Congreso oficializó norma para que personal del servicio militar acuartelado reciba pago mensual de S/.1,025

Para las otras jerarquías del personal de tropa, que presta el servicio militar acuartelado, la asignación económica mensual se fija teniendo como monto base la remuneración mínima vital

Dispositivo legal fue publicado en separata de Normas Legales del Diario El Peruano.

El Congreso de la República oficializó la norma que aprobó por insistencia, la cual otorga una Remuneración Mínima Vital (RMV) como asignación económica mensual para el personal del servicio militar acuartelado, la cual asciende a S/1,025. 

Mediante la Ley Nº 31796, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se establece en una RMV la asignación económica mensual para el soldado, grumete o avionero, que realiza el Servicio Militar Acuartelado; de conformidad con el artículo 54, numeral 4 de la Ley 29248, Ley del Servicio Militar. 

Para las otras jerarquías del personal de tropa, que presta el servicio militar acuartelado, la asignación económica mensual se fija teniendo como monto base la RMV, señala la norma. 

Es aprobada por el Ministerio de Defensa en noviembre de cada año y rige a partir de enero del año siguiente, dice la norma. 

El dispositivo legal es firmado por el presidente del Congreso, José Williams y la primera vicepresidenta, Martha Moyano

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