SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 22
EL DERECHO ALIMENTARIO 
SIGNIFICADO DE LA PALABRA ALIMENTOS 
En la Enciclopedia Jurídica Omeba se define jurídicamente como alimentos a “todo aquello 
que una persona tiene derecho a percibir de otra –por ley, declaración judicial o convenio– 
para atender a su subsistencia, habitación, vestido, asistencia médica, educación e instrucció 
NATURALEZA JURÍDICA 
Se trata de un derecho de categoría especial, que forma parte, como 
todo el contenido del derecho de familia, del Derecho Social
Clases 
Legales. 
Permanentes. 
Provisionales 
Voluntario 
Surgen sin mandato de 
la ley, surge de la 
propia iniciativa de 
una persona
CARACTERISTICAS DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA: 
Personalísima. Variable. 
Intrasmisible. Recíproca. 
Irrenunciable. Incompensable.
OBLIGACIÓN RECÍPROCA DE ALIMENTOS. 
Entre Los 
Cónyuges 
• Se origina en el deber fundamental de asistencia que tienen los 
cónyuges por efecto del matrimonio 
Ex- 
Cónyuges 
• Con un carácter esencialmente humanitario y solidario, se 
permite que subsista dicha obligación en los casos de ex-cónyuges 
Concubinos 
• El derecho de alimentos en una forma muy especial, solo 
bajo ciertas condiciones, como la falta de impedimentos 
matrimoniales, el tiempo establecido de convivencia, etc.
Los 
Ascendientes 
• Los hijos tienen prioridad sobre los demás descendientes. Esta obligación 
nace como consecuencia o efecto del vínculo de filiación establecido 
jurídicamente, que puede ser matrimonial, extramatrimonial o de adopción 
Los Demás 
Ascendientes 
• En el que la obligación alimentaria no pasa a los demás ascendientes. Tal es el caso de 
los llamados hijos. 
• Los padres que por causa de pobreza no pueden sufragar los alimentos de sus hijos. 
Ante tal circunstancia, es justo y lógico que los demás ascendientes, los abuelos, 
asuman dicha obligación de acuerdo a sus posibilidades. 
Hijos 
Mayores De 
Edad 
• Cuando no se encuentren en posibilidades de sufragar su 
sostenimiento o cuando se encuentren cursando estudios
DERECHO DE ALIMENTOS EN EL MAYOR DE EDAD (DERECHO COMPARADO) 
ITALIA 
Al alcanzar la mayoría de edad los 18 años cesa el ejercicio de 
la patria potestad, pero la obligación de manutención puede 
prorrogarse hasta que el hijo logre independizarse 
MEXICO 
La jurisprudencia a dispuesto que “la obligación de 
proporcionar alimentos a los hijos mayores de edad no 
desaparece por el solo hecho de que estos lleguen a esas 
edad. 
FRANCIA 
La cesación de la obligación alimentaria se produce cuando el 
hijo alcanza la mayoría de edad, a los 18 años, SIN EMBARGO 
esta responsabilidad “persiste hasta el fin de la educación del 
hijo” o “hasta la obtención de un empleo remunerado 
CHILE Se llama alimentos a lo necesario que se le da al alimentado para 
vivir, ya sea de acuerdo a su posición social o lo suficiente para subsistir, si es 
menor de edad, comprenderá: educación, vivienda, recreación. los alimentos 
concedidos a los descendientes y a los hermanos se devengaran hasta que 
cumplan 21 años, salvo que estén estudiando una profesión u oficio, caso en 
el cual cesaran a los 28 años
EL HIJO PURAMENTE ALIMENTISTA 
Son hijos alimentistas los hijos extramatrimoniales no reconocidos ni 
declarados judicialmente como hijo de un determinado padre o madre, 
por ende no llevan sus apellidos, no tienen derechos sucesorios, así 
como tampoco el amparo de la patria potestad. 
Para Héctor Cornejo Chávez, es a quien debe de pasarle una pensión alimenticia 
hasta cierta edad. “Un varón que hubiere mantenido relaciones sexuales con la madre 
en la época de concepción y a quien la ley no le niegue el derecho a subsistir, por 
consiguiente, alguien deberá alimentarlo mientras No pueda valerse por sí mismo” 
El hijo puramente alimentista presenta una peculiaridad, si no 
consigue alimentos de su presunto padre, no puede reclamarlos al 
padre de este, ya que legalmente no es su abuelo, la obligación de 
prestarse alimentos que tienen un padre y su hijo alimentista no se 
extiende a los ascendientes de la línea paterna
TITULARES DE LA ACCION 
LA MADRE 
• Es la primera 
legitimada para 
promover el 
pedido de 
alimentos 
EL PROPIO HIJO 
• El niño o adolescente 
puede demandar los 
alimentos provisorios al 
presunto padre asistido 
por un tutor especial 
EL TUTOR, CUALQUIERA DE LOS 
PARIENTES Y EL GUARDADOR 
• Cuando los tengan a su cargo y 
se trate de niños huérfanos o 
abandonados Creemos 
conveniente, agregar este 
supuesto en nuestra legislación 
Peruana
PROBANZA DE LAS RELACIONES SEXUALES 
La probanza de las relaciones sexuales no podrá 
obtenerse más que de una manera indirecta y de 
acuerdo a las circunstancias de cada caso 
La obligación de prestar alimentos para el hijo alimentista 
no deriva de la certeza de la paternidad sino de la existencia 
de presuntas relaciones sexuales en la época de la 
concepción 
Nuestro Código con la modificatoria por Ley N° 27048, se 
establece que el demandado podrá solicitar la aplicación de 
la prueba genética u otras de validez científica
DERECHO A UNA PENSIÓN ALIMENTARIA. 
Acreedor alimentista puede reclamarlo hasta los 18 años de edad, sin embargo dicha 
pensión continua vigente si el hijo referido no puede proveer a su subsistencia por 
