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Julián Angulo
11 de febrero de 2012
EDUC 8225
Luis Ángel Flores Martínez
Definiciones
Impericia profesional:
-Falta de ética profesional, falta de habilidad o
fidelidad a los deberes profesionales o fiduciarios, mala
práctica, conducta ilegal o inmoral que resulta en una
pérdida o daño al destinatario de los servicios
profesionales (Black´s law Dictionary, 1979).
Impericia educativa:
- No hay una definición legal. Comúnmente se utiliza
el término para referirse al fracaso en la enseñanza
adecuada de un estudiante (Jung & Robertson, 2006).
Fundamento legal
- Si una persona tiene conocimiento, habilidad o
inteligencia superior a la de una persona ordinaria, la
ley exige que su conducta sea coherente con ella.
- En consecuencia, los profesionales deben manifestar un
nivel superior de conducta que el de una persona
común y corriente, y se requiere que posean un
estándar mínimo de habilidad y conocimientos
especiales.
- La ley ha reconocido las demandas por impericia
cuando un profesional demuestra mala conducta o una
falta de habilidad irrazonable (Jamieson, 1991).
Fundamento legal
Una demanda por impericia requiere que las
siguientes circunstancias estén presentes:
El profesional debe al demandante una obligación
legal de cuidado,
 El profesional incumplió con tal obligación,
Y el incumplimiento de tal obligación fue la causa
próxima de los daños ocasionados al demandante.
Fundamento legal
En resumen, la persona que se concibe a sí mismo como
aquél que tiene la habilidad o el conocimiento más allá
que el de una persona común y corriente se conoce por
el nombre de profesional.
Como profesional, está sujeto a un estándar superior de
cuidado en sus actividades que el de una persona
común y corriente (Jamieson, 1991).
Impericia educativa casos de
referencia
Generalmente las demandas por impericia educativa
están basadas en la teoría jurídica de la impericia
profesional.
Los demandantes han argumentado que debido a que
los tribunales han resuelto casos de impericia en otras
profesiones y han ordenado compensar a los
demandantes, los tribunales deberían aplicar las
mismas normas de impericia a los profesionales de la
educación (Mawdsley & Cumming, 2008).
Impericia educativa casos de
referencia
Peter W. v. San Francisco Unified School District
- En 1976, la Corte de Apelaciones de California, fue la
primera corte en considerar la aplicación de la teoría
de impericia profesional a los educadores.(Gray, 2010).
El demandante en Peter W., un graduado de las
escuelas primarias y secundarias de la parte
demandada, alegó que el acusado y sus empleados
habían fallado de forma negligente en proporcionarle
una formación adecuada, orientación, asesoramiento
y supervisión en las destrezas académicas básicas de
lectura y escritura.
Impericia educativa casos de
referencia
Peter W. v. San Francisco Unified School District
El tribunal argumentó que la política pública dictaba
que los educadores no guardan una “obligación de
cuidado” (como se define legalmente) a sus
estudiantes y, en consecuencia, estableció que una
acción de impericia educativa por incumplimiento de
la obligación de educar no existía (Mawdsley &
Cumming, 2008).
Impericia educativa casos de
referencia
The science of pedagogy itself is fraught with different and
conflicting theories of how or what a child should be taught,
and any layman might –and commonly does –have his own
emphatic views on the subject […] Substantial professional
authority attests that the achievement of literacy in the
schools, or its failure, are influenced by a host of factors
which affect the pupil subjectively, from outside the
formal teaching process, and beyond the control of its
ministers. They may be physical, neurological, emotional,
cultural, and environmental; they may be present but not
perceived, recognized but not identified.
Peter W. v. San Francisco School District, 131 Cal. Rptr. 854 (1976)
Impericia educativa casos de
referencia
Donohue v. Copiague Union Free School District
En 1978, la corte utilizó por primera vez la frase
"impericia educativa" en un tribunal de apelación de
Nueva York, Donahue v. Copiague.
Es el caso principal de por qué los tribunales no
reconocen la impericia educativa como un agravio
(Gray, 2010).
Impericia educativa casos de
referencia
Donohue v. Copiague Union Free School District
En Donohue, el demandante alegó que su antigua escuela
había incumplido la “obligación de cuidado” que se le
debía, al no haber evaluado su capacidad mental y su
capacidad para comprender las asignaturas.
