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ELECCIONES 28-M

Voto en blanco, voto nulo y abstención: ¿en qué se diferencian y a quién benefician en las elecciones del 28M?

Este 28 de mayo se celebran elecciones municipales y autonómicas en nuestro país. Te contamos en qué se diferencia el voto en blanco, nulo y la abstención

Actualizado a
Hand of a person casting a vote into the ballot box during elections
boonchai wedmakawandGetty Images

Llega una nueva convocatoria electoral a nuestro país. Este 28 de mayo se celebran elecciones autonómicas y, además, habrá elecciones en hasta 12 comunidades autónomas más las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Unos comicios que llegan cuatro años después de los celebrados en 2019, en los que España se tiñó de rojo tras la victoria del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) en la mayor parte de municipios y comunidades autónomas de España.

Sigue en directo la jornada electoral de las Elecciones Municipales y Autonómicas del 28M

Para este 2023, las encuestas no son tan benévolas con el PSOE y se espera un cambio de tendencia en el voto de los españoles. Algo que ya se pudo apreciar en los comicios celebrados en la Comunidad de Madrid en 2021, en donde Isabel Díaz-Ayuso ganó con una holgada diferencia que, dos años después, espera mejorar.

En este contexto, es importante explicar en qué se diferencia el voto en blanco, el voto nulo y la abstención, puesto que cada una de estas casuísticas tiene distintos efectos sobre la votación final.

Voto en blanco, voto nulo y abstención

Voto en blanco

El voto en blanco es también un voto válido, y la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) lo considera como tal cuando el sobre no lleva papeleta dentro o bien cuando en esta no aparecen marcados los candidatos. Por otro lado, sí computa en el recuento y afecta al escrutinio a la hora de hacer el reparto de los escaños.

Este tipo de voto suele favorecer a las formaciones más votadas y perjudica a las que están cerca del umbral del 3%, necesario para poder optar a la obtención de un escaño, bajo el sistema de reparto proporcional de la Ley d’Hondt al que está sometida nuestra legislación electoral. Al sumar los votos en blanco dentro del recuento, cada candidatura necesitará de más papeletas para llegar a ese porcentaje.

Voto nulo

El voto nulo es un voto considerado inválido. Esto se produce cuando el sobre no es oficial, cuando en él hay más de una papeleta (pertenecientes a candidaturas distintas), cuando la papeleta está alterada o cuando se introduce junto a ella algún objeto a modo de broma o protesta. No afecta al escrutinio ni al resultado final.

Abstención

Por último, la abstención implica directamente cuando un ciudadano con derecho a voto no ejerce tal derecho porque decide no acudir a las urnas. Las razones detrás de la abstención son diversas y pueden ser voluntarias o involuntarias. Tampoco afecta al escrutinio ni al resultado final de la votación aunque sí puede acarrear consecuencias positivas o negativas, puesto que está asociada a la desmovilización del electorado.