incapacidad física o mental. 
LIMITACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA ENTRE PADRE E HIJO 
ALIMENTISTA. 
El artículo 415º, no se extiende a los descendientes y ascendientes de la línea paterna. 
Por el contrario, ellos, los herederos, solo asumen la responsabilidad de cumplir con 
el pago de la pensión de alimentos, pero no la obligación en sí misma 
PENSIÓN ALIMENTICIA Y GRAVAMEN SOBRE LA PORCIÓN 
DISPONIBLE. 
Según el artículo 728º, si el testador estuviese obligado al pago de una 
pensión alimenticia conforme al artículo 415º, la porción disponible 
quedará gravada hasta donde fuera necesario para cumplirla.
PENSIÓN ALIMENTICIA Y GRAVAMEN SOBRE LA PORCIÓN DISPONIBLE. 
Una manera de exonerarse del pago de esta pensión alimenticia es el sometimiento del 
demandado junto con el supuesto hijo a la aplicación de la prueba genética u otra de validez 
científica con igual o mayor grado de certeza. 
A este extramatrimonial puramente alimentista no le es la aplicación lo dispuesto 
en el art 424 del código civil referente a la subsistencia de la obligación 
alimentaria por no tratarse legalmente de un hijo.
EXTINCIÓN DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA 
POR MAYORIA DE EDAD DEL ALIMENTISTA. 
Que la obligación alimentaria cesa cuando el alimentista 
cumple la mayoría de edad. 
Ya que esta persona puede por cuenta propia agenciarse de 
recursos para su propia subsistencia
EXTINCIÓN DEL DERECHO ALIMENTARIO POR MUERTE DEL 
ALIMENTISTA O DEL OBLIGADO 
MUERTE DEL 
ALIMENTISTA 
Se extingue el derecho por parte 
del alimentista, pues deja de 
existir la persona necesitada de 
los alimentos y consecuentemente 
se extingue la obligación del 
deudor alimentario 
Se asimilan a esta regla la declaración 
de muerte presunta, y en la práctica 
podría decirse que los casos de 
ausencia y desaparición. Los gastos 
funerarios corren a cuenta de su 
representante legal, ya que no es 
obligación del deudor alimentario 
MUERTE DEL DEUDOR 
ALIMENTARIO 
La obligación alimentaria no 
es transferible, por lo tanto 
habiendo fallecido el deudor 
se extingue la obligación 
alimenticia. 
Puede ocurrir que el acreedor 
permanezca en estado de necesidad, los 
herederos del deudor alimentario no 
tendrían que pagar al alimentista más 
de lo que habría recibido como 
heredero si hubiese sido reconocido o 
judicialmente declarado.
EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA POR DISMINUCIÓN DE 
INGRESOS POR PARTE DEL OBLIGADO ALIMENTARIO. 
 En la obligación de dar alimentos a los hijos matrimoniales, cuando el deudor 
alimentario no pueda prestar alimentos porque sus ingresos han disminuido, la 
obligación se desplaza hacia otros obligados, tal como lo establece el art. 478 de 
nuestro Código Civil Peruano. 
 Nuestro Código Civil no regula tales supuestos para el “hijo puramente 
alimentista 
 Se podría hacer una reestructuración de la obligación alimentaria, para no dejar 
desamparado al alimentista. Y que una vez en que se haya estabilizado los 
ingresos del deudor alimentario, éste seguirá cumpliendo la obligación inicial
 ¿Qué sucede cuando el hijo puramente alimentista 
cumple la mayoría de edad? 
 Casación nº 2466-2003-APURIMAC 3er fundamento: 
«…artículo 487º del código civil modificado por la ley Nº 2760046 procede al 
alimentista cuando ha transcurrido la mayoría de edad, -…si está siguiendo 
una profesión u oficio exitosamente…, artículo que resulta perfectamente 
aplicable a los hijos alimentistas al ser coherente con el artículo sexto in fine 
de la constitución Política del Estado, según el cual todos los hijos tienen 
iguales derechos y deberes…”
EL PURAMENTE ALIMENTISTA: ¿HIJO? 
 El artículo 361º del código civil, prescribe que “…es hijo, el nacido durante el 
matrimonio…”; 
 El artículo 367º del código civil prescribe que “…adquiere la calidad de hijo 
aquel que ha sido adoptado…” y 
 El artículo 386º del código civil “…son hijos extramatrimoniales los concebidos y 
nacidos fuera del matrimonio…” éste último artículo en concordancia con el 
artículo 387º del código civil, el cual prescribe “la prueba de la filiación 
extramatrimonial” 
 Denominar “acreedor alimentario”, ya que no existe una prueba sustancial que 
verifique la paternidad, siendo ésta una presunción iuris tantum, por cuanto que 
el artículo 415º establece que supuestamente es el hijo alimentista, aquel hijo 
extramatrimonial, que no ha sido reconocido voluntariamente o por sentencia 
judicial, y que solo se realiza una cierta “presunción».
 La Casación Nº 2466-2003-APURIMAC observamos, es errónea, porque 
considera que el acreedor alimentario es “hijo”, y que como hemos observado no 
hay tal categoría, y mucho menos es inoportuno hacer mención al artículo 6º de 
la Constitución. 
 Es voluntad del deudor alimentario, seguir aportando alimentos al acreedor 
alimentario, cuando éste cumpla la mayoría de edad, ya que como tenemos 
entendido que toda persona que cumple la mayoría de edad es capaz de realizar 
actividades que puedan servir para su propia subsistencia, a excepción por 
supuesto de aquellas personas que tengan una discapacidad que no le permita 
realizar las actividades para sus cubrir sus propias necesidades