Por otra parte, el demandante afirmó que la escuela le había
graduado, a pesar de sus bajas calificaciones y la
incapacidad de dominar las asignaturas básicas de lectura
y escritura, en violación a los estatutos del Estado de
Nueva York, que obliga a la legislatura proporcionar
educación para todos los niños.
Impericia educativa casos de
referencia
Donohue v. Copiague Union Free School District
El tribunal argumentó que el demandante no podía
mantener una demanda por impericia alegando
que el acusado debe al demandante una
“obligación de cuidado” y que el incumplimiento
de esa “obligación” fue la causa próxima de los
alegados daños ocasionados al demandante (Gray,
2010).
Impericia educativa casos de
referencia
Donohue v. Copiague Union Free School District
Citando a Peter W., el tribunal de Donohue concluyó que la
conducta de los educadores y las supuestas lesiones
educativas no eran comprensibles o medibles dentro del
marco jurídico existente.
El tribunal adoptó la justificación de Peter W., y concluyó
que no había una regla funcional de “cuidado”, certeza de
causalidad, o lesiones medibles. El razonamiento, incluyó
además, que todos los niños nacen sin conocimiento y
educación, por tal razón, la falta de logros educativos no
podía ser clasificada como un agravio.
Barreras para las demandas por
impericia educativa
El tribunal Donohue indicó que los tribunales tenían
que balancear las consideraciones de política pública:
(1) preventivas, (2)morales y (3) económicas y
administrativas antes de poder reconocer una
“obligación de cuidado" de los educadores hacia sus
estudiantes (Gray, 2010; DeMitchell, 2007; Jamieson,
1991).
Barreras para las demandas por
impericia educativa
(1).Consideraciones preventivas: demostración de un
estándar de cuidado, causa próxima y Lesiones.
Estándar de cuidado, debido a que la ciencia de la
pedagogía es abstracta y compleja, los tribunales han
razonado que un estándar profesional de cuidado no se
puede aplicar a los educadores.
 A diferencia de otras profesiones, la pedagogía
involucra la interacción de muchos factores
económicos, sociales y filosóficos.
Barreras para las demandas por
impericia educativa
Demostrar causa próxima
-Otro aspecto preventivo de política pública que la
corte Donohue ha enumerado es la dificultad de
probar la causalidad.
-En Donohue, el Tribunal Supremo de Nueva York
consideró que la enseñanza negligente del acusado no
causó analfabetismo en el demandante porque sus
compañeros de clase habían aprendido en el mismo
entorno.
Barreras para las demandas por
impericia educativa
La existencia de una lesión educativa
-Los elementos finales de las consideraciones
preventivas de política pública que el tribunal de
Donohue ha identificado son la previsibilidad y la
evaluación de la alegada lesión educativa.
-En este sentido, la corte ha razonado que debido a
que las lesiones educativas son inconmensurables, los
tribunales no deben permitir un remedio civil por
negligencia educativa.
Barreras para las demandas por
impericia educativa
(2).Consideraciones morales: intervención judicial,
relación estudiante-maestro y la utilidad social de la
educación.
-Intervención judicial, En Donohue, la Corte Suprema
de Nueva York llegó a la conclusión de que el sistema
judicial no era el foro adecuado para probar la eficacia
de los programas educativos y los métodos
pedagógicos.
Barreras para las demandas por
impericia educativa
Las restantes dos consideraciones no han sido discutidas en
detalle por los tribunales que han considerado casos por
impericia educativa.
-Relación estudiante-maestro, algunos tribunales han reconocido
que la relación entre los educadores del estado y de sus alumnos
es a menudo desigual y requiere una atención especial judicial.
-Utilidad social de la educación, in Hunter v. Board of Education of
Montgomery County, la Corte de Apelaciones Especiales de
Maryland observó que es un problema social grave cuando los
estudiantes son promovidos a través de la escuela sin contar con
las destrezas de lecto-escritura adecuadas.
Barreras para las demandas por
impericia educativa
(3). Consideraciones económicas y administrativas.
Las dos últimas categorías de políticas públicas que el
tribunal Donohue ha enumerado incluyen las
consideraciones económicas y administrativas.
Consideraciones económicas, se refiere a la capacidad de las
instituciones para responder a los daños en las demandas
por negligencia.
Consideraciones administrativas, se refiere a la capacidad de
los tribunales para hacer frente a una posible avalancha de
litigios, y la probabilidad de las reclamaciones fingidas.
