2. El capital contable es la diferencia del
activo total menos el pasivo total, pero
se constituye con diferentes cuentas
individuales, también se llama
patrimonio.
Por lo general su saldo es acreedor. Estas
cuentas se acreditan con las
aportaciones o traspasos de otras
cuentas de capital y se cargan con los
retiros a favor de los accionistas. Su
saldo se representa a una fecha
determinada.
3. Es el capital autorizado por la Ley
de Sociedades Mercantiles que
deben aportar los accionistas, en
efectivo o especie, puede tener
las siguientes características.
a) Capital Autorizado.
b) Capital Suscrito.
c) Capital Exhibido.
4. En adición a las aportaciones anteriores que los
socios hace al capital contable, es posible
hacer lo siguiente:
Primas sobre acciones. Son los sobreprecios, al
valor nominal de las acciones, pueden ser
cobradas a los accionistas al efectuarse nuevas
suscripciones.
5. Aportaciones para reposición de pérdidas. Son
las aportaciones que se solicitan a los
accionistas para reponer pérdidas de
operación y presentar un capital contable
saneado.
6. Superávit por revaluación. Este rubro del capital,
cuando existe, deriva de incrementos en los valores
del activo fijo, basados en avalúos de dicho activo por
peritos valuadores independientes de la empresa.
Su saldo representa un superávit que, proviene de dos
fuentes:
a) El fenómeno inflacionario, y
b) Las variaciones en el entorno comercial y
económico de los activos fijos relativos.
7. RETANM (Resultados por tenencia de activos no
monetarios). Era la contrapartida de las
actualizaciones de los activos no monetarios,
puede tener saldo deudor así como también
acreedor. El RETANM representa el sobrevalor
o el demérito económico de los activos no
monetarios .
Exceso o faltante por actualización. Bajo este
concepto se podía registrar el RETANM
independientemente de que fuera deudor o
acreedor.
8. Son segregaciones de las utilidades de años
anteriores para el establecimiento de las
reservas de capital.
V. Utilidades pendientes de
distribuir.
Son los remanentes de las utilidades de ejercicio
anterior que no fueron segregados para un fin
específico, o las pérdidas que aún no han sido
pagadas por los accionistas.
9. Corresponde a la utilidad (pérdida) que produce
las operaciones del ejercicio y su saldo debe
coincidir con la utilidad o pérdida que muestre
el estado de resultados.
10. 1. Valuación. Este postulado obliga a
actualizar las cifras históricas del capital
contable las cuales, sólo pueden ser
actualizadas por el método de índices.
2. Comprensibilidad. Los estados financieros
deben presentar de forma clara y
comprensible toda la información
numérica y conceptual, que se considere
importante para el usuario de la misma,
como sigue:
11. a) Los registros contables deben conservar la
información histórica, claramente separada
de los sobre o bajos valores derivados de la
reexpresión.
b) En el balance general se deben presentar
claramente separados los diferentes rubros
que integran el capital pagado y el capital
ganado.
c) En los estados financieros deben revelarse
todas las características del capital contable y
sus restricciones, si las hubiera.
12. 1. Verificar que sean elementos de capital.
2. Cerciorarse de que estén correctamente
clasificados en atención al concepto y
origen.
3. Verificar que se hayan constituido y
acumulado con base en la ley y los
estatutos sociales.
4. Determinar sus características legales y
muy particularmente las restricciones que
afectan su posible retiro y pago a favor de
los accionistas.
13. Todos los movimientos que afecten el capital
contable deben hacerse del conocimiento
previo de la Asamblea de Accionistas y ser
aprobados por ésta.
Procedimientos.
I. Análisis de movimientos e inspección de
documentación comprobatoria.
II. Estudio de la situación legal y estatutaria.
III. Estudio de su clasificación y restricciones.
IV. Revisión de las cifras actualizadas.
14. Implica el examen de los saldos de diferentes
renglones del capital al inicio del ejercicio y
las partidas de incremento y/o disminución
de cada uno de ellos, que hayan tenido
durante el ejercicio. Se debe verificar que
tales movimientos estén debidamente
respaldados con la aprobación de la
asamblea de accionistas y otros documentos.
15. Deben extractarse con claridad las cláusulas de la
escritura constitutiva y los artículos de la ley que
fijen reglas para el movimiento de las cuentas de
capital o que establezcan condiciones especiales
tales como segregación fijas para el incremento de
las reservas, dividendos preferentes o especiales. Es
importante describir las condiciones limitantes o
aquellas que establecen una obligación contra la
empresa para su revelación en los estados
financieros dictaminados.
16. Se debe verificar si los incrementos han sido
correctamente clasificados y las reducciones bien
localizadas, y si existieran restricciones especiales,
deben indicarse claramente en los estados
financieros.
Cuando existen importantes pasivos a largo plazo,
es posible que existan cláusulas que establezcan
limitantes importantes para el capital contable,
tales como la imposibilidad de repartir dividendos
o disminuir el capital social mientras permanezca
vigente dicho pasivo.
17. Cuando, como consecuencia de la aplicación de
la NIF B-10 se hayan actualizado los valores del
capital contable, deberán aplicarse los
procedimientos relativos para verificar la
corrección de la actualización efectuada por la
empresa. Dichos procedimientos incluyen:
a) Verificar que se haya aplicado correctamente
el método de actualización de las cifras
históricas.
18. b) Verificar los cálculos aritméticos para la
obtención de los valores actualizados,
cuidando:
i) La correcta estratificación de los saldos
históricos, por años de aportación,
generación o registro.
ii) La correcta determinación de los factores
de ajuste, que deriven el Índice Nacional de
Precios al Consumidor.
19. c) Verificar la correcta determinación de la
diferencia entre las cifras actualizadas y las
cifras históricas para el registro
correspondiente de dicha diferencia.
d) Verificar la correcta determinación del ajuste
de principios de año.
e) Verificar la consistencia del método para la
actualización de las cifras.
20. f) Deberá verificarse la correcta revelación en
los estados financieros de la porción histórica
y la porción actualizada.
g) En general, estudio y juicio de los
documentos supuestos y cálculos utilizados
en la actualización para concluir sobre la
razonabilidad de sus resultados.
21. EQUIPO 5.
1. Karina Lizette Llamas Mendoza.
2. Andrea Martínez Vargas.
3. Liliana Fernández Soto.
4. María Gabriela González Avecilla.
6° “B”.