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

OBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASOBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASTanniallafer
 
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDACONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDABEAEBL
 
Obligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujetoObligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujetoRogelio Armando
 
Dignidades e indignidades (ecuador)
Dignidades e indignidades (ecuador)Dignidades e indignidades (ecuador)
Dignidades e indignidades (ecuador)Diego Clavijo
 
Jurisdicción y competencia
Jurisdicción y competenciaJurisdicción y competencia
Jurisdicción y competenciaEyini Rodriguez
 
Obligacion de dar, hacer y no hacer
Obligacion de dar, hacer y no hacerObligacion de dar, hacer y no hacer
Obligacion de dar, hacer y no hacerCesar Vasquez
 
La Filiacion Derecho Civil Familia
La Filiacion Derecho Civil FamiliaLa Filiacion Derecho Civil Familia
La Filiacion Derecho Civil FamiliaIvonne Duran
 
Los Contratos y sus efectos
Los Contratos y sus efectos Los Contratos y sus efectos
Los Contratos y sus efectos miskalysV
 
Linea de tiempo derecho civil obligaciones concetto corindia saia a
Linea de tiempo derecho civil obligaciones concetto corindia saia aLinea de tiempo derecho civil obligaciones concetto corindia saia a
Linea de tiempo derecho civil obligaciones concetto corindia saia aConcetto Corindia
 
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoAcción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoongjusticiaviva
 

La actualidad más candente (20)

OBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASOBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
 
Cesion de derechos
Cesion de derechos Cesion de derechos
Cesion de derechos
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacerPresentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
 
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VIDERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
 
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDACONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
 
Unidad 7. La Rebeldía.
Unidad 7. La Rebeldía. Unidad 7. La Rebeldía.
Unidad 7. La Rebeldía.
 
Obligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujetoObligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujeto
 
Diapositiva el albacea
Diapositiva el albaceaDiapositiva el albacea
Diapositiva el albacea
 
Derecho de Sucesiones en el Perú (1)
Derecho de Sucesiones en el Perú (1)Derecho de Sucesiones en el Perú (1)
Derecho de Sucesiones en el Perú (1)
 
Dignidades e indignidades (ecuador)
Dignidades e indignidades (ecuador)Dignidades e indignidades (ecuador)
Dignidades e indignidades (ecuador)
 
Jurisdicción y competencia
Jurisdicción y competenciaJurisdicción y competencia
Jurisdicción y competencia
 
NULIDAD DEL ACTO JURIDICO UAP
NULIDAD DEL ACTO JURIDICO UAPNULIDAD DEL ACTO JURIDICO UAP
NULIDAD DEL ACTO JURIDICO UAP
 
Obligacion de dar, hacer y no hacer
Obligacion de dar, hacer y no hacerObligacion de dar, hacer y no hacer
Obligacion de dar, hacer y no hacer
 
La Filiacion Derecho Civil Familia
La Filiacion Derecho Civil FamiliaLa Filiacion Derecho Civil Familia
La Filiacion Derecho Civil Familia
 
Los Contratos y sus efectos
Los Contratos y sus efectos Los Contratos y sus efectos
Los Contratos y sus efectos
 
Legado
Legado Legado
Legado
 
La Tradicion 05 - Derecho Civil I
La Tradicion 05 - Derecho Civil ILa Tradicion 05 - Derecho Civil I
La Tradicion 05 - Derecho Civil I
 
Linea de tiempo derecho civil obligaciones concetto corindia saia a
Linea de tiempo derecho civil obligaciones concetto corindia saia aLinea de tiempo derecho civil obligaciones concetto corindia saia a
Linea de tiempo derecho civil obligaciones concetto corindia saia a
 
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoAcción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
 

Destacado

Hijos alimentistas (Max gutierrez condori)
Hijos alimentistas (Max gutierrez condori)Hijos alimentistas (Max gutierrez condori)
Hijos alimentistas (Max gutierrez condori)Max Gutierrez Condori
 
PPT HIJOS ALIMENTISTAS-ULADECH PIURA-EDUARDO AYALA TANDAZO
PPT HIJOS ALIMENTISTAS-ULADECH PIURA-EDUARDO AYALA TANDAZOPPT HIJOS ALIMENTISTAS-ULADECH PIURA-EDUARDO AYALA TANDAZO
PPT HIJOS ALIMENTISTAS-ULADECH PIURA-EDUARDO AYALA TANDAZOEDUARDO AYALA TANDAZO
 
ENJ 400- Pension alimentaria.
ENJ 400- Pension alimentaria. ENJ 400- Pension alimentaria.
ENJ 400- Pension alimentaria. ENJ
 
DERECHO DE ALIMENTO
DERECHO DE ALIMENTODERECHO DE ALIMENTO
DERECHO DE ALIMENTOveroraf3
 
Pension de alimentos, alimentos menores y mayores
Pension de alimentos, alimentos menores y mayoresPension de alimentos, alimentos menores y mayores
Pension de alimentos, alimentos menores y mayoresOsvaldo Castillo
 
sociedad paterno filial
sociedad paterno filial sociedad paterno filial
sociedad paterno filial tracyriofrio
 
DIAPOSITIVAS DE BUENAS TAREAS.COM
DIAPOSITIVAS DE BUENAS TAREAS.COMDIAPOSITIVAS DE BUENAS TAREAS.COM
DIAPOSITIVAS DE BUENAS TAREAS.COMAlexandra Huera
 

Destacado (11)

Hijos alimentistas (Max gutierrez condori)
Hijos alimentistas (Max gutierrez condori)Hijos alimentistas (Max gutierrez condori)
Hijos alimentistas (Max gutierrez condori)
 
Pensión en alimentos
Pensión en alimentosPensión en alimentos
Pensión en alimentos
 
PPT HIJOS ALIMENTISTAS-ULADECH PIURA-EDUARDO AYALA TANDAZO
PPT HIJOS ALIMENTISTAS-ULADECH PIURA-EDUARDO AYALA TANDAZOPPT HIJOS ALIMENTISTAS-ULADECH PIURA-EDUARDO AYALA TANDAZO
PPT HIJOS ALIMENTISTAS-ULADECH PIURA-EDUARDO AYALA TANDAZO
 
Pensiones
PensionesPensiones
Pensiones
 
La pensión alimenticia
La pensión alimenticiaLa pensión alimenticia
La pensión alimenticia
 
ENJ 400- Pension alimentaria.
ENJ 400- Pension alimentaria. ENJ 400- Pension alimentaria.
ENJ 400- Pension alimentaria.
 