Ejemplos de otras
jurisdicciones
Young v. Bella
La Corte Suprema de Canadá en Young v. Bella aprobó la
adjudicación de $840K a la Sra. Young en contra de
University of Newfounland y dos de sus académicos.
La Sra. Young era una estudiante de educación a distancia
de trabajo social. Su profesor (profesor Bella)
malinterpretó un apéndice escrito en primera persona
dentro de una asignación enviada por la Sra. Young, como
una confesión de haber abusado sexualmente de niños.
Ejemplos de otras
jurisdicciones
Young v. Bella
El jurado encontró que:
-El Profesor Bella y el Dr. Rowe (Director de la escuela
de ciencias sociales) habían violado la “obligación de
cuidado" a la parte demandante,
-Que los profesores incumplieron los “estándares de
cuidado",
- Que el daño y la pérdida que la demandante sufrió
fueron una consecuencia previsible de sus actos y
omisiones, y que la demandante no había contribuido
a los daños (Palfreyman, 2006).
Ejemplos de otras
jurisdicciones
Buckingham and another v Rycotewood College
Durante el año 2002 seis estudiantes demandaron con éxito al
Rycotewood College, por incumplimiento del “contrato para
educar”.
Los demandantes argumentaron que el curso de restauración de
vehículos históricos falló en ofrecer lo que en la literatura y
entrevistas había prometido.
Además argumentaron que el contenido práctico que esperaban
fuera sustancial y bueno, resultó bajo y mal enseñado y ninguno
de los profesores tenia experiencia práctica en restauración de
autos antiguos.
Ejemplos de otras
jurisdicciones
Buckingham and another v Rycotewood College
El Tribunal(Warwick Crown Court, England) concluyó que
"los demandantes no pasaron por una experiencia
agradable y placentera como lo habían esperado y que la
mayor parte del tiempo estuvieron molestos enojados y
frustrados porque el curso no ofreció lo que debió haber
ofrecido”.
De igual modo, el juez expresó "No veo ninguna razón por la
cual un hombre no deba ser compensado por su decepción
al no recibir la educación que esperaba” (Palfreyman,
2003).
Alternativa para las demandas de
impericia educativa en Estados Unidos
En teoría, las leyes de derecho contractual de Estados
Unidos proveen una alternativa para las demandas
por impericia educativa ( Hoye & Palfreyman, 2004).
Demandas por responsabilidad
contractual
Ross v Creighton University
-El caso de Ross, involucra a un estudiante atleta de
baloncesto cuya beca y elegibilidad terminaron sin
que el estudiante obtuviera un grado académico.
-La Corte sostuvo que, si el demandante pudiese
establecer que la Universidad no cumplió con una
promesa contractual específica, una demanda por
incumplimiento de contrato podría existir (Kapplin &
Lee, 2007).
Demandas por responsabilidad
contractual
Ross v Creighton University
-El tribunal sostuvo que para presentar una demanda
por incumplimiento de contrato, el demandante debe
hacer más que simplemente alegar que la educación
no fue lo suficientemente buena. En su lugar, debe
apuntar a identificar una promesa contractual que el
acusado fallo en cumplir.
Referencias
Black's Law Dictionary (5th ed.). (1979). Malpractice Definition. St Paul, MN:
West Publishing.
DeMitchell, T. (2007). A Crack in the Educational Malpractice Wall.
The School Administrator (9), (64).
Gray, H. (2010). New Life for Educational Malpractice of Policy Revisited.
Recuperado el 04 de enero de 2012 de www.luc.edu/law/.
Hoye, W. & Palfreyman, D. (2004). Plato vs Socrates: the devolving
relationship between higher education institution and their students.
Education and the law (16), (3), 97-113.
Jung, J. & Robertson, P. (2006). Malpractice Education in TESOL Recuperado
el 02 de enero de 2012 de www.tesol.org/
Referencias
Jamieson, L. (1991). Educational Malpractice: A Lesson in Professional
Accountability. Recuperado el 26 de diciembre de 2011 de
http://lawdigitalcommons.bc.edu/bclr/vol32/iss4/4
Kapplin,W. & Lee, B. (4th Ed.). (2007). The Law of Higher Education. San
Frrancisco, CA: Jossey -Bass.
Mawdsley, R. & Cumming, J. (2008). Educational malpractice and setting
damages for ineffective teaching: a comparison of legal principles in
the USA, England and Australia. Educational and the law. (20), (1),
25-46.
Palfreyman, D. (2003). Phelps…Clarck…and now Rycotewood?
