Controlar o no controlar la motivación de un laudo arbitral extranjero a la hora de su exequatur en España. Ésa es la cuestión. (30 abril 2024) por Javier Carrascosa González, catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Murcia. El laudo extranjero llega a España. El procedimiento de exequatur del laudo arbitral extranjero en España constituye un mecanismo puramente homologador del mismo. Por eso mismo, no es posible la revisión de fondo de la sentencia arbitral (ATSJ Civil y Penal marzo 2022 [laudo dictado en Suiza]; STSJ Madrid Civil y Penal 15 marzo 2022 [laudo dictado en Nueva York]; ATSJ País Vasco Civil y Penal 7 noviembre 2018 [exequatur de laudo dictado en Francia]; ATSJ Cataluña 16 octubre 2014 [exequatur de laudo dictado en Reino Unido], ATS 24 noviembre 1998, ATS 8 septiembre 1988, ATS 9 junio…
Investigación, docencia y práctica del Derecho internacional privado | Research, Teaching & Practice on Private International Law