DERECHO DE ALIMENTO
DERECHO DE ALIMENTODERECHO DE ALIMENTO
DERECHO DE ALIMENTO
 
Pension de alimentos, alimentos menores y mayores
Pension de alimentos, alimentos menores y mayoresPension de alimentos, alimentos menores y mayores
Pension de alimentos, alimentos menores y mayores
 
sociedad paterno filial
sociedad paterno filial sociedad paterno filial
sociedad paterno filial
 
Clase sobre Derecho de Alimentos
Clase sobre Derecho de AlimentosClase sobre Derecho de Alimentos
Clase sobre Derecho de Alimentos
 
DIAPOSITIVAS DE BUENAS TAREAS.COM
DIAPOSITIVAS DE BUENAS TAREAS.COMDIAPOSITIVAS DE BUENAS TAREAS.COM
DIAPOSITIVAS DE BUENAS TAREAS.COM
 

Similar a El hijo puramente alimentista

Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familiaExposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familiaMaría Elena Avalos
 
Derecho de los alimentos. 66
Derecho de los alimentos. 66Derecho de los alimentos. 66
Derecho de los alimentos. 66Flor Cortés
 
La obligación legal de alimentos entre parientes
La obligación legal de alimentos entre parientesLa obligación legal de alimentos entre parientes
La obligación legal de alimentos entre parientesantonioreinaldouft
 
Derecho familiar
Derecho familiarDerecho familiar
Derecho familiargjbc5005
 
Obligacion legal de alimentacion
Obligacion legal de alimentacionObligacion legal de alimentacion
Obligacion legal de alimentacionkhader inmseotef
 
La obligación alimentaria
La obligación alimentaria La obligación alimentaria
La obligación alimentaria Gabriela Abreu
 
La obligación legal de alimento.
La obligación legal de alimento.La obligación legal de alimento.
La obligación legal de alimento.adriana alvarado
 
Los alimentos. sesión 9
Los alimentos. sesión 9Los alimentos. sesión 9
Los alimentos. sesión 9aalcalar
 
Pension de alimentos para estudiantes
Pension de alimentos para estudiantesPension de alimentos para estudiantes
Pension de alimentos para estudianteslitigiumasesores
 
Derecho civil-ley-alimentaria
Derecho civil-ley-alimentariaDerecho civil-ley-alimentaria
Derecho civil-ley-alimentariaedgarmon14
 
Capítulo séptimo. Los alimentos.
Capítulo séptimo. Los alimentos.Capítulo séptimo. Los alimentos.
Capítulo séptimo. Los alimentos.Clases Licenciatura
 
La obligacion legal de la alimentacion
La obligacion legal de la alimentacionLa obligacion legal de la alimentacion
La obligacion legal de la alimentacionMisael Suarez
 
CASUÍSTICA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA FAMILIA.docx
CASUÍSTICA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA FAMILIA.docxCASUÍSTICA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA FAMILIA.docx
CASUÍSTICA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA FAMILIA.docxRogerMestanza1
 
ASISTENCIA_FAMILIAR_O_TUTELA.pptx
ASISTENCIA_FAMILIAR_O_TUTELA.pptxASISTENCIA_FAMILIAR_O_TUTELA.pptx
ASISTENCIA_FAMILIAR_O_TUTELA.pptxnimiomelendez1
 
Obligacion de Manutencion
Obligacion de ManutencionObligacion de Manutencion
Obligacion de Manutencionluismar lopez
 
Obligacion de manutencion
Obligacion de manutencionObligacion de manutencion
Obligacion de manutencionHermes Siierra
 

Similar a El hijo puramente alimentista (20)

Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familiaExposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
 
Derecho de los alimentos. 66
Derecho de los alimentos. 66Derecho de los alimentos. 66
Derecho de los alimentos. 66
 
Rafael piña
Rafael piñaRafael piña
Rafael piña
 
Presentación civil
Presentación civilPresentación civil
Presentación civil
 
La obligación legal de alimentos entre parientes
La obligación legal de alimentos entre parientesLa obligación legal de alimentos entre parientes
La obligación legal de alimentos entre parientes
 
Derecho familiar
Derecho familiarDerecho familiar
Derecho familiar
 
Obligacion legal de alimentacion
Obligacion legal de alimentacionObligacion legal de alimentacion
Obligacion legal de alimentacion
 
La obligación alimentaria
La obligación alimentaria La obligación alimentaria
La obligación alimentaria
 
Alimentación
AlimentaciónAlimentación
Alimentación
 
La obligación legal de alimento.
La obligación legal de alimento.La obligación legal de alimento.
La obligación legal de alimento.
 
Los alimentos. sesión 9
Los alimentos. sesión 9Los alimentos. sesión 9
Los alimentos. sesión 9
 
Pension de alimentos para estudiantes
Pension de alimentos para estudiantesPension de alimentos para estudiantes
Pension de alimentos para estudiantes
 
Derecho civil-ley-alimentaria
Derecho civil-ley-alimentariaDerecho civil-ley-alimentaria
Derecho civil-ley-alimentaria
 
Capítulo séptimo. Los alimentos.
Capítulo séptimo. Los alimentos.Capítulo séptimo. Los alimentos.
Capítulo séptimo. Los alimentos.
 