Disappointment damages for breach of the contract to educate.
Recuperado el 25 de diciembre de 2011 de oxcheps.new.ox.ac.uk

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Impericia educativa

  • 1. Julián Angulo 11 de febrero de 2012 EDUC 8225 Luis Ángel Flores Martínez
  • 2. Definiciones Impericia profesional: -Falta de ética profesional, falta de habilidad o fidelidad a los deberes profesionales o fiduciarios, mala práctica, conducta ilegal o inmoral que resulta en una pérdida o daño al destinatario de los servicios profesionales (Black´s law Dictionary, 1979). Impericia educativa: - No hay una definición legal. Comúnmente se utiliza el término para referirse al fracaso en la enseñanza adecuada de un estudiante (Jung & Robertson, 2006).
  • 3. Fundamento legal - Si una persona tiene conocimiento, habilidad o inteligencia superior a la de una persona ordinaria, la ley exige que su conducta sea coherente con ella. - En consecuencia, los profesionales deben manifestar un nivel superior de conducta que el de una persona común y corriente, y se requiere que posean un estándar mínimo de habilidad y conocimientos especiales. - La ley ha reconocido las demandas por impericia cuando un profesional demuestra mala conducta o una falta de habilidad irrazonable (Jamieson, 1991).
  • 4. Fundamento legal Una demanda por impericia requiere que las siguientes circunstancias estén presentes: El profesional debe al demandante una obligación legal de cuidado,  El profesional incumplió con tal obligación, Y el incumplimiento de tal obligación fue la causa próxima de los daños ocasionados al demandante.
  • 5. Fundamento legal En resumen, la persona que se concibe a sí mismo como aquél que tiene la habilidad o el conocimiento más allá que el de una persona común y corriente se conoce por el nombre de profesional. Como profesional, está sujeto a un estándar superior de cuidado en sus actividades que el de una persona común y corriente (Jamieson, 1991).
  • 6. Impericia educativa casos de referencia Generalmente las demandas por impericia educativa están basadas en la teoría jurídica de la impericia profesional. Los demandantes han argumentado que debido a que los tribunales han resuelto casos de impericia en otras profesiones y han ordenado compensar a los demandantes, los tribunales deberían aplicar las mismas normas de impericia a los profesionales de la educación (Mawdsley & Cumming, 2008).
  • 7. Impericia educativa casos de referencia Peter W. v. San Francisco Unified School District - En 1976, la Corte de Apelaciones de California, fue la primera corte en considerar la aplicación de la teoría de impericia profesional a los educadores.(Gray, 2010). El demandante en Peter W., un graduado de las escuelas primarias y secundarias de la parte demandada, alegó que el acusado y sus empleados habían fallado de forma negligente en proporcionarle una formación adecuada, orientación, asesoramiento y supervisión en las destrezas académicas básicas de lectura y escritura.
  • 8. Impericia educativa casos de referencia Peter W. v. San Francisco Unified School District El tribunal argumentó que la política pública dictaba que los educadores no guardan una “obligación de cuidado” (como se define legalmente) a sus estudiantes y, en consecuencia, estableció que una acción de impericia educativa por incumplimiento de la obligación de educar no existía (Mawdsley & Cumming, 2008).
  • 9. Impericia educativa casos de referencia The science of pedagogy itself is fraught with different and conflicting theories of how or what a child should be taught, and any layman might –and commonly does –have his own emphatic views on the subject […] Substantial professional authority attests that the achievement of literacy in the schools, or its failure, are influenced by a host of factors which affect the pupil subjectively, from outside the formal teaching process, and beyond the control of its ministers. They may be physical, neurological, emotional, cultural, and environmental; they may be present but not perceived, recognized but not identified. Peter W. v. San Francisco School District, 131 Cal. Rptr. 854 (1976)
  • 10. Impericia educativa casos de referencia Donohue v. Copiague Union Free School District En 1978, la corte utilizó por primera vez la frase "impericia educativa" en un tribunal de apelación de Nueva York, Donahue v. Copiague. Es el caso principal de por qué los tribunales no reconocen la impericia educativa como un agravio (Gray, 2010).
  • 11. Impericia educativa casos de referencia Donohue v. Copiague Union Free School District En Donohue, el demandante alegó que su antigua escuela había incumplido la “obligación de cuidado” que se le debía, al no haber evaluado su capacidad mental y su capacidad para comprender las asignaturas. Por otra parte, el demandante afirmó que la escuela le había graduado, a pesar de sus bajas calificaciones y la incapacidad de dominar las asignaturas básicas de lectura y escritura, en violación a los estatutos del Estado de Nueva York, que obliga a la legislatura proporcionar educación para todos los niños.
