg. HUGO RAMIRO AMBROSIO BEJARANO
Bolivia, 13 de Setiembre del 2014
2. EL FEDATARIO INFORMATICO
Es el Abogado que luego de cumplir con los
requisitos para ser Notario Público, previo
concurso y aprobación del curso de
especialización en derecho e informática.
Juramentado ante la Corte Superior del
Distrito Judicial del Poder Judicial.
Está autorizado para ejercer de manera
inpedendiente la función del despositario de la
fe pública que le encarga el Estado.
3. EL FEDATARIO INFORMATICO
Tiene la responsabilidad de acreditar con su
firma la originalidad del contenido de la fuente
documental que se guarda en soporte
magnético, discos compactos u ópticos.
Estas copias tendrán valor probatorio si son
presentados como medio probatorio, en el
ámbito jurisdiccional, en razón que esta
equipara al papel.
4. EL FEDATARIO INFORMATICO
Por su profesionalismo y respeto a los valores
éticos con los que actúa en el proceso de
digitalización, garantiza la legalidad en los
actos que interviene.
La función que cumple es importante para el
desarrollo del país, en razón que sus actos
están relacionados con el desarrollo de la
tecnología de punta.
6. DADOR DE FE PÚBLICA
Depositario de
la fe pública
Verdad
Imparcialidad
Autenticidad
FEDATARIO
Documento
que autoriza
Valor legal
Medio de prueba
Nuevo original en
soporte magnético
Jurista calificado y
experto informático
7. PRESUNCIÓN DE FE PÚBLICA
ARCHIVOS DIGITALES
Microforma
MICROFILM
DIGITALIZACION
ARCHIVO ELECTRONICO
FEDATARIOS PÚBLICOS
Y PARTICULARES
NOTARIOS PUBLICOS
8. PRINCIPIO DE EQUIVALENCIA FUNCIONAL
Garantes
Principios
Herramientas
NOTARIO PÚBLICO
Firma manuscrita
Documento papel
Archivo físico
Domicilio habitual
Notificación en
papel
FEDATARIO
INFORMÁTICO
Firma digital
Microforma
Microarchivo
Domicilio electrónico
Notificación electrónica
VALIDEZ Y EFICACIA JURIDICA
FE PÚBLICA
10. MICROFORMAS
Son imágenes reducida y condensada, o captada, o
digitalizada de un documento, que se encuentra
grabado en un medio físico técnicamente idóneo, que
le sirve de soporte material portador, mediante un
proceso fotoquímico, informático, electrónico,
electromagnético.
11. MICROFORMAS
Asimismo, debe de emplearse alguna tecnología de
efectos equivalentes, de modo que tal imagen se
conserve y pueda ser vista y leída con la ayuda de
equipos visores o métodos análogos; y pueda ser
reproducida en copias impresas, esencialmente
iguales al documento original.
12. CARACTERISTICAS DE LAS MICROFORMAS
Según el Artículo 5 del decreto Legislativo 681, en el
procedimiento técnico sus duplicados y copias files
deben garantizar las características:
Las microformas reproducen los documentos
originales con absoluta fidelidad e integridad.
Las microformas sean obtenidos tengan cualidades
de durabilidad, inalterabilidad y fijeza superiores o al
menos similares a los documentos originales.
Los microduplicados sean reproducciones de
contenido exactamente igual a las microformas
originales y con similares características.
13. CARACTERISTICAS DE LAS MICROFORMAS
A partir de las microformas y de los microduplicados
pueden recuperarse , en papel u otro material
similar, copias fieles y exactas del documento
original que se halla micrograbado en aquellas.
Las microformas bajo la modalidad de documentos
producidos por procedimientos informáticos y medios
similares tengan sistemas de seguridad de datos e
información que aseguren la inalterabilidad e
integridad.
Esta modalidad de microformas se incluya signatura
o firma informática, esta deberá ser inalterable, fija,
durable y comprobable mediante medios técnicos
idoneos para que tenga valor legal.
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14. EFICACIA PROBATORIA DE LAS MICROFORMAS
La reproducción de los documentos originales deben de ser
con absoluta fidelidad e integridad.
El resultado representado por las microformas deben
poseer cualidades de durabilidad, inalterabilidad y fijeza,
similares al original.
Las copias representadas por los microduplicados deben de
producir reproducciones exactas a la original y con
similares características.
A partir de las microformas y de los duplicados pueden
recuperarse, en papel u otro material similares, copias
fieles y exactas del documento original que se halla
micrograbado en ella.
15. CONCLUSIONES
El fedatario juramentado es el profesional de derecho
que tiene especializarse en informática jurídica y
derecho informático, para dar fe pública en medios
electrónicos en el proceso de micrograbación.
El uso de las tecnologías de punta aplicados a los
archivos de documentos e información que
contienen, se pueden elaborar microformas y
permiten el ahorro de espacio.
Los archivos de las organizaciones constituyen el
legajo de la gestión documental y las microformas
pueden ser utilizados como medio de prueba en
procesos administrativos, civiles, laborales y penales.