La obligacion legal de la alimentacion
La obligacion legal de la alimentacionLa obligacion legal de la alimentacion
La obligacion legal de la alimentacion
 
CASUÍSTICA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA FAMILIA.docx
CASUÍSTICA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA FAMILIA.docxCASUÍSTICA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA FAMILIA.docx
CASUÍSTICA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA FAMILIA.docx
 
ASISTENCIA_FAMILIAR_O_TUTELA.pptx
ASISTENCIA_FAMILIAR_O_TUTELA.pptxASISTENCIA_FAMILIAR_O_TUTELA.pptx
ASISTENCIA_FAMILIAR_O_TUTELA.pptx
 
Obligacion de Manutencion
Obligacion de ManutencionObligacion de Manutencion
Obligacion de Manutencion
 
Obligacion de manutencion
Obligacion de manutencionObligacion de manutencion
Obligacion de manutencion
 
Pension alimenticia
Pension alimenticiaPension alimenticia
Pension alimenticia
 

Último

Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUAPresentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUAJoannaPalma3
 
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxelementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxJesusGonzalez579173
 
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docxEscrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docxkevingblassespinalor
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptxAntecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptxRodrigoPedrinCaballe
 
El titulo: la ley servir en el estado peruano
El titulo: la ley servir en el estado peruanoEl titulo: la ley servir en el estado peruano
El titulo: la ley servir en el estado peruanolitaroxselyperezmont
 
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptxEl Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptxEsthefaniBez
 
RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdf
RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdfRECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdf
RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdfclinversa
 
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...GiancarloGayosoG
 
Perfilamiento Criminal de Juana Barraza Samperio 2.pdf
Perfilamiento Criminal de Juana Barraza Samperio 2.pdfPerfilamiento Criminal de Juana Barraza Samperio 2.pdf
Perfilamiento Criminal de Juana Barraza Samperio 2.pdfJoelHernndez88
 
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector PublicoRegimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector Publicolitaroxselyperezmont
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...oscarzea5
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Públicavalderrama202
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasMarianaArredondo14
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad IIDerecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad IIEquipoTcnicoAcadmico
 

Último (20)

Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUAPresentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
 
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxelementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
 
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docxEscrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptxAntecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
 
El titulo: la ley servir en el estado peruano
El titulo: la ley servir en el estado peruanoEl titulo: la ley servir en el estado peruano
El titulo: la ley servir en el estado peruano
 
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptxEl Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
 
RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdf
RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdfRECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdf
RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdf
 
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
 
Perfilamiento Criminal de Juana Barraza Samperio 2.pdf
Perfilamiento Criminal de Juana Barraza Samperio 2.pdfPerfilamiento Criminal de Juana Barraza Samperio 2.pdf
Perfilamiento Criminal de Juana Barraza Samperio 2.pdf
 
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector PublicoRegimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Pública
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
 
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJPROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad IIDerecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
 