  • 12. Impericia educativa casos de referencia Donohue v. Copiague Union Free School District El tribunal argumentó que el demandante no podía mantener una demanda por impericia alegando que el acusado debe al demandante una “obligación de cuidado” y que el incumplimiento de esa “obligación” fue la causa próxima de los alegados daños ocasionados al demandante (Gray, 2010).
  • 13. Impericia educativa casos de referencia Donohue v. Copiague Union Free School District Citando a Peter W., el tribunal de Donohue concluyó que la conducta de los educadores y las supuestas lesiones educativas no eran comprensibles o medibles dentro del marco jurídico existente. El tribunal adoptó la justificación de Peter W., y concluyó que no había una regla funcional de “cuidado”, certeza de causalidad, o lesiones medibles. El razonamiento, incluyó además, que todos los niños nacen sin conocimiento y educación, por tal razón, la falta de logros educativos no podía ser clasificada como un agravio.
  • 14. Barreras para las demandas por impericia educativa El tribunal Donohue indicó que los tribunales tenían que balancear las consideraciones de política pública: (1) preventivas, (2)morales y (3) económicas y administrativas antes de poder reconocer una “obligación de cuidado" de los educadores hacia sus estudiantes (Gray, 2010; DeMitchell, 2007; Jamieson, 1991).
  • 15. Barreras para las demandas por impericia educativa (1).Consideraciones preventivas: demostración de un estándar de cuidado, causa próxima y Lesiones. Estándar de cuidado, debido a que la ciencia de la pedagogía es abstracta y compleja, los tribunales han razonado que un estándar profesional de cuidado no se puede aplicar a los educadores.  A diferencia de otras profesiones, la pedagogía involucra la interacción de muchos factores económicos, sociales y filosóficos.
  • 16. Barreras para las demandas por impericia educativa Demostrar causa próxima -Otro aspecto preventivo de política pública que la corte Donohue ha enumerado es la dificultad de probar la causalidad. -En Donohue, el Tribunal Supremo de Nueva York consideró que la enseñanza negligente del acusado no causó analfabetismo en el demandante porque sus compañeros de clase habían aprendido en el mismo entorno.
  • 17. Barreras para las demandas por impericia educativa La existencia de una lesión educativa -Los elementos finales de las consideraciones preventivas de política pública que el tribunal de Donohue ha identificado son la previsibilidad y la evaluación de la alegada lesión educativa. -En este sentido, la corte ha razonado que debido a que las lesiones educativas son inconmensurables, los tribunales no deben permitir un remedio civil por negligencia educativa.
  • 18. Barreras para las demandas por impericia educativa (2).Consideraciones morales: intervención judicial, relación estudiante-maestro y la utilidad social de la educación. -Intervención judicial, En Donohue, la Corte Suprema de Nueva York llegó a la conclusión de que el sistema judicial no era el foro adecuado para probar la eficacia de los programas educativos y los métodos pedagógicos.
  • 19. Barreras para las demandas por impericia educativa Las restantes dos consideraciones no han sido discutidas en detalle por los tribunales que han considerado casos por impericia educativa. -Relación estudiante-maestro, algunos tribunales han reconocido que la relación entre los educadores del estado y de sus alumnos es a menudo desigual y requiere una atención especial judicial. -Utilidad social de la educación, in Hunter v. Board of Education of Montgomery County, la Corte de Apelaciones Especiales de Maryland observó que es un problema social grave cuando los estudiantes son promovidos a través de la escuela sin contar con las destrezas de lecto-escritura adecuadas.
  • 20. Barreras para las demandas por impericia educativa (3). Consideraciones económicas y administrativas. Las dos últimas categorías de políticas públicas que el tribunal Donohue ha enumerado incluyen las consideraciones económicas y administrativas. Consideraciones económicas, se refiere a la capacidad de las instituciones para responder a los daños en las demandas por negligencia. Consideraciones administrativas, se refiere a la capacidad de los tribunales para hacer frente a una posible avalancha de litigios, y la probabilidad de las reclamaciones fingidas.
