Clases de administrados
Podemos clasificar a los administrados en función de diferentes criterios:
- Según su nacionalidad podemos distinguir entre nacionales y extranjeros.
- Según su naturaleza jurídica distinguimos entre personas físicas y personas jurídicas.
- Según el tipo de relación que se establece con la Administración diferenciamos:
- Administrados simples: están sujetos de forma general a la Administración. Por ejemplo, son administrados simples los que hacen un uso común general (aquél que corresponde por igual a todas las personas, cuando no concurren especiales circunstancias, sin que la utilización por parte de unos impida la de otros) del dominio público.
- Administrados cualificados: están sujetos de forma especial a la Administración. Por ejemplo, son administrados cualificados los funcionarios o los que hacen un uso común especial del dominio público (concurriendo circunstancias singulares de peligrosidad, intensidad de uso u otras similares) o privativo del mismo (ocupando una porción del dominio público de modo que limite o excluya la utilización por los demás).