El hijo puramente alimentista

  • 1. EL DERECHO ALIMENTARIO SIGNIFICADO DE LA PALABRA ALIMENTOS En la Enciclopedia Jurídica Omeba se define jurídicamente como alimentos a “todo aquello que una persona tiene derecho a percibir de otra –por ley, declaración judicial o convenio– para atender a su subsistencia, habitación, vestido, asistencia médica, educación e instrucció NATURALEZA JURÍDICA Se trata de un derecho de categoría especial, que forma parte, como todo el contenido del derecho de familia, del Derecho Social
  • 2. Clases Legales. Permanentes. Provisionales Voluntario Surgen sin mandato de la ley, surge de la propia iniciativa de una persona
  • 3. CARACTERISTICAS DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA: Personalísima. Variable. Intrasmisible. Recíproca. Irrenunciable. Incompensable.
  • 4. OBLIGACIÓN RECÍPROCA DE ALIMENTOS. Entre Los Cónyuges • Se origina en el deber fundamental de asistencia que tienen los cónyuges por efecto del matrimonio Ex- Cónyuges • Con un carácter esencialmente humanitario y solidario, se permite que subsista dicha obligación en los casos de ex-cónyuges Concubinos • El derecho de alimentos en una forma muy especial, solo bajo ciertas condiciones, como la falta de impedimentos matrimoniales, el tiempo establecido de convivencia, etc.
  • 5. Los Ascendientes • Los hijos tienen prioridad sobre los demás descendientes. Esta obligación nace como consecuencia o efecto del vínculo de filiación establecido jurídicamente, que puede ser matrimonial, extramatrimonial o de adopción Los Demás Ascendientes • En el que la obligación alimentaria no pasa a los demás ascendientes. Tal es el caso de los llamados hijos. • Los padres que por causa de pobreza no pueden sufragar los alimentos de sus hijos. Ante tal circunstancia, es justo y lógico que los demás ascendientes, los abuelos, asuman dicha obligación de acuerdo a sus posibilidades. Hijos Mayores De Edad • Cuando no se encuentren en posibilidades de sufragar su sostenimiento o cuando se encuentren cursando estudios
  • 6.
  • 7. DERECHO DE ALIMENTOS EN EL MAYOR DE EDAD (DERECHO COMPARADO) ITALIA Al alcanzar la mayoría de edad los 18 años cesa el ejercicio de la patria potestad, pero la obligación de manutención puede prorrogarse hasta que el hijo logre independizarse MEXICO La jurisprudencia a dispuesto que “la obligación de proporcionar alimentos a los hijos mayores de edad no desaparece por el solo hecho de que estos lleguen a esas edad. FRANCIA La cesación de la obligación alimentaria se produce cuando el hijo alcanza la mayoría de edad, a los 18 años, SIN EMBARGO esta responsabilidad “persiste hasta el fin de la educación del hijo” o “hasta la obtención de un empleo remunerado CHILE Se llama alimentos a lo necesario que se le da al alimentado para vivir, ya sea de acuerdo a su posición social o lo suficiente para subsistir, si es menor de edad, comprenderá: educación, vivienda, recreación. los alimentos concedidos a los descendientes y a los hermanos se devengaran hasta que cumplan 21 años, salvo que estén estudiando una profesión u oficio, caso en el cual cesaran a los 28 años
  • 8.
  • 9. EL HIJO PURAMENTE ALIMENTISTA Son hijos alimentistas los hijos extramatrimoniales no reconocidos ni declarados judicialmente como hijo de un determinado padre o madre, por ende no llevan sus apellidos, no tienen derechos sucesorios, así como tampoco el amparo de la patria potestad. Para Héctor Cornejo Chávez, es a quien debe de pasarle una pensión alimenticia hasta cierta edad. “Un varón que hubiere mantenido relaciones sexuales con la madre en la época de concepción y a quien la ley no le niegue el derecho a subsistir, por consiguiente, alguien deberá alimentarlo mientras No pueda valerse por sí mismo” El hijo puramente alimentista presenta una peculiaridad, si no consigue alimentos de su presunto padre, no puede reclamarlos al padre de este, ya que legalmente no es su abuelo, la obligación de prestarse alimentos que tienen un padre y su hijo alimentista no se extiende a los ascendientes de la línea paterna
  • 10. TITULARES DE LA ACCION LA MADRE • Es la primera legitimada para promover el pedido de alimentos EL PROPIO HIJO • El niño o adolescente puede demandar los alimentos provisorios al presunto padre asistido por un tutor especial EL TUTOR, CUALQUIERA DE LOS PARIENTES Y EL GUARDADOR • Cuando los tengan a su cargo y se trate de niños huérfanos o abandonados Creemos conveniente, agregar este supuesto en nuestra legislación Peruana
  • 11. PROBANZA DE LAS RELACIONES SEXUALES La probanza de las relaciones sexuales no podrá obtenerse más que de una manera indirecta y de acuerdo a las circunstancias de cada caso La obligación de prestar alimentos para el hijo alimentista no deriva de la certeza de la paternidad sino de la existencia de presuntas relaciones sexuales en la época de la concepción Nuestro Código con la modificatoria por Ley N° 27048, se establece que el demandado podrá solicitar la aplicación de la prueba genética u otras de validez científica
  • 12.