  • 21. Ejemplos de otras jurisdicciones Young v. Bella La Corte Suprema de Canadá en Young v. Bella aprobó la adjudicación de $840K a la Sra. Young en contra de University of Newfounland y dos de sus académicos. La Sra. Young era una estudiante de educación a distancia de trabajo social. Su profesor (profesor Bella) malinterpretó un apéndice escrito en primera persona dentro de una asignación enviada por la Sra. Young, como una confesión de haber abusado sexualmente de niños.
  • 22. Ejemplos de otras jurisdicciones Young v. Bella El jurado encontró que: -El Profesor Bella y el Dr. Rowe (Director de la escuela de ciencias sociales) habían violado la “obligación de cuidado" a la parte demandante, -Que los profesores incumplieron los “estándares de cuidado", - Que el daño y la pérdida que la demandante sufrió fueron una consecuencia previsible de sus actos y omisiones, y que la demandante no había contribuido a los daños (Palfreyman, 2006).
  • 23. Ejemplos de otras jurisdicciones Buckingham and another v Rycotewood College Durante el año 2002 seis estudiantes demandaron con éxito al Rycotewood College, por incumplimiento del “contrato para educar”. Los demandantes argumentaron que el curso de restauración de vehículos históricos falló en ofrecer lo que en la literatura y entrevistas había prometido. Además argumentaron que el contenido práctico que esperaban fuera sustancial y bueno, resultó bajo y mal enseñado y ninguno de los profesores tenia experiencia práctica en restauración de autos antiguos.
  • 24. Ejemplos de otras jurisdicciones Buckingham and another v Rycotewood College El Tribunal(Warwick Crown Court, England) concluyó que "los demandantes no pasaron por una experiencia agradable y placentera como lo habían esperado y que la mayor parte del tiempo estuvieron molestos enojados y frustrados porque el curso no ofreció lo que debió haber ofrecido”. De igual modo, el juez expresó "No veo ninguna razón por la cual un hombre no deba ser compensado por su decepción al no recibir la educación que esperaba” (Palfreyman, 2003).
  • 25. Alternativa para las demandas de impericia educativa en Estados Unidos En teoría, las leyes de derecho contractual de Estados Unidos proveen una alternativa para las demandas por impericia educativa ( Hoye & Palfreyman, 2004).
  • 26. Demandas por responsabilidad contractual Ross v Creighton University -El caso de Ross, involucra a un estudiante atleta de baloncesto cuya beca y elegibilidad terminaron sin que el estudiante obtuviera un grado académico. -La Corte sostuvo que, si el demandante pudiese establecer que la Universidad no cumplió con una promesa contractual específica, una demanda por incumplimiento de contrato podría existir (Kapplin & Lee, 2007).
  • 27. Demandas por responsabilidad contractual Ross v Creighton University -El tribunal sostuvo que para presentar una demanda por incumplimiento de contrato, el demandante debe hacer más que simplemente alegar que la educación no fue lo suficientemente buena. En su lugar, debe apuntar a identificar una promesa contractual que el acusado fallo en cumplir.
  • 28. Referencias Black's Law Dictionary (5th ed.). (1979). Malpractice Definition. St Paul, MN: West Publishing. DeMitchell, T. (2007). A Crack in the Educational Malpractice Wall. The School Administrator (9), (64). Gray, H. (2010). New Life for Educational Malpractice of Policy Revisited. Recuperado el 04 de enero de 2012 de www.luc.edu/law/. Hoye, W. & Palfreyman, D. (2004). Plato vs Socrates: the devolving relationship between higher education institution and their students. Education and the law (16), (3), 97-113. Jung, J. & Robertson, P. (2006). Malpractice Education in TESOL Recuperado el 02 de enero de 2012 de www.tesol.org/
  • 29. Referencias Jamieson, L. (1991). Educational Malpractice: A Lesson in Professional Accountability. Recuperado el 26 de diciembre de 2011 de http://lawdigitalcommons.bc.edu/bclr/vol32/iss4/4 Kapplin,W. & Lee, B. (4th Ed.). (2007). The Law of Higher Education. San Frrancisco, CA: Jossey -Bass. Mawdsley, R. & Cumming, J. (2008). Educational malpractice and setting damages for ineffective teaching: a comparison of legal principles in the USA, England and Australia. Educational and the law. (20), (1), 25-46. Palfreyman, D. (2003). Phelps…Clarck…and now Rycotewood? Disappointment damages for breach of the contract to educate. Recuperado el 25 de diciembre de 2011 de oxcheps.new.ox.ac.uk