1. QUÉ DEBO
TENER
2. QUÉ DEBO
SABER
3. CÓMO PUEDO
PARTICIPAR
4. CÓMO DEBO
OFERTAR
5. EVALUAR Y
ADJUDICAR
       

5. Evaluar y adjudicar licitación pública, -selección abreviada- y concurso de méritos.

Adjudicación





1Para la licitación pública, la audiencia de adjudicación permitirá la participación de los proponentes para que expresen su conformidad o inconformidad de la evaluación, donde la entidad analizará las observaciones presentadas o no con su respectiva justificación, y procederá a adjudicar el contrato o a declararlo desierto, mediante la lectura del acto administrativo correspondiente.

2La audiencia pública no es oportunidad para aclarar ni mejorar la propuesta, en ella la entidad pública da respuesta a todas las observaciones formuladas al informe de evaluación de propuestas y procede a adjudicar o declarar desierto el respectivo proceso de selección.

3En el caso de la selección abreviada por subasta, se procederá a realizar la misma mediante la apertura del sobre económico de la oferta, dar inicio a la puja, que terminará adjudicándose a quien presente la oferta de menor valor económico.

4El acto de adjudicación de los procesos no es susceptible de ningún recurso, es decir el acto no puede controvertirse, frente a la entidad. Será susceptible de recursos tan sólo el acto que declara desierto el proceso, lo cual significa que dentro de los 5 días posteriores a la audiencia pública que decide el proceso, los interesados podrán interponer un recurso con el fin de que la entidad reconsidere su decisión.

 
 
1. QUÉ DEBO
TENER
2. QUÉ DEBO
SABER
3. CÓMO PUEDO
PARTICIPAR
4. CÓMO DEBO
OFERTAR
5. EVALUAR Y
ADJUDICAR
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