  • 13. DERECHO A UNA PENSIÓN ALIMENTARIA. Acreedor alimentista puede reclamarlo hasta los 18 años de edad, sin embargo dicha pensión continua vigente si el hijo referido no puede proveer a su subsistencia por incapacidad física o mental. LIMITACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA ENTRE PADRE E HIJO ALIMENTISTA. El artículo 415º, no se extiende a los descendientes y ascendientes de la línea paterna. Por el contrario, ellos, los herederos, solo asumen la responsabilidad de cumplir con el pago de la pensión de alimentos, pero no la obligación en sí misma PENSIÓN ALIMENTICIA Y GRAVAMEN SOBRE LA PORCIÓN DISPONIBLE. Según el artículo 728º, si el testador estuviese obligado al pago de una pensión alimenticia conforme al artículo 415º, la porción disponible quedará gravada hasta donde fuera necesario para cumplirla.
  • 14. PENSIÓN ALIMENTICIA Y GRAVAMEN SOBRE LA PORCIÓN DISPONIBLE. Una manera de exonerarse del pago de esta pensión alimenticia es el sometimiento del demandado junto con el supuesto hijo a la aplicación de la prueba genética u otra de validez científica con igual o mayor grado de certeza. A este extramatrimonial puramente alimentista no le es la aplicación lo dispuesto en el art 424 del código civil referente a la subsistencia de la obligación alimentaria por no tratarse legalmente de un hijo.
  • 15.
  • 16. EXTINCIÓN DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA POR MAYORIA DE EDAD DEL ALIMENTISTA. Que la obligación alimentaria cesa cuando el alimentista cumple la mayoría de edad. Ya que esta persona puede por cuenta propia agenciarse de recursos para su propia subsistencia
  • 17. EXTINCIÓN DEL DERECHO ALIMENTARIO POR MUERTE DEL ALIMENTISTA O DEL OBLIGADO MUERTE DEL ALIMENTISTA Se extingue el derecho por parte del alimentista, pues deja de existir la persona necesitada de los alimentos y consecuentemente se extingue la obligación del deudor alimentario Se asimilan a esta regla la declaración de muerte presunta, y en la práctica podría decirse que los casos de ausencia y desaparición. Los gastos funerarios corren a cuenta de su representante legal, ya que no es obligación del deudor alimentario MUERTE DEL DEUDOR ALIMENTARIO La obligación alimentaria no es transferible, por lo tanto habiendo fallecido el deudor se extingue la obligación alimenticia. Puede ocurrir que el acreedor permanezca en estado de necesidad, los herederos del deudor alimentario no tendrían que pagar al alimentista más de lo que habría recibido como heredero si hubiese sido reconocido o judicialmente declarado.
  • 18. EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA POR DISMINUCIÓN DE INGRESOS POR PARTE DEL OBLIGADO ALIMENTARIO.  En la obligación de dar alimentos a los hijos matrimoniales, cuando el deudor alimentario no pueda prestar alimentos porque sus ingresos han disminuido, la obligación se desplaza hacia otros obligados, tal como lo establece el art. 478 de nuestro Código Civil Peruano.  Nuestro Código Civil no regula tales supuestos para el “hijo puramente alimentista  Se podría hacer una reestructuración de la obligación alimentaria, para no dejar desamparado al alimentista. Y que una vez en que se haya estabilizado los ingresos del deudor alimentario, éste seguirá cumpliendo la obligación inicial
  • 19.
  • 20.  ¿Qué sucede cuando el hijo puramente alimentista cumple la mayoría de edad?  Casación nº 2466-2003-APURIMAC 3er fundamento: «…artículo 487º del código civil modificado por la ley Nº 2760046 procede al alimentista cuando ha transcurrido la mayoría de edad, -…si está siguiendo una profesión u oficio exitosamente…, artículo que resulta perfectamente aplicable a los hijos alimentistas al ser coherente con el artículo sexto in fine de la constitución Política del Estado, según el cual todos los hijos tienen iguales derechos y deberes…”
  • 21. EL PURAMENTE ALIMENTISTA: ¿HIJO?  El artículo 361º del código civil, prescribe que “…es hijo, el nacido durante el matrimonio…”;  El artículo 367º del código civil prescribe que “…adquiere la calidad de hijo aquel que ha sido adoptado…” y  El artículo 386º del código civil “…son hijos extramatrimoniales los concebidos y nacidos fuera del matrimonio…” éste último artículo en concordancia con el artículo 387º del código civil, el cual prescribe “la prueba de la filiación extramatrimonial”  Denominar “acreedor alimentario”, ya que no existe una prueba sustancial que verifique la paternidad, siendo ésta una presunción iuris tantum, por cuanto que el artículo 415º establece que supuestamente es el hijo alimentista, aquel hijo extramatrimonial, que no ha sido reconocido voluntariamente o por sentencia judicial, y que solo se realiza una cierta “presunción».
  • 22.  La Casación Nº 2466-2003-APURIMAC observamos, es errónea, porque considera que el acreedor alimentario es “hijo”, y que como hemos observado no hay tal categoría, y mucho menos es inoportuno hacer mención al artículo 6º de la Constitución.  Es voluntad del deudor alimentario, seguir aportando alimentos al acreedor alimentario, cuando éste cumpla la mayoría de edad, ya que como tenemos entendido que toda persona que cumple la mayoría de edad es capaz de realizar actividades que puedan servir para su propia subsistencia, a excepción por supuesto de aquellas personas que tengan una discapacidad que no le permita realizar las actividades para sus cubrir sus propias necesidades